La novedad con la jubilación que se acaba de conocer: muchos respirarán aliviados
La Seguridad Social implementa un cambio clave para los pensionistas por incapacidad permanente
La Seguridad Social ha implementado un cambio significativo en la normativa para los pensionistas de incapacidad permanente que alcanzan la edad de jubilación en 2024. Este ajuste, respaldado por una resolución reciente del TEAC, permitirá a estos pensionistas seguir aplicando el mínimo por discapacidad una vez superen los 65 años.
Según lo establece el artículo 60 de la Ley del IRPF. Este cambio responde a la necesidad de simplificar los procesos y evitar trámites innecesarios para quienes ya han demostrado su grado de incapacidad.
El cambio de denominación de la pensión, no requiere que los beneficiarios vuelvan a demostrar su grado de discapacidad. Es decir, este cambio es puramente nominal y no altera la situación real del pensionista. El TEAC ha reconocido que exigir nuevas pruebas para una incapacidad previamente certificada carece de lógica y sobrecarga de trámites a las personas afectadas.
Diferentes tipos de incapacidad permanente
Es importante destacar que existen varias modalidades de incapacidad permanente, y cada una tiene implicaciones fiscales y una cuantía de pensión específica. Conocer estas diferencias resulta clave para entender cómo afecta el nuevo cambio normativo a cada tipo de pensión.
En primer lugar, la pensión por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez tiene un tratamiento fiscal ventajoso. Los beneficiarios de estas pensiones están exentos de tributar en el IRPF, lo que significa que no deben declarar estos ingresos en la Renta. Esta exención refleja el reconocimiento de que las personas en esta situación no deberían verse obligadas a tributar por una prestación esencial para su sustento.
Por otro lado, aquellos que reciben una pensión por incapacidad total sí están obligados a tributar, aunque la normativa contempla ciertas ventajas. Estas personas, al tener reconocida una discapacidad mínima del 33%, pueden incrementar su mínimo personal y familiar en el IRPF en 3000 euros. Esta deducción actúa como un alivio fiscal, reduciendo la base imponible y, por lo tanto, la cantidad de impuestos a pagar.
Finalmente, para quienes perciben una pensión por incapacidad parcial, la situación es algo diferente. La indemnización recibida en estos casos se considera renta del trabajo y, por lo tanto, está sujeta al IRPF. Sin embargo, se permite aplicar una reducción del 30% en la base imponible, lo que suaviza el impacto fiscal.
Pensiones abonadas en agosto de 2023
Para tener una perspectiva más amplia sobre el sistema de pensiones, es relevante considerar los datos de agosto de 2023. En ese mes, se abonaron más de 10,2 millones de pensiones contributivas, lo que supone un aumento del 1,4% respecto al año anterior.
De estas pensiones, la gran mayoría correspondían a jubilación, con 6,5 millones de prestaciones. Le seguían las pensiones de viudedad, que sumaban 2,4 millones, y las de incapacidad permanente, con un total de 974.169.
De los más de 9,23 millones de pensionistas, el 60% de los que perciben la pensión de jubilación son hombres. Mientras que el 96% de quienes reciben la pensión de viudedad son mujeres. Estos datos muestran no solo la magnitud del sistema de pensiones en España, sino también la importancia de cada tipo de prestación en función de las circunstancias personales.
Las nuevas medidas adoptadas por la Seguridad Social reflejan un esfuerzo por adaptar el sistema a las necesidades reales de los pensionistas. Reconociendo sus derechos y facilitando el acceso a las deducciones que les corresponden por ley. En un momento donde cada euro cuenta, estos cambios pueden tener un impacto positivo en la vida de miles de pensionistas.
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