Para entender la reclamación que ahora se ha presentado hay que resumir los hechos, que se remontan a mayo de 2014 cuando Mónica V. decidió poner fin a la relación sentimental que mantenía con José D.R. para "cesar el maltrato psicológico que venía sufriendo". Según los hechos, el 8 de octubre de 2014 José se personó en el nuevo domicilio de Mónica donde convivía con otras dos compañeras. "En ese momento se encontraban en la vivienda Dª Mónica y su compañera Dª Gabriela M.  que alertadas por el ruido que el procesado produjo al manipular y abrir la puerta con las llaves que portaba, se levantaron alarmadas del salón donde se encontraban para comprobar quién pretendía entrar, ya que a esas horas no esperaban a nadie, puesto que la otra compañera de piso se encontraba trabajando".

Cuando Mónica se dirigió a la puerta se encontró a su expareja José D., "el cual sacó de un bolso que llevaba, una pistola marca Mauser, modelo HSC (...) intentó disparar contra ella en varias ocasiones con ánimo de acabar su vida, no consiguiendo su propósito, porque la pistola se encasquilló, por lo que José D., sin soltar el arma que portaba, la abofeteó y la agarró del pelo arrastrándola por el pasillo hacia el salón (...)".

Entonces Gabriela comenzó a pedir auxilio por la ventana, hasta que llegó la Policía y procedió a la detención del hombre. Los agentes encontraron el arma en un patio y comprobaron que una bala se había encasquillado impidiendo que José pudiese dispararla. Tras la detención del individuo y la gravedad de los hechos, la Policía en su informe de evaluación del riesgo, por motivos que se desconocen, lo calificó erróneamente como "no apreciado".

El 9 de octubre de 2014 José D. fue puesto en libertad, "imponiéndole únicamente la medida cautelar de prohibición de aproximarse a Dª Mónica, instalándosele un dispositivo electrónico de detección de proximidad". El auto de libertad fue recurrido tanto por la Fiscalía como por la acusación particular, pero la Audiencia Provincial de Madrid, en concreto la Sección 27 por auto número 1282/2014 de 4 de noviembre, siendo ponente el magistrado José de la Mata, desestimó los recursos, destacando que José D. no tenía antecedentes penales ni policiales, avanzada edad y arraigo en la ciudad de Madrid.

Volvió a intentar asesinarla

Dos años después, el 1 de diciembre de 2016, José D., todavía en libertad provisional por los hechos anteriores, accedió al domicilio de Mónica y aguardó escondido a que ésta llegase. Cuando la mujer llegó a su casa en el madrileño barrio de Vallecas el hombre la esperaba "portando una escopeta de caza de dos cañones superpuestos marca Laurona, modelo Derby, con número de serie borrado por limado de la superficie en que asentaba (...) y con intención de acabar con la vida de Mónica, hallándose de frente, le disparó al tiempo que le decía "ya te he matado, hija de puta". Luego el hombre se desmayó por causas que se desconocen. Mónica no murió, pero sufrió una "herida por arma de fuego en el brazo derecho, esquirlas óseas a la palpación de la cabeza humeral, contusión pulmonar indirecta superior derecha y fractura conminuta de extremidad proximal de húmero derecho abierta".

A consecuencia de los hechos fue intervenida quirúrgicamente y estuvo 22 días en el hospital, más otros 197 días de estabilización de las lesiones. Las secuelas fueron una incapacidad permanente y total para su profesión de camarera, además de secuelas psicológicas como un trastorno de estrés postraumático.

El juez José de la Mata.

El 17 de enero de 2017 se celebró juicio oral y la Audiencia Provincial dictó sentencia el 30 del mismo mes. José D.R. fue condenado en total a 12 años y nueve meses de prisión como autor de un delito de allanamiento en concurso medial con un delito de asesinato en grado de tentativa y un delito de tenencia ilícita de armas. La sentencia fue confirmada por el Tribunal Supremo. Además, en concepto de responsabilidad civil se condenó a José D. a un total de 136.482,67 euros.

La reclamación que ejerce ahora la defensa de Mónica se basa en la "errónea valoración del riesgo por parte de los funcionarios de Policía de la Comisaría de Vallecas", "desacertado auto de libertad provisional por parte del juzgado de violencia de la mujer número 10", "incomprensibles razonamientos de la Audiencia Provincial de Madrid, sección 27".

Por esto, el 25 de enero se presentó una "reclamación por responsabilidad patrimonial de los daños y perjuicios ocasionados por la actuación de los servicios dependientes del ministerio del Interior y de la Administración de Justicia (asumiéndola el Ministerio de Justicia por parte del Estado) dado su funcionamiento anormal (...)" y se pide "indemnizar a Mónica V. a la cantidad fijada en sentencia por lesiones y secuelas por importe de ciento treinta y seis mil cuatrocientos ochenta y tres con sesenta y siete euros (136.483,67 €), más los intereses legales que se devenguen procedentes hasta el completo pago de la cantidad reclamada".