26 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

El Tribunal considera probados los delitos sobre sus cuatro víctimas y que los actos constituyen un "ataque contra la libertad sexual de los menores"

La Justicia absuelve al conocido exboxeador Kid Telde de abusos sexuales a cuatro menores por la prescripción de los delitos

El ex púgil Kid Telde.
El ex púgil Kid Telde.
La Audiencia Provincial de Las Palmas ha absuelto al entrenador y exboxeador José Santana, Kid Telde, del delito de abusos sexuales sobre cuatro menores a los que entrenaba, pero no porque haya sido considerado inocente sino porque los delitos ocurridos entre 1999 y 2004 ya habrían prescrito.

La sentencia considera probados los abusos cometidos por el entrenador a sus cuatro víctimas y que no fueron las únicas y que los actos constituyen un "ataque contra la libertad sexual" de los menores.

La Audiencia de Las Palmas ha absuelto de los cuatro delitos de abuso sexual, uno de ellos con penetración, a cuatro menores de los se acusaba al entrenador de boxeo y expúgil José Santana, “Kid Telde” -ahora de nombre Youssef-, al considerar que han prescrito, según la sentencia publicada este miércoles.

La sentencia considera probados los abusos cometidos por el entrenador a sus cuatro víctimas, alumnos de "Kid Telde", que no fueron las únicas, pues también ya habían prescrito otros delitos similares que sufrieron más menores que se entrenaron en el gimnasio del entonces boxeador José Santana.

El Ministerio Fiscal, durante el juicio celebrado contra Youssef, llegó a señalar que algunas de sus víctimas se suicidaron.

   El exboxeador Kid Telde con pantalones blancos.

La Audiencia entiende que cuando los hechos fueron denunciados, en el año 2013, los plazos de prescripción ya habían corrido, al tratarse de delitos que prescriben a los cinco años (los de abuso) y a los 10 años (el de agresión), según un comunicado remitido por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC)

No obstante, la sentencia en sus fundamentos considera que los "actos ejecutados por el acusado" y ocurridos entre los años 1999 y 2004, constituyen un "ataque contra la libertad sexual" de los menores.

Según los hechos probados, el acusado se ganaba la confianza de sus alumnos y los invitaba a dormir en su casa, donde ocurrieron los tres delitos de abuso sexual y el de agresión sexual. El fallo es susceptible de recurso ante el Tribunal Supremo, señala la nota del TSJC.

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