25 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

EL SINDICATO ASP PIDE EN UNA SOLICITUD DESDE CANARIAS QUE EL MINISTERIO DE MARLASKA ELIMINE LA EXIGENCIA DE ‘PAUTA COMPLETA DE VACUNACIÓN’

Polémica en Interior: Logran modificar normas discriminatorias para los policías sobre el Covid-19

El sindicato ASP pide en una solicitud, desde Canarias, que el Ministerio del Interior elimine la exigencia de ‘pauta completa de vacunación’, así como "cualquier otro requisito que vulnere los derechos de los policías, en relación a una circular interna que requería esta medida para acceder a un curso de defensa personal. ASP consiguió que se modificaran estos requisitos y la Jefatura de Policía de Las Palmas de Gran Canaria accedió a introducir también pruebas de antígenos.

El sindicato Alternativa Sindical de Policía (ASP) ha abierto la ‘caja de Pandora’ sobre la aplicación de las normas Covid-19 por parte del Ministerio del Interior con relación al acceso de los policías nacionales a cursos de defensa personal. En una circular emitida el pasado 19 de noviembre desde la Jefatura Superior de Policía de Las Palmas de Gran Canaria -documento del que ha tenido constancia ElCierreDigital.com-, se exigía a los policías "el certificado de pauta de vacunación completa". Sin embargo, ASP se negó a aceptar esta condición impuesta por la Jefatura al considerar que "es un método soterrado de impedir el desarrollo laboral y formativo con normalidad dentro del ámbito de la DGP".

En un documento elaborado por el Comité Provincial de ASP -al que ha accedido en exclusiva ElCierreDigital.com-, se solicita con contundencia ante la División de Formación y Perfeccionamiento que "se elimine la exigencia de pauta completa de vacunación, así como cualquier otro requisito que vulnere los derechos de los policías". Este sindicato exigía que se rectificara esa normativa interna "en un plazo máximo de 72 horas" con el fin de tomar las medidas judiciales oportunas.

Escrito de Alternativa Sindical de Policía.

Ante esta misiva de ASP, el comisario provincial accidental de la Jefatura Superior en Las Palmas accedió parcialmente a la modificación de la circular antes de la celebración del curso de defensa personal, prevista entre el pasado 29 de noviembre al 3 de diciembre. Se redactó un nuevo documento el 25 de noviembre en el que se mantenía "la presentación del certificado de pauta de vacunación completa" pero incluía un nuevo precepto, inexistente en la primera convocatoria, que indicaba que "en el caso de que algún funcionario no haya sido vacunado deberá realizarse un test de antígenos o PCR con tres días de antelación al inicio del curso, presentando el resultado negativo de alguna de las dos pruebas".

ASP no ve suficiente esta modificación 

Fuentes consultadas del Comité Provincial de ASP en Gran Canaria por ElCierreDigital.com aseguran que "esta modificación por parte de la Jefatura de Policía de Las Palmas de Gran Canaria no resulta suficiente, pues no se puede vulnerar la privacidad de la situación sanitaria de los policías, ni vulnerar el derecho a la igualdad de todos los funcionarios del Ministerio del Interior en relación al acceso a la formación u otros aspectos". Mientras, señalan a este diario que "si el Ministerio del Interior persiste en exigir pauta de vacunación u otras pruebas discriminatorias a los policías, se tomarán las acciones judiciales que correspondan contra este tipo de normativas internas".

"Además, existen otras circulares del Ministerio del Interior en este sentido, que exigen pauta de vacunación completa emitidas para cursos de ascenso a inspector desde la División de Formación y Perfeccionamiento de Madrid, e incluso también se ha dado este misma circunstancia en el Ministerio de Defensa, un hecho que sería igualmente discriminatorio, para los funcionarios que no se han vacunado en base a su derecho y a que la vacunación no es obligatoria en España", han subrayado.

"El consentimiento informado forma parte inherente del Derecho Fundamental a la Integridad Física y Moral, con lo cual no se puede exigir para la realización de ningún acto en el ámbito de la Dirección General de la Policía prueba alguna de vacunación, PCR o antígenos, ni obligar a ningún miembro de las FFCCSSE a realizar cualesquiera de estas terapias y mucho menos a exigirlas para el desarrollo de ninguna actividad relacionada con la función policial", argumenta ASP en esta solicitud.

ASP exige el cumplimiento de normas internacionales

En la solicitud de ASP, sobre la que el Ministerio del Interior aún no se ha pronunciado con otra nueva circular tras las exigencias de este sindicato, se pone de manifiesto que "el art. 14 de la Constitución Española, en su título I de los Derechos y Deberes Fundamentales, no permite discriminación alguna por, entre otras que en él se hacen constar, cualquier otra condición o circunstancia personal o social".

