23 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

La penalista Maite Pozo explica a 'Elcierredigital.com' los detalles de este caso ocurrido en Estepona por un presunto abuso sexual en 2017

Las claves de la libertad al hombre que dio una brutal paliza al presunto acosador de su hija

Juzgados de Estepona.
Juzgados de Estepona.
El Juzgado de Primera Instancia de Estepona acordó la libertad del detenido pues ninguna parte acusadora en el procedimiento había solicitado su prisión provisional. La paliza, que pudo provocar el fallecimiento del vecino, supuesto acosador de la hija del detenido, se produjo tras una denuncia del padre. Aunque la Policía apunta a un posible caso de homicidio imprudente, la justicia no ha precisado la calificación de los hechos, según analiza la abogada Maite Pozo para 'elcierredigital.com'.

El hombre detenido por presuntamente dar una brutal paliza a un vecino al que había denunciado en el año 2017 por acosar sexualmente a su hija, fue puesto en libertad provisional el pasado miércoles día 8 de diciembre. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Estepona, en funciones de Juzgado de Guardia, acordó la libertad del detenido ya que ninguna parte acusadora en el procedimiento había solicitado la prisión provisional del mismo.  

Aunque las diligencias policiales apuntan a un posible caso de muerte por homicidio imprudente, el Juzgado instructor aún no ha podido precisar la calificación judicial de los hechos. Espera que el correspondiente informe forense aclare si el fallecimiento de la persona agredida fue consecuencia de los golpes recibidos en el costado con las botas de punta de acero o se debió a otras circunstancias. Será en ese momento cuando se produzca una aclaración de los hechos y se concretará la posible responsabilidad sobre la muerte del presunto acosador.

El detenido por estos hechos se encuentra en situación de libertad provisional, aunque le han sido impuestas una serie de medidas cautelares que deberá cumplir, esto es; deberá comparecer ante el juzgado los días uno y quince de cada mes. Del mismo modo, se le ha retirado el pasaporte y tiene prohibido salir del país. 

Análisis de los hechos

Los hechos ocurrieron el sábado 4 de diciembre. Sobre las 12.30, el agresor, de 49 años, se acercó hasta una cafetería de Estepona donde se encontraba su antiguo amigo y conocido, de 57 años. Según declaró ante la jueza de guardia, se dirigió allí después de acabar su jornada laboral con el objetivo de buscarlo. Una vez lo encontró, según fuentes policiales, se aproximó por la espalda, lo tiró al suelo y comenzó a darle varias patadas mientras llevaba puestas unas botas “reforzadas en la punta con un material de acero”.

El detenido ha declarado que el calzado que llevaba forma parte de la vestimenta habitual de su empleo ―algo confirmado por la investigación policial― desde el que se desplazó directamente hasta el bar. Fuentes judiciales aseguran que durante su declaración “negó que se hubiera calzado las mencionadas botas con el fin de cometer la agresión”.

Los testigos, según la Policía Nacional, relataron que durante los golpes hizo alusión al presunto acoso sexual sobre su hija. Él mismo admitió posteriormente ante la jueza de guardia que fue el motivo principal de lo ocurrido. Los clientes de la cafetería consiguieron detener los golpes y después los dos abandonaron el establecimiento de forma separada. La víctima acudió directamente a un centro de salud donde le diagnosticaron contusiones. Sin embargo, al día siguiente comenzó a sentirse mal y su pareja llamó a una ambulancia. Mientras lo atendían, sufrió una parada cardiorrespiratoria e ingresó en la UCI. Poco después, estaba siendo intervenido de urgencia en el bazo.

Hechos todavía sin calificar

La investigación policial, dirigida por la Unidad de Delincuencia Especializada y Violenta (UDEV) de la Comisaría de Estepona, apunta a que dicha muerte se debe a los golpes recibidos. Los agentes detuvieron al agresor como presunto autor de un delito de homicidio imprudente. Sin embargo, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), el juzgado instructor del caso no ha podido precisar aún la calificación de los hechos porque no sabe si el fallecimiento es consecuencia de los golpes recibidos o se debe a otras circunstancias.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 ha remitido la causa al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Estepona, que será el encargado de continuar la investigación judicial al hallarse de guardia en el momento en que se produjeron los hechos.

El procedimiento judicial se encuentra en una fase muy primaria como para determinar la calificación jurídica de estos hechos, pero el hecho de que ninguna parte acusadora haya solicitado el ingreso en prisión del presunto homicida no es determinante para considerar que el presunto agresor es el responsable o no de la muerte del fallecido, simplemente que, valoradas las circunstancias concurrentes en el caso, no hacen presumir que el detenido vaya a sustraerse de la acción de la justicia.

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