Hacienda lo deja claro: qué pasa si te toca el 'Gordo' de Navidad y compartías décimo
Descubre cómo funciona la tributación de premios compartidos y qué tener en cuenta para no llevarse sorpresas
La emoción del sorteo de la Lotería de Navidad se acerca, y el próximo 22 de diciembre, los niños de San Ildefonso volverán a repartir suerte a millones de españoles. Para muchos, compartir un décimo con amigos, familiares o compañeros de trabajo es parte de la tradición.
Pero cuando la suerte toca, las dudas sobre cómo manejar el premio ante Hacienda pueden surgir. La normativa española es clara respecto a la tributación de estos premios y conviene entender cómo funciona para evitar imprevistos.
Cuánto se lleva Hacienda de los premios
En España, los premios de la Lotería de Navidad están sometidos a un gravamen especial desde la entrada en vigor de la Ley 16/2012. La cual establece que los premios superiores a 40.000 euros tributan a un tipo fijo del 20% sobre el importe que exceda esa cantidad. Esto significa que si lo ganado es inferior o igual a 40.000 euros, estará exento de impuestos de Hacienda.
En el 'Gordo', que otorga 400.000 euros por décimo, se tributa sobre 360.000 euros (todo aquello que excede de los 40.000 euros exentos). Esto representa una retención total de 72.000 euros. Por lo tanto, el ganador recibiría finalmente 328.000 euros.
¿Cómo afecta esto a los premios compartidos?
Cuando se comparte un boleto, el procedimiento de tributación a Hacienda cambia ligeramente. La exención de los 40.000 euros se reparte entre todos los beneficiarios según su porcentaje de participación en el décimo.
Por ejemplo, si dos personas han comprado un billete de lotería a medias, cada uno tendrá derecho a una exención de 20.000 euros. Esto reduce la base imponible a la que se aplica el 20% de retención, pero sigue siendo necesario declarar las ganancias.
La importancia de identificar a los ganadores ante Hacienda
Uno de los aspectos clave a la hora de cobrar un décimo compartido es la identificación de los ganadores. Y el porcentaje de participación de cada uno. Según la normativa, la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado debe registrar quiénes son los ganadores y qué parte del dinero les corresponde.
Si el décimo fue adquirido entre varias personas, es imprescindible que el gestor del cobro acredite ante Hacienda que el dinero se distribuyó de manera correcta entre los participantes.
Para evitar problemas con Hacienda, lo mejor es tener constancia por escrito del acuerdo de participación antes del sorteo. Incluyendo los nombres de todos los implicados y la proporción en la que han contribuido a la compra del décimo. Esto facilitará los trámites en caso de que el premio sea uno de los mayores.
Qué hacer si eres el gestor del cobro del premio
En situaciones donde una persona asume la responsabilidad de cobrar el premio compartido, es fundamental ser riguroso en la distribución del dinero. El beneficiario único registrado ante SELAE debe mantener un registro detallado de cómo se reparte el premio y estar preparado para presentar la documentación pertinente a Hacienda si se solicita.
De esta forma, se evita que el dinero se considere un regalo o una donación, lo cual podría generar otro tipo de obligaciones fiscales con Hacienda. Entender cómo afecta la tributación a los premios compartidos puede hacer que ese momento de alegría sea todavía más especial, sin preocupaciones añadidas.
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