Giro de 180 grados para los que cobran el paro: Hacienda tiene un mensaje claro
La obligación de declarar al cobrar paro y salario cambia el escenario fiscal de los trabajadores por Hacienda
El pasado 1 de noviembre entró en vigor una reforma importante del subsidio por desempleo. Una medida aprobada en el Consejo de Ministros en mayo de 2023 y ratificada por el Congreso en junio. Esta reforma trae consigo también novedades fiscales de gran impacto.
Es para quienes perciban prestaciones de desempleo. Incluyendo el presentar la declaración de la Renta de forma obligatoria en 2025, independientemente de la cantidad de ingresos recibidos.
Hasta ahora, muchas personas que recibían el paro estaban exentas de hacerla si sus ingresos no superaban ciertos umbrales. 22.000 euros anuales en el caso de un solo pagador y 15.000 euros cuando había dos o más pagadores.
Sin embargo, este nuevo marco supone un cambio drástico. Todas las personas que cobren el paro, incluyendo aquellas que lo compaginen con un empleo, deberán rendir cuentas a Hacienda, lo que podría derivar en pagos importantes a la Agencia Tributaria.
Compatibilidad de paro y empleo
Una de las novedades más destacadas de esta reforma es la posibilidad de compatibilizar el cobro del paro con un empleo. Lo que antes no era posible sin limitaciones.
Este cambio ofrece mayor flexibilidad laboral. Pero también abre la puerta a que quienes reciban prestaciones y salario a la vez deban cumplir con la declaración del IRPF.
En estos casos, a partir de ahora, si una persona que compagine el paro con un empleo percibe un salario con una retención mínima, comúnmente del 2%, al final del año podría enfrentar una sorpresa. Al sumar ingresos de varios pagadores, la cantidad a pagar podría ascender a cifras considerables.
Este escenario afectaría especialmente a quienes reciban ingresos por el paro y un salario en el cual su empresa no haya aplicado una retención superior. Una práctica que no es infrecuente en contratos temporales y parciales.
Retención del 2%: un porcentaje que ya no pasa desapercibido
Hasta la fecha, la retención mínima en los salarios de contratos de corta duración o eventuales no impactaba directamente en los trabajadores. Estos no estaban obligados a presentar la renta si no superaban ciertos ingresos a lo largo de todo el año.
No obstante, la nueva normativa hace que al ser obligatorio presentar la Renta al cobrar el paro, la baja retención aplicada durante el año en el resto de ingresos pueda resultar en pagos significativos a Hacienda. Todo ello por no tener bien regulado el porcentaje de retención.
Hay que tener claro que no en todas las situaciones esto será así. Para muchas personas que cobran el paro, la obligacion de presentar la declaración de la Renta no supondrá cambios, para otras puede incluso ser beneficiosa. Cada caso es diferente.
Más noticias: