25 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

El Tribunal Supremo ha ratificado la pena a Pedro Manuel Salguero Moreno de cuatro años de prisión y veinte de inhabilitación dictada en 2021

El exgerente del Festival de Teatro Clásico de Mérida, condenado a prisión por malversación

El Cierre Digital en Pedro Manuel Salguero Moreno.
Pedro Manuel Salguero Moreno.
Pedro Manuel Salguero Moreno, quien fue gerente del Consorcio “Patronato del Festival de Teatro Clásico en el Teatro Romano de Mérida” ha sido condenado a cuatro años de prisión y un día y veinte de inhabilitación para cargo público. La condena corresponde a los delitos de prevaricación administrativa y malversación de caudales públicos entre los años 2006 y 2011, cuando ocupaba el cargo con la anterior dirección del Festival. La sentencia, dictada por el Tribunal Supremo, no admite recurso.

El que fue gerente del Consorcio “Patronato del Festival de Teatro Clásico en el Teatro Romano de Mérida”, Pedro Manuel Salguero Moreno, tendrá que cumplir condena por los delitos que cometió mientras se encontraba en el cargo. Los delitos por los que se le ha condenado han sido prevaricación administrativa y malversación de caudales públicos, que llevó a cabo entre los años 2008 y 2011, fecha en la que dejó el cargo al presentar su dimisión, antes de que cogiera los mandos del Festival el actual equipo directivo.

Salguero ha sido finalmente condenado por el Tribunal Supremo, que ha ratificado —después de que el exgerente presentara varios recursos—, la sentencia dictada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Mérida en el año 2021. La causa, que en la sentencia a la que ha accedido elcierredigital.com califican de “tramitación lenta”, comenzó en el año 2013, declarando a Salguero como investigado por primera vez el día 13 de septiembre de ese mismo año.

La condena del Tribunal Supremo es la misma que el acusado había recurrido en su día: la dictada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Mérida. Este órgano judicial le condenaba “como autor de un delito continuado de prevaricación administrativa a la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio de derecho de sufragio pasivo durante doce años y un día; y como autor de un delito continuado de malversación de caudales públicos a las penas de cuatro años y un día de prisión e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de ocho años y un día”. Estas penas cuentan con el atenuante de dilaciones indebidas en el procedimiento.

También ha sido condenado a indemnizar al Consorcio “Patronato del Festival de Teatro Clásico en el Teatro Romano de Mérida” con la cantidad de 208.600,11 euros más los intereses aplicables por ley.

Pedro Manuel Salguero Moreno y la gestión de recursos

Pedro Manuel Salguero Moreno, según el escrito al que ha accedido elcierredigital.com, “desempeñó el puesto de Jefe de Administración con delegación de funciones del puesto de Gerente del Consorcio ‘Patronato de Festival del Teatro Clásico en el Teatro Romano de Mérida’ desde el día 23 de febrero de 2006 hasta el día 31 de marzo de 2008”. Un día después fue gerente del citado consorcio hasta que dimitió el 5 de octubre de 2011. La entidad en la que trabajó se especifica en el escrito que es “de derecho público creada para la gestión del referido Festival de Teatro”.

Por lo tanto, la financiación de este Consorcio provenía de “las dotaciones de las entidades consorciadas, de las subvenciones que pudieran concedérsele con cargo a consignaciones presupuestarias y donaciones o aportaciones voluntarias o particulares de los ingresos procedentes de sus servicios y de cualquier otro recurso que pudiera serle atribuido”.

Festival de Teatro de Mérida.

Salguero, como gerente, tenía la función de gestionar “los recursos financieros, presupuestarios y contables y la ordenación de gastos y pagos, la contratación de obligaciones conforme al presupuesto o de acuerdo con las delegaciones atribuidas, elaborar el proyecto de presupuesto y el de liquidación de presupuesto vencido, proponer a la Comisión Ejecutiva la aprobación, modificación o supresión de las tarifas o precios, y la dirección y jefatura del personal al servicio de la institución”.

No obstante, en el ejercicio de estas funciones cometió irregularidades. Una de las que se menciona es que “no presentó las cuentas anuales” del consorcio para que fuesen aprobadas por el Consejo Rector. Además, tampoco “presentó las correspondientes liquidaciones del Impuesto de Sociedades” en tres años consecutivos, lo que hizo que el órgano alcanzara una deuda con la Agencia Tributaria que ascendía a 605.980,95 euros. La deuda con Hacienda empeoró hasta tal punto que el 27 de febrero de 2012 era de 3.558.078,54 euros más la cantidad anterior.

Además de estas deudas, se le acusa de haber suscrito “distintos contratos sin seguir procedimiento de contratación administrativa alguno, contratando de forma directa, y ello con conocimiento de que actuaba al margen de la normativa de contratación pública vigente en ese momento”.

Salarios por encima de convenio y pagos sin justificar

Otro de las irregularidades que cometió fue referente a los salarios de los trabajadores, “por encima de lo fijado en el convenio para el personal laboral de la Junta de Extremadura de aplicación para las respectivas categorías, constatándose un exceso de retribución a cuatro de las personas contratadas y a él mismo por valor de 26.899,52 euros”.

También se menciona en el escrito que habría realizado pagos no justificados con las tarjetas del consorcio. Uno de ellos correspondía a “un servicio de transporte de fruta” realizado para una empresa “de la que era titular un familiar del acusado”. Otros fueron en supermercados como Carrefour, grandes superficies como El Corte Inglés y “en numerosos restaurantes, floristerías, librerías, etc., sin ningún tipo de justificación”.

Después de que los diferentes órganos jurídicos que analizaron el caso le consideraran culpable, Salguero presentó diferentes recursos para evitarlo, alegando que “no tenía la condición de autoridad o funcionario público” y la dilación del proceso “durante nueve años sin justificación alguna” entre otras cuestiones. La justicia rechazó los recursos, aunque sí que aplicó el atenuante de dilaciones indebidas en la condena.

La condena actual del Tribunal Supremo ratifica las anteriores al “desestimar el recurso de casación interpuesto” por Pedro Manuel Salguero Moreno. Contra la resolución, según advierten, “no cabe recurso”.

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