En el auto de pase a procedimiento abreviado que pone fin a la instrucción de esta pieza, el magistrado José de la Mata también ve indicios para juzgar por estos hechos a la hermana de Quique Pina, Elena, como cooperadora necesaria y a las sociedades Calambur Intermediaciones y Quique Sport. La resolución da un plazo de diez días a la Fiscalía y acusaciones para formular escrito de acusación.

Señala De la Mata que las entidades Quique Sport SL y Calambur Intermediaciones SL, administradas formalmente por su hermana, “actuando como testaferro”, son sociedades “instrumentales que han servido al investigado Enrique Pina para defraudar y ocultar, canalizando los fondos generados por su actividad profesional y sustrayéndolos a la acción cobratoria de la Hacienda Pública”.

Quique Pina.

Indica el magistrado De la Mata que en cada una de las anualidades entre 2012 y 2016 se ocultó una cuota tributaria superior en ambos casos a los 120.000 euros, “conociendo perfectamente su obligación de hacerlo por su experiencia en la actividad profesional y societaria, habiendo desplegado específicamente una cuidadosa estrategia para ocultar los datos reales de sus actividades tras Calambur Intermediaciones SL y Quique Sport SL y utilizando a su hermana Elena Pina Campuzano como cooperadora necesaria de sus actividades defraudatorias”.

Calambur Intermediaciones S.L., dice el juez, aparece como colaboradora necesaria en cuanto sociedad a través de la cual el deudor desvía su actividad, así como titular de los vehículos de lujo y el yate utilizados por aquel, mientras que Quique Sport, también figura como colaboradora necesaria en cuanto sociedad titular de los inmuebles que utiliza y que realiza la ampliación de capital por la que se diluye artificialmente el porcentaje de participación del deudor en la misma.