25 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

Elcierredigital.com analiza paso por paso la cronología de uno de los casos más mediáticos de sustracción de menores en España

Las claves del caso Juana Rivas: Del indulto parcial del Ejecutivo a la decisión del juez Manuel Piñar

Juana Rivas.
Juana Rivas.
Juana Rivas cumple condena de un año y tres meses en prisión, después de que su caso haya pasado por las manos del Tribunal Supremo y de recibir un indulto parcial del Consejo de Ministros. Ahora el juez Manuel Piñar rechaza su solicitud de excarcelación. 'Elcierredigital.com' recoge las claves del caso junto con el análisis judicial de la penalista Maite Pozo, exabogada de la granadina.

El Juzgado de lo Penal número 1 de Granada, al frente del juez Manuel Piñar, ha indicado en su última causa sobre el caso Juana Rivas que no concederá "el beneficio de suspensión de la ejecución de la pena de prisión que le resta por cumplir a la penada". La mujer, granadina de 40 años, cumple condena de un año y tres meses de cárcel por un delito de sustracción de menores –sus hijos–.

El tribunal ha considerado la "previsibilidad futura" de que Juana Rivas cometa "nuevos delitos". Por este motivo, "la denegación de la suspensión viene a ser el medio racional que evite la comisión de otros hechos, no ya por el mero ingreso en Centro Penitenciario, sino también por la función preventiva especial de la pena", recoge la causa, a la que ha tenido acceso elcierredigital.com.

Según se redacta en este documento judicial emitido, "esto no es un capricho ni una cruzada contra nada, sino una cuestión arraigada en unos hechos; ahí están los informes del pediatra y de la forense, las fotografías tomadas al menor demostrativas de lo ocurrido, que puede ocurrir porque el menor estaba con su madre", señala el juez en el auto, en referencia al "abuso" cometido por Rivas por no llevar a su hijo al médico cuando desde la guardería se puso en su conocimiento un problema encontrado con las heces del niño.

En relación a este tema, el actual abogado de Juana Rivas, Carlos Aránguez, ha denunciado este lunes ante el Defensor del Menor, el Servicio de Protección del Menor y la Fiscalía de Menores la divulgación de lo que considera "informaciones falsas" que afectan directamente a uno de los hijos de la granadina.

Cronología del caso Juana Rivas

En mayo de 2016, la vecina de Maracena, Juana Rivas, viajó a España con sus dos hijos y no regresó a Calaforte (Italia), donde llevaba conviviendo tres años con su entonces pareja, el genovés Francesco Arcuri, con quien actualmente viven los menores tras darle la custodia exclusiva de ambos la justicia italiana.

El 2 de agosto, Rivas comunicó a Arcuri que no iba a regresar a Italia y escolarizó a los niños en un colegio de la localidad donde reside. El progenitor, que tenía la guarda y custodia de los dos menores, denunció los hechos y un juzgado de Primera Instancia de Granada acordó la inmediata restitución de los menores a Italia como estado de residencia habitual de los niños. Tras varios requerimientos para que devolviera a sus hijos, el 26 de julio de 2017 Rivas se ocultó con ellos y su expareja denunció la desaparición.

El juzgado de lo Penal número 1 de Granada en primera instancia condenó a Juana Rivas a la pena de cinco años de prisión (dos años y seis meses por cada uno de los delitos), la privación de la patria potestad de sus hijos durante seis años y el pago de una indemnización a su exmarido. Con posterioridad, la Audiencia Provincial de Granada ratificó dicha decisión, modificando únicamente la cantidad indemnizatoria a favor de Arcuri, reduciendo la misma de 30.000 a 12.000 euros.

Juana Rivas en su juicio.

Se estimó por tanto parcialmente este recurso, no procediéndose a la absolución de Juana Rivas, sino a la rebaja de la condena al acoger el motivo que se planteaba en base a que la conducta de Rivas integraría un único delito de sustracción de menores del artículo 255 bis del Código Penal, que protege los derechos del padre y no de cada uno de los menores. Este motivo fue apoyado por el Ministerio Fiscal quien interesó la estimación del recurso en este sentido. Con esta decisión el Tribunal Supremo sentó doctrina y creó jurisprudencia sobre el hecho de que se trataba de un solo delito de sustracción, independientemente de que sean dos o más los hijos que permanezcan ocultos.

Una vez que su condena fue reducida por la vía judicial –a raíz del recurso formulado y presentado por la letrada penalista Maite Pozo, exabogada de Rivas–, ingresó en prisión e inició el cumplimiento de la condena que fue acordada por el Tribunal Supremo una vez que esta se hizo firme. Mientras tanto, la mujer presentó solicitud de indulto al Gobierno, y el pasado mes de noviembre fue estimada parcialmente por el Ejecutivo, viéndose reducida a la mitad la condena de prisión.

