El ministerio de Consumo recomienda usar mascarillas quirúrgicas en lugar de FFP2
El Gobierno desaconseja las mascarillas que reparten las farmacias en la Comunidad de Madrid.
Desde el ministerio de Consumo han argumentado en un comunicado público que este tipo de mascarillas dificultan la respiración más que las higiénicas o quirúrgicas y por eso solo están recomendadas para profesionales que estén en contacto con el virus o colectivos vulnerables y siempre bajo prescripción médica. Desde el miércoles, las FFP2 han dejado de ser dispensadas a menores de 4 años por este motivo.
La Asociación de Empresas de Equipos de Protección Individual advirtió ya ayer en un informe que este dispositivo presenta hasta 19 fallos y no se adecúa al Reglamento 2016/425 de la Unión Europea, por eso las mascarillas higiénicas son más aptas para un uso generalizado por parte de la población.
El departamento del ministro Alberto Garzón sugiere el uso de las mascarillas quirúrgicas en el caso de las personas sanas y sin contacto con la COVID-19 y de las quirúrgicas para las personas que hayan resultado contagiadas, tengan síntomas o sean positivas asintomáticas, tal y como especificaban en la guía que facilitaron en la víspera en que el uso de este tipo de protección se convertía en obligatorio para los viajeros en transporte público.
Además, las personas que realizan actividades físicas o algunas personas con dificultades respiratorias pueden no tolerarlas, por lo que Consumo insiste en que su uso, por quienes no son profesionales, debe realizarse con prescripción médica.
Además, avisa de que al ser material principalmente destinado a profesionales, puede generar una falsa sensación de seguridad, que relaje el mantenimiento del resto de medidas de seguridad y prevención de imprescindible cumplimiento, como son la distancia física y el lavado de manos.
Desde el miércoles este tipo de mascarillas ha dejado de ser dispensada a menores de 4 años por prescripción de Salud Pública, que advierte de que no es "recomendable" para esta franja de edad. Solo se entregan actualmente por orden de la Consejería de Sanidad a los nacidos hasta el 13 de mayo de 2016 a raíz de la retirada solicitada de los Coordinadores de Pediatría de Atención Primaria.
El Ministerio de Consumo recuerda que es imprescindible que todas las mascarillas contengan una etiqueta con la información obligatoria, según la legislación europea. Esto incluye los datos relativos a su reutilización y, si procede, los usos permitidos y número de lavados que pueden hacerse sin que el producto se resienta, así como método de lavado de la mascarilla.
En el caso de las mascarillas etiquetadas con la norma europea para equipos de protección individual, el etiquetado del embalaje debe contener datos del fabricante, clase de protección (FFP1, FFP2 o FFP3), la frase "véase la información suministrada por el fabricante", la indicación R o NR en caso de que sea reutilizable (R) o no reutilizable (NR), condiciones de almacenamiento, uso, limpieza, mantenimiento y desinfección.
El ministerio de Consumo también especifica que obligatorio que toda la información que acompaña al producto esté escrita al menos en castellano, ya que si no puede provocar problemas de seguridad al usuario, como que personas alérgicas a determinados materiales estén usando mascarillas con información en inglés y chino sin saber que son alérgicos a ellas.
Además, la información que acompaña a la mascarilla debe esclarecer al usuario la vida útil del producto y las condiciones en las que usar el producto en ese periodo de tiempo.
En lo referente a su certificación, el Ministerio de Consumo recuerda que antes de usar una mascarilla EPI, en caso de que incluya el marcado CE, hay que comprobar que está acompañado de los cuatro dígitos que indican la conformidad de un Organismo Notificado reconocido previsto en el reglamento UE (2016/425).
El Ministerio de Consumo ha pedido a todas las Administraciones que sigan las recomendaciones del Gobierno y que cumplan la legislación aplicable sobre EPI, los supuestos establecidos en la Resolución del 23 de abril de 2020 de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, y la legislación básica de información y garantías para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
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