 

"En función de la CE, los ciudadanos tienen otros derechos inalienables como el derecho a la intimidad que también se recoge en la Ley del Paciente 41/2002, en el artículo 7: 'Toda persona tiene derecho a que se respete el carácter confidencial de los datos referentes a su salud y a que nadie pueda acceder a ellos sin previa autorización amparada por Ley'", argumenta ASP.

Pero igualmente alegan que ‘la Asamblea del Parlamento Europeo, en su resolución 2361 de 27 de enero de 2021, dice en su artículo 7.3.1 'garantizar que se informe a los ciudadanos de que la vacunación no es obligatoria y que nadie está bajo presión política, social o de otro tipo para vacunarse si no lo desean; y en su artículo 7.3.2: ‘garantizar que nadie sea discriminado por no haber sido vacunado, debido a posibles riesgos para la salud o no querer ser vacunado’.

Se acogen a la jurisprudencia

"El Tribunal Constitucional ha indicado que es necesario un juicio de proporcionalidad como medio necesario para limitar los Derechos Fundamentales, los cuales gozan de un refuerzo garantizado por el encuadre constitucional en el que se encuentran recogidos, esto en el Título I Capitulo II Sección 1ª de la C.E. Por todas las SSTC 66/1995, 55/1996 Y 2017/1996", esgrime ASP ante esta situación descrita.

Por otra parte, hace mención a que ‘el TEDH [Tribunal Europeo de Derechos Humanos] ha insistido en la importancia que para la vida privada poseen los datos de salud señalando que “el respeto al carácter confidencial de la información sobre la salud constituye un principio esencial del sistema jurídico de todos los Estados parte en la Convención”, por lo que “la legislación interna debe prever las garantías apropiadas para impedir toda comunicación o divulgación de datos de carácter personal relativos a la salud contraria a las garantías previstas en el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos".

ASP, de igual forma ha insistido en que el Parlamento Europeo habla en su propuesta de resolución B9-0475/2021 sobre la creación de un fondo de compensación europeo para las víctimas de las vacunas de la COVID-19, siendo la propia Agencia Europea del Medicamento quien ya tiene catalogados alrededor de un millón de casos de reacciones adversas tras la inyección de vacunas contra la COVID-19: 435.779 en el caso de Pfizer Biontech, 373.285 en el caso de AstraZeneca, 117.243 en el caso de Moderna y 27.694 en el caso de Jansen, aludiendo a que entre estas hay casos graves e incluso mortales.

Lo que dice la OMS

Este sindicato policial también se basa en la Organización Mundial de la Salud (OMS), que  publica en su propia página que "la llamada vacuna contra el COVID-19 solamente tiene VALIDACION PARA USO DE EMERGENCIA, lo cual quiere decir que la misma aún no ha finalizado las fases de ensayos clínicos, estando en fases 2 y 3, según la propia OMS. De lo que emana que dicha vacuna es experimental, y en España la vacunación es un acto VOLUNTARIO, y tiene la consideración equivalente a la administración de un medicamento, teniendo derecho a tomar decisiones de acuerdo con su propia y libre voluntad".

Por tanto, según ASP, "la exigencia de la 'pauta completa de vacunación' para cualquier acto dentro del ámbito policial, como en la vida personal de los ciudadanos, vulnera el derecho al libre albedrío de ejercer los derechos de estos en libertad". De este modo "se coacciona a los mismos en la línea de exigir una vacunación, de la cual queda cuando menos en duda su efectividad y seguridad, como así lo deja de manifiesto el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG), en sentencia de agosto de 2021, dejando constancia de que tanto los vacunados como los no vacunados contagian por igual, haciendo referencia en dicha sentencia a evidencias científicas en las que se ampara".

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) recoge el mismo criterio en otros dos autos, en los que reconoce que "no hay evidencias científicas de que los vacunados no sean fuente de contagio y por eso suspendió las medidas de las PCR en los Centros Sanitarios", recoge ASP.

Las pruebas PCE

En adición a estas argumentaciones, ASP recuerda que se "debe tener conocimiento que, según el Ministerio de Sanidad, las Técnicas PCR solo son orientativas si no van acompañadas de una clínica".

"La OMS reconoce que las pruebas PCR, realizadas con más de 25 ciclos, dan de un 75 a un 90% de falsos positivos y, de ser positivos, debe hacerse un cultivo viral. En esta senda, la FDA y la OMS han puesto fecha de caducidad en el 31 de diciembre de 2021 a las pruebas PCR, ya que reconocen que no son válidas para identificar el virus del SARS-COV-2, ya que no distingue entre éste y una gripe común. Más de 180 países, entre los que se incluye España, han declarado, y entre ellos, el Ministerio de Sanidad de España, que no tienen aislado ningún virus SARS-COV-2, según consta en respuesta del citado Ministerio a pregunta formulada a fecha de 22 de julio de 2021, en la que tuvo entrada en la Unidad de Información y Transparencia del Ministerio de Sanidad", concluyen en esta reclamación de ASP.

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