19 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

Piden ocho años de cárcel para dos marroquíes de Badalona y penas de entre dos y siete años en las sentencias dictadas

Cuatro yihadistas condenados por adoctrinar y captar terroristas y otros dos son juzgados por los mismos delitos

Anouar Bensaddik, uno de los acusados, durante el juicio
Anouar Bensaddik, uno de los acusados, durante el juicio
Dos de ellos fueron detenidos en 2017 y ahora se enfrentan a ocho años de cárcel por integración en el Estado Islámico. Según la acusación, tenían planeado viajar a Siria para unirse a la organización terrorista y llevaban su actividad de captación yihadista a través de las redes sociales. También ha condenado entre dos y siete años de prisión a cuatro miembros de una célula yihadista dedicada a la captación y adoctrinamiento.

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional juzga desde este lunes a dos jóvenes marroquíes de 30 y 31 años por integración en la organización terrorista Estado Islámico y además planear un viaje a Siria para combatir en sus filas. La Fiscalía pide ocho años de prisión para cada uno de los acusados, que fueron detenidos en 2017.

Según el escrito de acusación, los acusados Anouar Bensaddik y Abdelmounaim Bennassar, que ya habían sido condenados por amenazas y robo con violencia e intimidación en grado de tentativa, comenzaron en 2014 a pasar por "un intenso proceso de adoctrinamiento en terrorismo yihadista" en el seno de un grupo conocido como Grupo de Badalona, "compuesto por una serie de individuos unidos por lazos de amistad y por compartir un deseo común", formar parte del Estado Islámico "y partir a zonas controladas por dicha organización para hacer desde allí la yihad violenta".

Este grupo, añade el fiscal, llevaba a través de sus redes sociales "una intensa actividad formadora y también apologética y enaltecedora de los miembros de la citada organización y sus actos y ayudándose los unos a los otros para lograr su objetivo último", viajar a Siria como miembros del Estado Islámico.

audiencia-nacional

Los acusados comenzaron a compartir con este Grupo de Badalona "una interpretación ultraortodoxa del Islam hasta que tomaron la decisión definitiva de desplazarse hasta Siria para incorporarse a la yihad en tierras bajo dominio del califato, como ya habían hecho antes otros miembros del grupo desplazados".

Según las informaciones publicadas entonces, los detenidos habían conseguido captar a varias personas que estaban plenamente convencidas de viajar a zona de conflicto para integrarse en los grupos terroristas con presencia en ese territorio.

Asimismo, los propios miembros del grupo desarticulado habían dejado patente en redes sociales, de forma reiterada, su disposición a unirse a las filas del Estado Islámico en Siria.

Condena a otros cuatro yihadistas por captar a mujeres

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha condenado entre dos y siete años de prisión a cuatro miembros de una célula yihadista dedicada a la captación y adoctrinamiento a través de redes sociales, de adeptos al Estado Islámico, principalmente mujeres jóvenes musulmanas.

El alto tribunal ha confirmado las condenas de siete años de prisión para dos miembros de esta red de captación impuestas en septiembre de 2018 por la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. Se trata de la líder del grupo Sanae B. y de Saif Eddine H.A., quien informaba al resto de las medidas de seguridad que debían adoptar, como autores de un delito de captación y adoctrinamiento terrorista.

Por otro lado, la Sala ha estimado parcialmente los recursos de los otros dos condenados, que alegaron la falta de motivación en la sentencia recurrida. Ello supone la modificación de sus condenas en dos años de cárcel, respectivamente; pues en el caso de Laila H. ve reducida la misma de siete a cinco años de prisión por los delitos de captación y adoctrinamiento terrorista; y a Fabio Miguel M.A., se rebaja de cuatro a dos años por adoctrinamiento pasivo terrorista.

Uno de los detenidos por adoctrinamiento yihadista.

La sentencia que se ha dado a conocer este lunes, y de la que ha sido ponente el magistrado Julián Sánchez Melgar, reproduce los hechos probados de la resolución confirmada y explica que, desde al menos el año 2014, Sanae B. realizó labores de captación y adoctrinamiento de otras mujeres, teniendo la idea de trasladarse ella misma a Siria para pasar a formar parte de la citada organización del Estado Islámico.

Dentro de la finalidad propuesta de captar adeptos, la acusada era "quien ejercía el liderazgo ideológico definiendo las líneas del grupo, así como la inoculación de ideas políticas y religiosas justificadoras de la violencia contra las personas y bienes, con el fin de imponer la aplicación rigurosa de la sharia", añade la resolución. Por ello, Sanae B era la que "marcaba las pautas de lo que se debe o no se debe hacer, es la ideóloga, la más caracterizada, la que ha alcanzado el mayor grado de fanatismo de las dos y la que captó a la coacusada Laila H.",explica la sentencia.

Tres grupos de WhatsApp

 

Con respecto a Laila H., una de las acusadas a las que se les ha estimado parte de su recurso, indica que era la encargada de realizar funciones de captación y de gestionar al menos tres grupos de WhatsApp creados para detectar a las personas que podían ser más "sensibles, vulnerables o susceptibles" de ser sometidas a un proceso de captación.

Los magistrados destacan las funciones de los otros condenados como Saif Eddine H.A., que se convirtió en otra fuente de adoctrinamiento al transmitirle diariamente material multimedia de corte yihadista. Por último, Fabio Miguel M., a quien los demás apodaban 'El portugués' en referencia a su país de origen, daba el soporte de apoyo ideológico a la ideología yihadista, y la contribución, incluso económica, a Sanae B. para ir a Siria.

Según relatan los hechos probados, Fabio Miguel M. empezó a adoctrinarse antes que el resto desde Francia y se mudó a España, donde finalmente fue detenido, para casarse con la líder del grupo, Sanae, con quien estuvo un tiempo visionando juntos vídeos de acciones yihadistas, siempre de contenidos violentos como el ahogamiento de prisioneros a manos de miembros del Estado Islámico o la utilización de un cordón detonante para provocar decapitaciones.

Perfiles afines

La sentencia relata que este grupo utilizaba la red social Facebook para iniciar los primeros contactos con sus víctimas. Los perfiles manejados por las acusadas sugerían cierta afinidad ideológica a la organización terrorista, sin que se materializaran actos de ensalzamiento, circunstancia que "ampliaba el espectro de personas susceptibles de ser captadas, principalmente jóvenes mujeres musulmanas".

Así, una vez iniciados los contactos se pasaba, en un segundo nivel, al uso del WhatsApp, donde se continuaban los contactos agregando al sujeto objeto de captación a los distintos grupos de la aplicación que tenían abiertos y cuya capacidad máxima era de cien usuarios.

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