29 de marzo de 2024
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FIN DE SEMANA

El Tribunal Supremo ha ratificado la condena a siete años y medio de cárcel de este albaceteño, que tendrá que pagar una indemnización de 8.772 euros

Prisión para un hombre que intentó matar a un cobrador del Frac con un toro mecánico

Coche empotrado del cobrador del Frac.
Coche empotrado del cobrador del Frac.
El Tribunal Supremo ha ratificado la condena de siete años y medio de prisión para un vecino de Villarrobledo (Albacete) por un delito de asesinato en grado de tentativa. El condenado intentó embestir, “con ánimo de atentar contra la vida y de causar la muerte” a un cobrador del Frac, con un vehículo industrial de un peso superior a once toneladas y con una pala cargadora.

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de siete años y medio de cárcel a un vecino de Villarrobledo que arrolló con un toro mecánico el coche de un cobrador del Frac que le reclamaba una deuda, con la intención de matarlo. Además, el condenado tendrá que pagar una indemnización de 8.772 euros conjunta y solidariamente con una aseguradora al Sescam.

Los hechos se remontan al día 4 de marzo de 2014, fecha en la que el condenado ya mantenía una relación muy mala con esta empresa, dedicada al cobro de deudas a morosos, y a los que había acusado de acosar a su familia.

Según cuenta la sentencia, que ahora ha sido confirmada por el Tribunal Supremo, el ya condenado, después de que el cobrador del Frac llevase algún tiempo reclamando el pago de una deuda de 16.000 euros, cansado de esta situación, tras darse cuenta de que muy cerca se encontraba un vehículo con el logotipo de la empresa que le pedía dinero, fue hasta su nave industrial y cogió un vehículo, tipo toro elevador, de más de 11 toneladas y de 2,55 metros de alto, y, “con ánimo de atentar contra la vida y de causar la muerte” a la víctima, invadió el carril contrario y se dirigió de frente contra su coche.

El cobrador, que llevaba menos de una semana trabajando para esta empresa, en esos momentos no llevaba el Frac y se encontraba de pie en la acera entre el coche de empresa y la pared. Por ello, el empresario al que se le reclamaba el dinero condujo el vehículo con los brazos de la pala extendidos y elevados a una altura de unos 46 centímetros y “de forma sorpresiva y consciente” de que la víctima “no tendría posibilidad de reacción”, embistió su vehículo e introdujo los brazos de la pala por las puertas del lado derecho del coche aplastando los asientos y la carrocería, subiendo el vehículo a la acera y desplazándolo hacia la pared.

Piden 10 años de cárcel por intento de asesinato al 'cobrador del frac' en  Villarrobledo - El Digital de Albacete

Coche del cobrador del Frac empotrado.

El empleado de la empresa de cobros quedó atrapado entre los hierros de la carrocería del vehículo y la pared, sufriendo, según informa la sentencia, lesiones graves que le mantuvieron en el hospital 28 días y que podrían haberle ocasionado la muerte. El cobrador finalmente tardó más de un año en recuperarse de sus heridas y en la actualidad presenta secuelas graves, como una cojera que le inhabilita para poder realizar cualquier trabajo que implique estar de pie.

La sala de lo penal del Tribunal Supremo ahora ha confirmado la sentencia de condena de siete años y medio de cárcel que la Audiencia Provincial de Albacete impuso al acusado por un delito de asesinato en grado de tentativa. Además, la víctima ha sido indemnizada con más de 80.000 euros por parte de la aseguradora.

Rechazan la idea de que fuera un accidente

El Alto Tribunal ha rechazado la tesis de la defensa que esgrimía que en ningún momento hubo intención de matar a la víctima y que todo fue un accidente de tráfico.

Según la sentencia, los hechos probados evidencian que el condenado “era consciente de la presencia” del trabajador e invadió el carril contrario “para enfrentar mejor el vehículo del lesionado”, y además, “no intentó frenar al llegar al cruce y no hizo ninguna maniobra de evasión para evitar la colisión”.

El tribunal explica que para establecer el dolo homicida solo basta con acreditar que, “cuando embiste contra el vehículo, sabía que su conductor se encontraba entre éste y la muy cercana pared del edificio y que, con altísima probabilidad, lo aplastaría contra ella, causándole heridas que, también con una altísima probabilidad, podrían causarle la muerte”. Además, para el Supremo la manera de realizar la agresión es claramente alevosa, ya que el ataque se produjo con “un instrumento de enorme potencia lesiva y de forma totalmente sorpresiva”.

Los jueces que estudiaron el caso también afirmaron en su primera sentencia que no había “ni la más mínima duda” de que el crimen no fue un accidente, como defendió en todo momento el condenado.

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