Como analizó en noviembre de 2021 la abogada Maite Pozo para elcierredigital.com, el Consejo de Ministros aprobaba el indulto parcial a Juana Rivas que le permitía dejar en suspenso la pena de prisión que ya estaba cumpliendo y recuperaba la patria potestad que había perdido a cambio de realizar 180 días de trabajos en beneficio de la comunidad. "Con dicha rebaja, la pena de un año y tres meses de prisión sería susceptible de dejarse en suspenso, pues el artículo 80 del Código Penal concede a los jueces la posibilidad de ello, siempre y cuando se reúnan una serie de requisitos", explicaba la penalista Pozo. Juana Rivas presentaría todos y cada uno de los requisitos establecidos legalmente pero "dicha facultad es potestativa y discrecional para los jueces, y en este caso, el juez Manuel Piñar Díaz considera que no es procedente dicha concesión", puntualiza.

La guerra entre Juana Rivas y Francesco Arcuri

“El único peligro al que estuvieron sometidos los menores fue estando bajo la exclusiva custodia de la madre”, ha expresado el juez Manuel Piñar, en referencia a unos presuntos abusos sexuales contra el hijo menor de la entonces pareja –Juana Rivas y Francesco Arcuri– en 2017.

Rivas y Arcuri, un genovés "de carácter algo tosco que regentaba un hostal en Italia" –según fuentes cercanas al caso–, llevan sumidos en esta guerra por la custodia de sus hijos desde 2016. En su momento, Francesco Arcuri fue condenado por delito de violencia de género contra Juana por el Juzgado de lo penal número 3 de Granada. Sin embargo, en ese asunto había denuncias cruzadas y Juana también estaba acusada por violencia doméstica contra él. Entonces las partes llegaron a un acuerdo que consistía en retirar la acusación respecto de Juana.

Francesco Arcuri (centro) junto a su exabogado, Adolfo Alonso Carvajal.

Juana Rivas ha sido apoyada y respaldada por numerosos grupos feministas desde el principio, por los "indicios machistas" de la investigación y las decisiones del juez Manuel Piñar. En el último auto sobre la decisión de no excarcelar a Rivas el juez disponía, en referencia a unos presuntos abusos sexuales contra el hijo menor de la pareja en 2017: "El único peligro al que estuvieron sometidos los menores fue estando bajo la exclusiva custodia de la madre”.

Según fuentes cercanas al caso, Juana Rivas "ha recibido cantidad de dinero a modo de ayuda con el que ha ido financiando todos sus viajes a Italia para visitar a sus hijos y pagar la indemnización a Francesco Arcuri" ya mencionada. La persona que está al frente de este movimiento de ayuda a Rivas es "Francisca Granados, quien ya estuvo imputada por presuntamente ser cooperadora del delito de sustracción, y contra la que el Colegio de Abogados de Granada se querelló por intrusismo en la profesión". Ella es la Directora del Centro de la Mujer de Maracena si bien, hay muchísimas mujeres detrás que la ayudan y asesoran que integran parte de un movimiento feminista.

El juez del caso, Manuel Piñar

El pasado sábado día 11 de diciembre, la defensa de Juana Rivas anunciaba que presentaría una querella criminal por "prevaricación" contra el juez Manuel Piñar –que no le ha concedido la suspensión de su pena a Rivas–, quien, según el letrado, incluye "mentiras" en sus autos y que ha sido retratado en varios medios de comunicación en diferentes ocasiones por diseminar bulos por Facebook.

Según fuentes judiciales consultadas por elcierredigital.com, Manuel Piñar es conocido por "sus formas no adecuadas de dirigirse a los abogados e incluso a los propios acusados en los juicios, y sus condenas están fundamentadas sin apenas pruebas". Por esta razón, "la Audiencia Provincial se las ha revocado en varias ocasiones, además de vulnerar la presunción de inocencia", como explican.

Tal y como indican a elcierredigital.com expertos judiciales, "los abogados podemos llegar a un acuerdo con la fiscalía que es quien acusa. Pero si a él no le parece bien ese acuerdo, no lo admite, aunque desde su posición solo debería limitarse a recoger en sentencia los términos del acuerdo. Lo que ha hecho con Juana Rivas es muy común en su forma de hacer las cosas, pero siempre obra dentro de la ley".

Como ha podido saber este diario, "el Código Penal dice que se considerará primaria a una persona aun cuando este tenga ya antecedentes penales que hayan sido condenados. Para el juez Manuel Piñar no existe la reinserción ya que no otorga suspensiones de condena a aquellos que tengan los antecedentes, incluso hasta cancelados, y sean de la misma naturaleza del delito que nuevamente se haya cometido aun habiendo pasado mucho tiempo".

A pesar de ser conocido por esta forma de actuar en los juicios, el magistrado, en el caso de Juana Rivas, "nos puede disgustar pero lo que sí es cierto es que no es ilegal lo que está haciendo. El juez puede valorar las circunstancias concurrentes en el caso y las personales del condenado y eso es lo que está haciendo", señalan fuentes expertas a elcierredigital.com.

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