24 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

En España varias sentencias han dictado compensaciones similares pero solo a mujeres que se casaron en régimen de separación de bienes

Indemnizan a una mujer por 30 años de trabajo doméstico y se reabre el debate del peso económico de las amas de casa

El trabajo de las amas de casa sigue sin ser reconocido económica y fiscalmente
El trabajo de las amas de casa sigue sin ser reconocido económica y fiscalmente
Una sentencia judicial dictada en Argentina recientemente ha vuelto a sucitar el debate de la discriminación de las amas de casa. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de Argentina ha confirmado un fallo que ordena a un hombre a pagar 157.548 euros a su exesposa. La razón es que ella se dedicó a las tareas del hogar durante 30 años y se vio obligada a renunciar a su trabajo.

Esta sentencia es muy novedosa, ya que nunca antes se había concedido  una cantidad tan elevada en cuanto a compensación económica. El caso que ha llevado a este fallo judicial bien reprensenta la mayor parte de lo que venimos considerando como “modelo tradicional” estabalecido en la sociedad, si bien, actualmente, va ya en retroceso. 

Si se pone precio a cada tarea del hogar, la suma impresiona. 

La mujer, M. L. y actualmente de 70 años, y el hombre, D. B.,  estuvieron casados entre 1982 y 2009. Vivieron en Comodoro Rivadavia y después en el barrio porteño de Palermo. Su proyecto familiar funcionaba sobre la base de la división más  tradicional de roles en las parejas: el hombre trabajaba fuera de casa y  ella se dedicaba al cuidado de los hijos y a las tareas domésticas.  La pareja se separó en 2009 y el divorcio se decretó en 2011. Frustrado ya el proyecto familiar en común quedó también roto el equilibrio. La mujer atravesó dificultades económicas, mientras que el hombre  tuvo una vida bastante desahogada buena.

La decisión de la jueza del caso tuvo una perspectiva de género.  Tal y como argumentó en su sentencia, “la dependencia económica de las esposas frente a sus maridos es uno de los mecanismos centrales mediante los cuales se subordina a las mujeres en la sociedad. (...) En la mayoría de las familias las mujeres todavía asumen principalmente la carga de las tareas domésticas y el cuidado de los hijos, aun cuando desempeñan alguna actividad externa”. El fallo de la magistrada también tuvo en cuenta  la edad de la mujer demandante, ya que tras  27 años de matrimonio, la mujer había superado los  60 años, edad en la que las mujeres se jubilan en ese país y se veía ya impedida de optar al mercado laboral. La demandante dejó su carrera de ingeniera química para dedicarse a trabajar como ama de casa.

Muchas mujeres asumen el mayor peso de las tareas y cuidados en el hogar sin que ello pese en la cuenta de resultados conyugal.

La sentencia ha sido aplaudida y recogida en todas las asociaciones y movimientos a favor del reconocimiento legal, económico y fiscal del trabajo que han  desempeñado y desempeñan las mujeres amas de casa.  De hecho, es la primera vez que una mujer recibe una indemnización económica por las labores del hogar que desempeñó durante la convivencia matrimonial. Algo que si sienta precedente puede provocar una catarata de demandas en los juzgados. 

Precedentes en España

En España, el Gobierno del expresidente José Luis Rodríguez Zapatero pretendió tímidamente  reconocer y dotar de valor económico el trabajo que las mujeres han desarrollado en sus hogares como amas de casa, madres, cuidadoras, inversoras, gestoras, cocineras...  Pero nada avanzó y todo sigue igual. Antiguamente, cuando una pareja se casaba, no había ni que hablarlo, se daba por hecho que la mujer terminaba en casa ocupándose de todo. Eran una minoría afortunada la que por estudios y formación profesional, por mentalidad avanzada y progresista de ambos miembros de la pareja  o por necesidad económica, ella mantenía su trabajo fuera de casa. La mentalidad y la tradición son tan fuertes y “convenientes” que perdura, en menor medida, por supuesto, en nuestros días. 

Muchas amas de casa se ven perjudicadas cuando les llega un divorcio porque no tienen jubilación ni posibilidad de trabajar. 

En 2011, El Tribunal Supremo reconocía en una sentencia sin precedentes en España, que un ama de casa tenía  derecho a percibir una indemnización por los años dedicados al trabajo doméstico. En el caso concreto que se juzgaba se tenía que dirimir el divorcio de un matrimonio, con régimen de separación de bienes y donde ella no había aportado al incremento del patrimonio de la pareja ni de su esposo. De hecho, el fallo del Tribunal Supremo establecía  que “el derecho a obtener la compensación por haber contribuido a las cargas del matrimonio con trabajo doméstico en el régimen de separación de bienes requiere que habiéndose pactado el mismo, el cónyuge haya contribuido a las cargas del matrimonio solo con el trabajo realizado para la casa. Se excluye, por tanto, que sea necesario para obtener la compensación que se haya producido un incremento patrimonial del otro cónyuge”.

En este caso, el Supremo fue consciente de la evidencia que aún hoy, ocho años después, muchos discuten: las amas de casa son el único 'sector' sin derecho a prestaciones. Tres años antes, el Instituto Nacional de Estadística (INE) ya se había puesto manos a la obra y realizó un estudio en el que pretendía cifrar con la mayor exactitud posible cuál sería la aportación de las amas de casa españolas al Producto Interior Bruto nacional en caso de que su trabajo fuera remunerado. Los datos demostraron que hasta un 27% del mismo podría corresponder a esta actividad que, sin embargo, no es remunerada ni le da acceso a quienes la practican a la prestación de derechos sociales.

Cada vez más mujeres toman conciencia de sus derechos y de su discriminación histórica. 

De ese modo,  aunque con algunas limitaciones, la Justicia española comenzó a reconocer a las amas de casa como trabajadoras, algo que continúan pidiendo  asociaciones como hizo en su momento  la ya disuelta Confederación Española de Organizaciones de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios (CEACCU). Para este colectivo, esa sentencia fue incompleta porque reconocía  que solo podrían acceder a esta indemnización las mujeres que se divorciaran en régimen de separación de bienes y acogidas al derecho común, mientras que quedaban fuera  aquellas que estuvieran casadas en régimen de bienes gananciales y acogidas al derecho foral.

Pocos gobiernos se atreven a poner cifras al trabajo doméstico de las amas de casa. 

Esta sentencia, junto con otra  confirmada en 2017 por el Supremo por la que una mujer de Zaragoza tuvo que ser indemnizada con casi 50.000 euros por veinte años de trabajos en el hogar, son excepciones con respecto a lo que abunda en los tribunales a diario. Vendría a equivaler en aquel momento, aproximadamente,  a la indemnización por despido que podría haberle correspondido  a un técnico cualificado con dos décadas de antigüedad en una empresa. La mujer era funcionaria. Tanto en el caso de Zaragoza como en el anterior, ambas cónyuges estaban casadas en régimen de separación de bienes, algo casi exclusivo de Cataluña, Baleares y algunas zonas de Valencia. En el resto de España, la mayor parte de las parejas se casan en gananciales.

No es solo en España. Hay movimientos internacionales que claman por poner cifras a este tipo de trabajo 24 horas sobre 24. Solo póngase a pensar y haga memoria: cuánto cuesta lavar y planchar camisas en una tintorería, tener  un plato de comida sabrosa  en la mesa, que nos cuiden, que limpien nuestras casas, que nos hagan la compra y las gestiones... día tras día... Una suma muy sencilla. Tan fácil como lo es mirar para otro lado.   

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