29 de marzo de 2024
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FIN DE SEMANA

El TSJM da ahora la razón a la denuncia del PP y desmantela el plan de Manuela Carmena de cerrar la almendra central al tráfico rodado

Varapalo: Martínez-Almeida deberá recurrir contra sí mismo o devolver 60 millones cobrados en multas en Madrid Central

José Luis Martínez-Almeida, en campaña contra Madrid Central.
José Luis Martínez-Almeida, en campaña contra Madrid Central.
Los magistrados de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM estimaron que no se cumplió con el trámite esencial de información pública y con la imprescindible memoria económica previa a la aprobación de la ordenanza que puso en pie la Zona de Bajas Emisiones y por eso anulan Madrid Central. La sentencia no es firme, ya que puede ser recurrida, algo que deberá hacer el Ayuntamiento si no quiere devolver unos 60 millones de euros recaudados desde enero de 2019.

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Madrid ha anulado Madrid Central tras estimar parcialmente los recursos presentados por la Comunidad de Madrid, el Grupo Popular en el Ayuntamiento de Madrid y la empresa DVuelta Asistencia Legal sin entrar al fondo del asunto y sin valorar la delimitación de esta zona de bajas emisiones y su regulación.

Los magistrados anulan, por defectos formales y a petición de la Comunidad de Madrid, la ordenanza de movilidad sostenible aprobada por el Pleno del Ayuntamiento en sesión extraordinaria el 5 de octubre 2018, por la omisión del trámite de información pública, un requisito que se considera esencial, preceptivo e indispensable al tratarse de una de las principales manifestaciones del derecho que los españoles tienen a participar en los asuntos públicos.

En relación al recurso del Grupo Popular en el Ayuntamiento de Madrid, la Sala también estima parcialmente su reclamación y anula el artículo 23 del mismo acuerdo del Pleno, al entender que falta la imprescindible memoria económica previa a la aprobación de la ordenanza.

Pagar o no las multas

La anulación parcial del acuerdo del Consistorio supone que, en el caso de que estas tres sentencias alcancen firmeza, todas las multas impuestas decaerán al carecer de sustento normativo, siempre y cuando no se interponga recurso de casación contra las mismas.

Parece un asunto menor, pero se tratarían de devolver 60 millones de euros, en concreto 59.991.930 euros recaudados de las 1.333.154 multas impuestas desde enero de 2019 a febrero de 2020. Eso en el caso de que todos hubiesen hecho uso del pronto pago, 45 euros, y no del pago completo, 90 euros, en cuyo caso hablaríamos de unos 120 millones de euros a devolver, según los datos que ha podido conocer elcierredigital.com.

Además, la queja de la Administración autonómica se centraba en la consideración de que, tanto en el primer y segundo borrador como en el acuerdo aprobatorio del proyecto inicial de la ordenanza, no aparece la regulación de lo que hoy se conoce como Madrid Central, limitándose a prever una futura área de acceso restringido, que habría de determinarse por la Junta de Gobierno, pero sin contener delimitación ni ordenación alguna de lo que se incluye ulteriormente en el texto de la ordenanza de movilidad sostenible como Zona de Bajas Emisiones, ‘Madrid Central’, lo que comporta que “no se ha cumplimentado en debida forma el trámite de información pública, sustrayéndose del público conocimiento y de la posibilidad de formular alegaciones aquella medida de mayor impacto o relevancia e, indudablemente, la más polémica, por lo que se ha procedido a una cumplimentación meramente formal, y no material, de un trámite esencial impuesto por la normativa aplicable”.

Prohibición de entrar en Madrid Central.

En la misma línea, la Sala también estima parcialmente el recurso presentado por el Grupo Popular en el Ayuntamiento de Madrid y DVuelta y considera que la ordenanza carece de una justificada memoria económica, imprescindible para valorar con pleno conocimiento y con antelación, la repercusión que los costes de su aprobación pueden representar en relación con los principios de estabilidad presupuestaria de las administraciones públicas, sostenibilidad financiera y regla de gasto. “Si el suministro de las expresada información se efectúa con posterioridad a la toma de la decisión, como ha ocurrido en el supuesto presente, es obvio que no llegará a cumplir la finalidad legalmente prevista”, asegura la sentencia.

Esta sentencia puede ser recurrida en casación. Podría darse la paradoja de que la parte demandada, el Ayuntamiento de Madrid, tuviese que recurrir contra una sentencia que da la razón al grupo popular en el Ayuntamiento que interpuso cuando estaba en la oposición, mismo grupo que ahora mismo es quien forma gobierno en coalición en la ciudad de Madrid.

Pero también es cierto que de no hacerlo podría ocurrir que el municipio tuviese que comenzar a pagar todas las multas puestas por Madrid Central en los dos últimos años con el gasto que eso supondría para las arcas municipales, entre 60 y 120 millones de euros como ya hemos contado anteriormente.

Lo preocupante también es todo el dinero invertido en un proyecto que puede quedarse en algo inútil. Sólo en cámara de vigilancia y sistemas informáticos el Ayuntamiento invirtió 11,8 millones de euros hasta el año 2025.

Las obras de la Gran Vía también necesitaron una inversión importante y desde marzo hasta noviembre de 2018, fecha en la que se pusieron en marchas las restricciones al tráfico en el centro, se ampliaron las aceras, se redujo la calzada y se renovó el mobiliario urbano, en total  Una obra que ha renovado esta emblemática calle a cambio de una inversión de 4.424.400 euros. Es decir, en total unos 16 millones de euros.

Madrid Central ha recaudado en multas los citados 60 millones de euros hasta febrero de 2020, último dato disponible, si todos los sancionados se hubiesen acogido a la bonificación por pago pronto. Si no, hablaríamos de 120 millones de euros que el Consistorio tendría que devolver en caso de reclamaciones masivas.

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