Los hermanos Ostos y la guerra por la herencia: Un capote y una vivienda
La herencia del torero Jaime Ostos enfrenta a dos de sus cuatro hijos, Gabriela y Jacobo.
Están de actualidad las diferencias en torno a la herencia del torero Jaime Ostos por parte de dos de sus cuatro hijos los cuales son Gabriela y Jacobo Ostos. La discordia gira en torno al cuadro de ruzafa, una cruz de la beneficencia y un capote. Este viernes han protagonizado una disputa televisada en el espacio ¡De Viernes! en la que cada hijo mantenía una postura muy diferente.
Ambos hijos están de acuerdo en que Gabriela sacó en su momento una serie de bienes de la vivienda, pero existe disputa en torno al cuadro, cruz y capote que actualmente tiene Jacobo o estaban en casa de la madre de Jacobo, María Ángeles Grajal. Gabriela mantiene que le corresponden a ella, incluso dejando a entrever que estudiaría la posibilidad de instar acciones judiciales al respecto.¿Quién tiene razón? ¿A quién le pertenecen dichos bienes? Hasta que, en su caso lo determinara un juez, tenemos las dos posturas de ambos hijos.
Postura de Jacobo Ostos
Jacobo reconoce la existencia de dichos bienes, pero afirma que son suyos pues así lo determinó su padre en vida. Por tanto, su postura es que son bienes que ya eran suyos antes del fallecimiento de su padre y por tanto no forman parte de la herencia ni son objeto de reparto entre los hermanos.
En relación a la vivienda en la que vivió Jaime Ostos afirma que dicha vivienda no era propiedad de Jaime Ostos, sino que, desde el inicio, fue una propiedad privada de su madre María Ángeles Grajal. Incluso destacó que su madre, en todo caso, también sería heredera legítima de Jaime Ostos y por tanto también tendría un porcentaje de su herencia. Además, el hijo viene a sostener que la relación que el padre tenía con Gabriela no era del todo buena, negando la afirmación de Gabriela de que el padre de ambos quería que estos objetos fueran, al tiempo de su fallecimiento, para Gabriela.
Postura de Gabriela Ostos
Gabriela por su parte viene a afirmar que su padre quería que esos objetos fueran para ella, pues indica que así se lo dijo expresamente Jaime Ostos. Viene a sostener que tiene derechos hereditarios que no han sido respetados, pues su hermano de padre, Jacobo, se ha quedado con el cuadro, cruz y capote que ella considera que deberían ser para ella.
La gran dificultad para acreditar la postura que sostiene Gabriela es que debería de poder acreditar el deseo de su padre en su favor, pero además, que fue su último deseo antes de su fallecimiento, pues en estos casos prima la última voluntad. Por tanto, la acreditación, en defecto de testamento en este tipo de situaciones puede ser complicada.
Además, al tener Jacobo los bienes objeto de controversia, sería Gabriela la que debería de iniciar el proceso judicial. En este tipo de procesos en los que los bienes pueden tener un gran valor sentimental, pero no tanto económico, los gastos del proceso pueden incluso llegar a ser contraproducentes.
Conclusión de la herencia de Jaime Ostos
Ambas versiones son perfectamente razonables y verosímiles, lo difícil es acreditar cuál es la correcta, pues ambas son incompatibles. Siempre cada parte en este tipo de situaciones tendrá su propia versión de lo ocurrido, pero entre los hermanos Ostos, las posturas son totalmente opuestas. El gran problema es que habiendo fallecido el padre no es posible aclararlo con su propia opinión. El argumento de ambos hijos viene a ser similar en cuanto que se basa en la decisión de su padre, alegan que quiso que fuera para cada uno de ellos.
En este tipo de situaciones el documento en el que se confirma qué quería una persona que fuera de sus bienes una vez haya fallecido, es el testamento. En este caso al parecer Jaime Ostos falleció sin otorgar testamento por lo que los herederos de su patrimonio son sus herederos legítimos, sin distinción.
La capacidad de acreditar la decisión de su padre por parte de cada uno de los hijos no suele ser nada fácil, pues incluso cabría la posibilidad de que una misma persona haga manifestaciones diferentes a personas diferentes en momentos diferentes.
¿Cómo se resuelven este tipo de disputas de herencia?
¿Cómo se resuelven este tipo de situaciones? En defecto de testamento, cada hijo tendría que acreditar la manifestación de su padre y en caso de que ambos lo pudieran hacer y fuera incompatibles entre sí (que el padre les hubiera dicho a los dos hijos que sería para ellos), se aplicaría la que sea posterior en el tiempo, pues en eso consisten las disposiciones testamentarias, la última voluntad.
Si ninguno de los hijos pudiera acreditarlo hay que contextualizar toda la situación familiar y tiene cierta preferencia la teoría de los actos propios. Lo que hay que analizar es qué hizo Jaime Ostos en vida en sus propios actos, de manera que esta situación tiende a favorecer a la parte que ha convivido con él, en este caso Jaime.
Los bienes muebles respecto de los que no hay un título por escrito, son del poseedor, o lo que es lo mismo, quien los tiene. El argumento de Jaime Ostos sosFene que era él quien ya era propietario de estos bienes, lo que se corresponde con la realidad de hecho consolidada durante estos años en la que, con independencia de que originariamente eran del padre. Estos años atrás han venido estando es posesión de Jaime y en caso de falta de entendimiento, será Gabriela la que podría, si así lo decidiera, iniciar un proceso judicial.
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