El regalo de 1.150 euros que Hacienda concede a muchas familias: requisitos que pide
La Agencia Tributaria tiene buenas noticias para los contribuyentes que cumplan con estos requisitos
Hacienda ofrece una ayuda a aquellos contribuyentes que conviven con personas mayores de 65 años. Un apoyo que puede sumar hasta 1.150 euros anuales por cada persona a cargo.
Esta deducción, aplicada en la declaración de la renta, está pensada para aliviar la carga económica de las familias que asumen la responsabilidad de cuidar a sus mayores. Además, en caso de que el ascendiente tenga más de 75 años, esta cantidad puede incrementarse en 1.400 euros adicionales.
¿En qué consiste esta ayuda?
La Agencia Tributaria permite a las familias deducir un monto específico de su declaración de la renta si conviven con una persona mayor de 65 años o una persona con una discapacidad superior al 33%, independientemente de su edad.
Esta deducción, conocida como "mínimo por ascendientes", puede aliviar significativamente los gastos asociados al cuidado de personas mayores. Y es que muchas veces se trata de individuos con ingresos limitados y necesidades especiales.
El principal objetivo de este incentivo es reconocer el esfuerzo que hacen las familias al cuidar a sus ascendientes, ya sea un padre, abuelo o bisabuelo, que compartan residencia con ellos.
Requisitos que pide Hacienda
Para beneficiarse de esta deducción fiscal, los contribuyentes deben cumplir una serie de requisitos:
- Edad del ascendiente: El familiar con el que se convive debe tener más de 65 años. O, si tiene menos, una discapacidad del 33% o más.
- Convivencia: Es necesario que el ascendiente haya vivido en la misma residencia que el contribuyente durante al menos la mitad del año fiscal. Excepcionalmente, si el ascendiente necesitó internamiento en un centro especializado, se puede mantener el derecho a la deducción siempre que siga dependiendo económicamente del contribuyente.
- Ingresos del ascendiente: Para poder optar a la deducción, el ascendiente no debe haber superado los 8.000 euros anuales de ingresos. Tampoco debe haber presentado una declaración del IRPF con rentas superiores a 1.800 euros.
- Parentesco: El ascendiente debe estar unido al contribuyente por parentesco en línea recta, es decir, padres, abuelos, bisabuelos, etc. No se incluyen personas unidas por parentesco colateral (como tíos) ni por afinidad (como suegros).
¿Cómo solicitarla?
Para beneficiarse de esta ayuda, no es necesario realizar trámites adicionales fuera de la declaración de la renta. La deducción se aplica directamente cuando se presenta el borrador de la declaración, siempre que el contribuyente indique que cumple con los requisitos exigidos por la Agencia Tributaria.
Es importante asegurarse de declarar correctamente la convivencia y las circunstancias económicas del ascendiente a cargo para evitar problemas en caso de revisión.
¿Qué pasa si el ascendiente tiene más de 75 años?
La Agencia Tributaria contempla una mejora en la deducción cuando el ascendiente supera los 75 años. En este caso, la ayuda puede aumentar hasta los 2.550 euros, sumando 1.400 euros adicionales a los 1.150 euros iniciales.
Este incremento responde a la mayor necesidad de atención y cuidados que, en general, requieren las personas de mayor edad.
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