26 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

A pesar de que España es el primer país europeo en aprobar una ley que clasifica a los repartidores de comida como empleados con protección social

'Ley Rider': Los repartidores denuncian ante la UE su preocupación por la "falta de representatividad" en nuestro país

El trabajo a través de las plataformas digitales se ha quintuplicado en la última década. Según datos de la Organización Internacional del Trabajo, generan cerca de 4.000 millones de euros de ingresos anuales en Europa. No obstante, el modo de operar de estas empresas ha sido constantemente cuestionado por las condiciones laborales que ofrecen a sus empleados, quienes en la mayoría de países todavía no han sido reconocidos como tal.

En este contexto, y tomando como referencia la decisión de España de regular este tipo de empleos, la Unión Europea ha puesto en marcha una consulta pública sobre los derechos de los trabajadores de las plataformas digitales de reparto, invitando a los sindicatos y a las organizaciones empresariales a llegar a un acuerdo.  Si el consenso no fuera alcanzado, la Comisión Europea sería la encargada de elaborar una normativa para finales de 2021.

Una decisión, la de legislar a nivel europeo, que ha provocado que la Asociación Profesional de Riders Autónomos (APRA) alerte a Europa para que no suceda lo mismo que en España. De hecho, en la misiva remitida al organismo europeo, repartidores a favor de trabajar como autónomos han hecho llegar su "preocupación en relación a la falta de representatividad" de los sindicatos en los debates sobre regulación del trabajo en este tipo de plataformas, y han advertido que la nueva normativa puede provocar que una parte de los repartidores pierdan su trabajo.

Además, desde la asociación han calificado de "desastrosa" la ley española por considerar que las plataformas digitales de reparto reducirán el número de repartidores al tener que contratarlos en plantilla en vez de poder recurrir a ellos como autónomos, como han hecho hasta ahora, y recuerdan que entre ellos hay personas pertenecientes a "segmentos muy vulnerables de la población".

España, primer país en promover una ley 

El Real Decreto-Ley para la Garantía de los Derechos Laborales de las Personas dedicadas al Reparto en el Ámbito de Plataformas Digitales, más conocido como “Ley Rider”, se pactó en el seno del diálogo social con un acuerdo entre Gobierno, patronal y sindicatos a principios de marzo, tras más de medio año de negociaciones.

El acuerdo tiene como objetivo establecer la situación laboral de quienes se dedican a la entrega o distribución de cualquier producto o mercancía de consumo a través de una plataforma digital, y lo hace sobre dos premisas fundamentales: la presunción de uso y la transparencia del algoritmo.

Esta presunción de empleo para los repartidores se implementará a través de una regulación breve que consta de un artículo único, mediante el cual se modifica el artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores, e incorporando una disposición adicional, la número 23, que introduce además una serie de requisitos necesarios para que la presunción reforzada se aplique. En concreto, que la actividad se preste por una persona, que la actividad consista en el reparto o distribución de cualquier producto de consumo o mercancía, que la empleadora ejerza las facultades empresariales de organización, dirección y control de forma directa, indirecta o implícita y que, para ello, se utilice un algoritmo.

Un repartidor de una plataforma digital llevando un pedido. 

Es precisamente el algoritmo uno de los aspectos clave de esta norma. El decreto ley contemplará que la representación legal de los trabajadores sea informada de las reglas utilizadas por los algoritmos y los sistemas de inteligencia artificial que pueden incidir en las condiciones laborales por las que se rigen las plataformas, incluyendo el acceso y mantenimiento del empleo y la elaboración de perfiles. Un punto que había sido el mayor obstáculo durante la negociación, ante las reticencias de la patronal a desvelar el funcionamiento de las fórmulas matemáticas usadas por las plataformas digitales para gestionar el servicio de reparto.

Con la norma, que será aprobada en Consejo de Ministros en cuanto concluyan los trámites administrativos, las plataformas digitales tendrán que actualizar la situación laboral de sus repartidores como asalariados, sin denuncia de por medio y teniendo para ello un plazo de tres meses.

El 80% de los repartidores no se siente representado

La ley impulsada por la cartera que dirige Yolanda Díaz parece no tener calado entre los principales afectados. O al menos no entre los trabajadores de Deliveroo, ya que ocho de cada diez de sus empleados aseguran que no se sienten representados por la nueva legislación.

En una encuesta efectuada por la misma compañía a 2.100 de los 2.500 ‘riders’ que operan en España, el 91% asegura que sus bolsillos se resentirán con la nueva norma y que esto además provocará que en algunas ciudades y zonas desaparezca esta actividad. Además, el 38% opina que habrá más competencia al existir menos puestos, y el 44% cree que la nueva ley los llevará a tener peores condiciones.

Solo un 5% de los repartidores de esta empresa indican que la norma es necesaria y menos del 2% la considera una ley completa.

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