29 de marzo de 2024
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FIN DE SEMANA

El apartado 2 del Artículo 6 de la ‘’Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego" registra esta destacada limitación

La Ley impide que los empleados de Loterías y sus familiares puedan participar en sorteos como el de Navidad

Los empleados de Loterías revisan las bolas del sorteo
Los empleados de Loterías revisan las bolas del sorteo / Europa Press
La Ley de regulación de juego explica claramente que los trabajadores del sector de Loterías y Apuestas del Estado no pueden participar en los sorteos. Así, estos empleados no podrán jugar ni un décimo en el sorteo que este sábado paralizará de nuevo a toda España: El Gordo de Navidad. Tampoco los familiares de los empleados de la SELAE podrán jugar en el sorteo de Navidad, ni en ningún otro.

Se avecina uno de los días más señalados en el calendario para los jugadores de loterías. El próximo sábado 22 de enero se realizará el Sorteo de la Lotería de Navidad y todo el que haya comprado un décimo estará pendiente de que número salga, ya que el premio son cuatro millones de euros (la serie).

Pero no todo el mundo puede tener la ilusión puesta en esta fecha tan significativa, ya que detrás del sorteo hay un personal que se encarga de repartir la suerte. Los empleados de Loterías y Apuestas del Estado tienen totalmente prohibido jugar. Incluso los familiares más directos de éstos tampoco pueden participar en el sorteo. Así lo determina la Ley.

De hecho, El Cierre Digital ha contactado con SELAE para saber más sobre este tema. El organismo de Loterías contestó a este medio remitiéndose a la ‘’Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego’’ publicada en el BOE.

El apartado ‘’c)’’ de este Artículo 6 cita lo siguiente: ‘’Los accionistas, propietarios, partícipes o titulares significativos del operador de juego, su personal directivo y empleados directamente involucrados en el desarrollo de los juegos, así como sus cónyuges o personas con las que convivan, ascendientes y descendientes en primer grado, en los juegos que gestionen o exploten aquéllos, con independencia de que la participación en los juegos, por parte de cualquiera de los anteriores, se produzca de manera directa o indirecta, a través de terceras personas físicas o jurídicas’’.El personal que hay detrás de los sorteos no puede participar en estos, pues así lo dice la Ley, la cual se ampara en el artículo Artículo 6 sobre ‘’Prohibiciones objetivas y subjetivas’’ de la ‘’Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego’’.

Presidenta_de_LoterAas

La presidenta de SELAE, Inmaculada García Martínez | Europa Press

 

Los deportistas no pueden realizar apuestas en los partidos

Pero la Ley no sólo prohíbe jugar al personal de loterías. También, por ejemplo, en el tema apuestas deportivas los propios deportistas no pueden participar en ellas. ‘’Los deportistas, entrenadores u otros participantes directos en el acontecimiento o actividad deportiva sobre la que se realiza la apuesta. Los directivos de las entidades deportivas participantes u organizadoras respecto del acontecimiento o actividad deportiva sobre la que se realiza la apuesta. Los jueces o árbitros que ejerzan sus funciones en el acontecimiento o actividad deportiva sobre la que se realiza la apuesta, así como las personas que resuelvan los recursos contra las decisiones de aquellos’’, explica el apartado 2 del Artículo 6.

Incluso el propio personal de la Comisión Nacional de Juego tiene restringido jugar a la Lotería o apostar. ‘’El Presidente, los consejeros y directores de la Comisión Nacional del Juego, así como a sus cónyuges o personas con las que convivan, ascendientes y descendientes en primer grado y a todo el personal de la Comisión Nacional del Juego que tengan atribuidas funciones de inspección y control en materia de juego’’, dicta la Ley.

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