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Tribunal Superior de Justicia de Cantabria
SUCESOS

TSJ de Cantabria rebaja pena a joven que apuñaló a su exnovia embarazada

El homicida, de 18 años, la acuchilló en repetidas ocasiones,hasta que rompió el cuchillo y dobló la hoja de 26 cm

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha rebajado de diez años a siete años y medio la pena de prisión impuesta por la Audiencia Provincial a un joven que hace unos dos años, intento matar a la que había sido su pareja durante dos meses. El chico, de 18 años,  acuchilló a la víctima , que estaba embarazada, en repetidas ocasiones hasta romper el cuchillo y doblar la hoja, de 26 centímetros. 

La Sala de lo Civil y Penal del TSJC ha basado su decisión en que el joven no tenía antecedentes penales y acababa de cumplir la mayoría de edad. Así, los jueces, han estimado parcialmente el recurso de apelación del joven contra la sentencia de la Audiencia, que le consideró autor de un delito de homicidio en grado de tentativa, con las circunstancias agravantes de abuso de superioridad y de cometer el delito por razones de género.

La Audiencia consideró probado que "la agresión vino motivada por el comportamiento machista o de desprecio de género del procesado", tal y como se desprende del "enfado e insultos que profirió" a la mujer dos días antes cuando la vio por la noche en una zona de vinos, tras haber acabado ella con la relación.

El TSJC coincide con la Audiencia en que hubo "intención homicida", entre otras cosas porque la agresión "iba dirigida a órganos vitales", como se desprende de la localización de las heridas en cara, ojos, cabeza y abdomen. También por sus amenazas al afirmar que "era la última noche para los dos, que iban a morir juntos, que iba a coger su cabeza y se la iba a llevar a Granada, que esa noche morirían los dos, que quería beber su sangre".

Atenuantes contemplados para rebajar la pena

Sin embargo, el TSJC considera que procede reducir la pena por tentativa de homicidio del máximo fijado por la Audiencia al mínimo legal previsto, para acomodarla a las circunstancias personales del condenado, entre las que destaca que es "delincuente primario y ocasional" -no tenía antecedentes penales- y que "su edad estaba próxima al mínimo legal" en el momento de los hechos.

El TSJC argumenta que la Audiencia ha considerado exclusivamente la gravedad de los hechos,  la violencia empleada, el número de cuchilladas y heridas causadas y las secuelas producidas, pero no las circunstancias personales del delincuente, que también han de tenerse en cuenta en la fijación de estas penas.

Así, reduce los años de prisión de diez a siete y medio, pero también la prohibición de acercarse y comunicarse con la víctima, que rebaja de 11 años a ocho años y siete meses; así como la medida de libertad vigilada a ejecutar tras la salida de la cárcel, que pasa de diez años a cinco.

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La sentencia del TSJC no es firme y ha sido recurrida en el Tribunal Supremo por el condenado. El fallo de apelación mantiene la indemnización de 18.943 euros a la joven por las 13 heridas incisas que le provocó y las secuelas que le han quedado.

Según la sentencia, el agresor y su víctima habían mantenido una relación sentimental sin convivencia de dos meses y medio que la mujer rompió por desavenencias, decisión que el joven no aceptó. Dos días después de esa ruptura, el 1 de noviembre de 2016, el condenado acudió al domicilio de la mujer en Torrelavega a altas horas de la madrugada y al no estar la joven en casa, la esperó en la calle. Cuando llegó, hablaron y él intentó convencerla para reanudar la relación.

Entonces, "con el fin de que ella estuviera lo más desprotegida posible le propuso que se alejaran del lugar a otro sitio más apartado porque tenía frío". Al negarse, entraron en el portal del edificio donde se encontraba la vivienda de la joven.

Intenciones claras y premeditadas del homicida

Una vez dentro, el condenado comenzó a recriminar a la joven que tenía que estar con él y le advirtió de que "era la última noche para los dos, y que iban a morir juntos". Entonces le entregó un papel escrito que la joven trató de leer, circunstancia que el acusado aprovechó para quitarse la chaqueta que vestía.

En ese momento, la mujer vio que el acusado tenía sangre y cortes en un brazo, y que portaba el cuchillo, arma que le puso en el cuello "al tiempo que le decía que iba a coger su cabeza y se la iba a llevar a Granada, que esa noche morirían los dos, que quería beber su sangre".

A partir de ese momento, lanzó múltiples cuchilladas a la mujer, que le produjeron hasta 13 heridas incisas de alcance cutáneo y subcutáneo, en cara, mano, abdomen, glúteos y muslo. La mujer gritaba en todo momento llamando a su compañero de piso, quien bajó portando un palo metálico de fregona que utilizó para tratar de frenar la agresión.

Durante el acometimiento, el cuchillo se rompió, separándose el mango de la hoja, que incluso se dobló en forma de uve. La mujer logró coger la hoja y guardarla bajo su ropa, pero siguió recibiendo golpes. Finalmente, el hombre desistió y se marchó llevando consigo el bolso de la mujer, motivo por el que también fue condenado por un delito de hurto a una multa de 540 euros.

La mujer fue atendida por sus compañeros de piso, quienes le quitaron la ropa para descubrir las heridas y se las taponaron con toallas hasta que llegaron los servicios médicos.

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