25 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

Anticorrupción rechaza el recurso de Botín y considera que tras la adquisición, la persona jurídica (Banco Popular) no desapareció, solo se transformó

El Banco Santander de Ana Patricia Botín investigado penalmente por la presunta estafa del Popular

Ana Patricia Botín en la Junta General de Accionistas del pasado viernes
Ana Patricia Botín en la Junta General de Accionistas del pasado viernes
Continúa la instrucción del caso Banco Popular. El juez de la Audiencia Nacional que investiga este caso, José Luis Calama, ha dictado un auto en el que ordena a las 103 acusaciones particulares personadas que se organicen voluntariamente en un máximo de diez, argumentando que el elevado número de querellantes amenaza con hacer inmanejable el caso y que su desarrollo se demore más de la cuenta. Mientras tanto, Anticorrupción ha desestimado el último recurso del Banco Santander.

La Fiscalía Anticorrupción acaba de rechazar en un auto, fechado el pasado 9 de abril, el recurso presentado por el Banco Santander, que preside Ana Patricia Botín, en el que alegaba que mantenerlo como investigado penalmente en el caso de la presunta estafa cometida con los accionistas del Banco Popular se basaba en conclusiones "irracionales", máxime cuando la obligada fusión fue "incuestionablemente favorable" para los perjudicados. La entidad alegaba también que "por imperativo constitucional" sólo podría ser responsable civil subsidiario, nunca penal.

La Fiscalía Anticorrupción apunta todo lo contrario. Así considera  que, tras la adquisición por la que el Banco Santander pagó solo un euro por todas las acciones del Banco Popular "esta entidad se integra y pervive en la nueva sociedad". Para la Fiscalía, la persona jurídica "no se extingue, sino que se transforma".

Para el magistrado y la fiscalía el Banco Santander es "heredero" de la responsabilidad del Banco Popular

El actual titular de ese juzgado, José Luis Calama, rechazó el pasado 20 de marzo otro recurso del Santander, al considerar que es necesaria su presencia "en concepto de investigada, con todos los derechos propios de tal condición", en el mismo sentido que Anticorrupción. El magistrado recordó en su auto que el Código Penal indica que "en el ámbito de las sociedades, la pérdida de su personalidad jurídica o su transformación no conlleva aparejada la extinción de su posible responsabilidad penal, sino todo lo contrario".

El FROB también puede tener corresponsabilidad

Pero el hecho de que continúe como investigado el Banco Santander no exime otro tipo de responsabilidad a otras entidades, como el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB). Así, hace apenas tres semanas, en otro escrito la Fiscalía Anticorrupción dejó abierta la posibilidad de reclamar al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) un informe detallado sobre este proceso de liquidación del Banco Popular que tuvo lugar a mediados de 2017.

Con esta medida el Ministerio Público anticipaba que, además de investigar a los expresidentes del Banco Popular, Ángel Ron y Emilio Saracho, por presuntas irregularidades en la ampliación de capital, así como por la difusión de información falsa sobre la entidad que hizo caer en picado el valor de la cotización de sus acciones, como extenderse la responsabilidad a su auditor, también podría ampliarse la condición de investigado al FROB  por su supuesta responsabilidad en la transmisión de la entidad bancaria.

Y lo que queda muy claro, de momento, para Fiscalía y juez es que Banco Santander, de Ana Patricia Botín,  es, al menos, responsable como “heredero” del Banco Popular. Ahora toca a las diferentes acusaciones particulares unirse para esclarecer la responsabilidad de los gestores pasados y actuales en una quiebra que costó millones de euros a muchos españoles, a los que se dejó sin defensa alguna y, lo más grave, en la nada, sin sus ahorros de toda una vida.

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