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Edificio de oficinas del Grupo Tragsa con fachada blanca y detalles verdes bajo un cielo despejado.
COLUMNAS

Jésica, 'la sobrina del ministro', y TRAGSA

Columna por Carmen Ibáñez

En estos días, nos hemos visto sorprendidos con la noticia de que en la empresa pública TRAGSA había sido contratada “LA SOBRINA DEL MINISTRO”, persona de desconocido desempeño administrativo. Este eufemismo servía para envolver a quien no aparecía por la oficina. Y tampoco era una familiar cercana, sino que en realidad era agraciada con unos emolumentos públicos debido a que realizaba eficaces y agradables servicios de acompañamiento al ministro Ábalos.

Para quienes tenemos alguna vinculación con la contratación pública, ya desde años atisbábamos que la empresa TRAGSA transitaba por una senda en la que se prodigaban actuaciones dignas de reproche. Sobre las que, por otra parte, no faltaban advertencias de los órganos de control del estado. Pero que para el gran público pasaban desapercibidas, debido a su carácter eminentemente técnico.

El grupo TRAGSA se encuentra integrado por las sociedades mercantiles TRAGSA y TRAGSATEC, con un capital íntegramente público, gozando por ministerio de la ley del carácter de medio propio de las administraciones públicas. Esto es un medio idóneo y suficiente para realizar prestaciones al sector público, acordes a su objeto social. De esta forma, TRAGSA podía realizar trabajos que si bien en principio, estaban destinados a ser objeto de licitación pública y ejecutarse por empresas privadas, cuando concurrían determinados presupuestos se detraían del mercado.

Esta reserva se justificaba en los casos en los que la atribución al medio propio era una opción, más eficiente que la contratación pública en base a criterios de rentabilidad económica, o debido a razones de seguridad pública o de urgente necesidad. Sin embargo, una cosa es el lenguaje y sus trampantojos y otra bien distinta la realidad. Porque la eficiencia, o la urgente necesidad no son conceptos sencillos, ni responden a criterios cuantificables de forma objetiva         

TRAGSA fue creada en 1977 para ejecutar labores agrarias para el Estado. Pero con el paso del tiempo ha ampliado su objeto social a funciones tales como la conservación del medio ambiente, adaptación y mantenimiento de aplicaciones informáticas, control sanitario animal, atención de emergencias y ámbitos conexos. Con un volumen de negocio que en el año 2022 según datos del Tribunal de cuentas alcanzó los 3.000 millones de euros.

Pero si como expongo la teoría es una, la realidad no es siempre acorde y este vertiginoso crecimiento solo se puede explicar, porque esta empresa se ha venido atreviendo con cualquier desempeño. Desde un peritaje judicial, a la realización de funciones propias de funcionarios públicos y como no, detrayendo al mercado lo que fuera menester. Ha aceptado encargos tanto referidos a su ámbito  agrícola, como acreciendo al suelo urbano, lo que en principio salvo supuestos excepcionales no le corresponde. Ello se ha producido en perjuicio de las empresas privadas a las que se restringe el mercado, y en detrimento del principio de libre acceso a las licitaciones.

El informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas de los ejercicios 2021 y 2022 ya advirtió sobre la desviación que se venía produciendo en los encargos en TRAGSA, que la empresa no dudaba en aceptar. Y como se distanciaba del tráfico para el que fue creada, extendiéndose a otros ámbitos de actividad, sobre los que carecería de la necesaria  especialización. Todo ello explicaría sus frecuentes subcontrataciones y el elevado índice de temporalidad en el personal de la empresa, que es superior  al 61 % y su gran número de litigios en materia de personal. 

Esta deriva también se ha reflejado en algunas resoluciones y sentencias condenatorias de los tribunales. Citaremos la Resolución 120/2019 del Tribunal Administrativo Central de recursos contractuales, según la cual TRAGSA no puede (salvo en supuestos de estricta urgencia) ejecutar contratos de obra en zonas o núcleos urbanos. En el mismo sentido la STSJ de Asturias 795/2024 de 22 de marzo de 2024 en un recurso interpuesto por la Confederación Asturiana de la Construcción, contra un encargo referido a la ejecución de la obra de construcción del edificio de ensayos de la banda de música y coral, que fue anulado por localizarse en suelo urbano consolidado.   

Así mismo es de destacar la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía sede en Sevilla- Recurso n 592/2022, en el que se impugna un expediente sancionador de la Confederación Hidrográfica, en el que la empresa TRAGSA había recibido el encargo de la gestión y apoyo en la tramitación de los expedientes sancionadores incoados por dicho organismo elaborando borradores y propuestas de sanciones. Estos trabajos, como refleja la sentencia, no eran más que "una privatización  de forma encubierta de un servicio que ha sido reservado al sector público" que recordaremos es una de las conquistas primarias del Derecho Administrativo propio del estado de Derecho.   

En cuanto a las tarifas que cobra, figuran en su WEB y se actualizan puntualmente año a año. Pero carezco de datos para opinar salvo en el caso de un peritaje judicial, donde ascendieron a la módica cifra de 134.000 euros.            

La Comisión Nacional del Mercado de la competencia no ha sido ajena a lo expuesto- y con motivo del proyecto de Real Decreto que desarrolla el régimen jurídico de las empresas públicas del Grupo TRAGSA (Tragsa y Tragsatec)- en enero de este año, realizó diversas advertencias frente a esta expansión, pidiendo reforzar la motivación de los encargos  a la empresa ante una potencial pérdida de eficiencia de los fondos públicos empleados. Así como también por  la reducción del tamaño del mercado de la contratación pública por la posible expulsión de oferentes, al privárseles de su actividad.

Lo expuesto en mi opinión es un panorama muy preocupante, porque en definitiva estamos ante una empresa pública, que se extiende a un sinfín de actividades y materias sin razón de ser, que corresponden al mercado. Con su concurrencia y transparencia, contribuye a la más adecuada asignación de los recursos públicos. Pero como es de todos conocido cuanto mayor desorden mejor, para aquellos para quienes el servicio público es algo retórico y quieren coparlo todo.

Termino como comencé, indicando que si bien desconozco si las funciones de acompañamiento al ministro de “JÉSICA” se desarrollaban en “el campo, en travesía o en el espacio urbano”, me parece que  es obvio que no entran dentro del objeto social de la empresa, al igual que otras muchas. 

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