29 de marzo de 2024
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FIN DE SEMANA

Ha sido publicado el 19 de agosto y recoge la fórmula con la que el Govern avalará multas, fianzas o sanciones de los miembros de su Administración

El Decreto en el BOE por el que los cargos de la Generalitat se cubren ante sus incumplimientos

Juicio al 'procés' catalán.
Juicio al 'procés' catalán.
El polémico Decreto-ley por el que se regula el Fondo Complementario de Riesgos de la Generalitat de Catalunya, aprobado el pasado 6 de julio por el Parlament y con el que el Govern de Pere Aragonès ha avalado las fianzas de 5,4 millones de euros de los 34 ex altos cargos investigados por la acción exterior del 'procés' del 1-O, aparece ya publicado en el BOE. Este mecanismo de avales públicos ha sido criticado por el Tribunal de Cuentas, que duda de su "suficiencia y legalidad".

El Boletín Oficial del Estado del 19 de agosto ha publicado el Decreto-ley 15/2021, de 6 de julio, de creación del Fondo Complementario de Riesgos de la Generalitat de Catalunya, aprobado el pasado mes por el Parlament, y que recoge la fórmula con la que el Govern de Pere Aragonès avalará -con dinero público- las multas, fianzas o sanciones a las que los altos cargos y los miembros de la Administración catalana tengan que hacer frente por decisiones adoptadas durante su mandato.

Es el caso, por ejemplo, de los 34 ex altos cargos del Govern a los que el Tribunal de Cuentas impuso una fianza de 5,4 millones de euros por la causa que investiga la acción exterior del 'procés' del 1-O entre 2011 y 2017.

En concreto, el fondo, dotado con al menos diez millones de euros, pretende “hacer frente a las obligaciones legales que le corresponden con relación a los riesgos no cubiertos por las pólizas de seguros de responsabilidad civil, patrimoniales y contables suscritas por la Generalitat de Catalunya por siniestros que puedan afectar a las personas comprendidas en el ámbito subjetivo de esta Ley en el ejercicio de su cargo o funciones que se puedan ver afectadas en su patrimonio por resoluciones o actos administrativos o judiciales en procedimientos administrativos o judiciales que no hayan concluido con resolución firme”.

Para ello, el decreto se apoya en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, concretamente, en una sentencia de julio de 2020 en la que se establece que “el principio de indemnidad o resarcimiento no se limita solo a los cuerpos y fuerzas de seguridad, sino que se extiende a la totalidad de trabajadores y trabajadoras públicos”.

De este modo, y gestionado por el Instituto Catalán de las Finanzas (ICF) mientras no se cree una entidad gestora, cuya fecha límite para constituirse no se fija en el decreto, la creación de este fondo ha servido al Govern independentista para depositar las fianzas de los acusados por la acción exterior del 'procés', entre ellos los expresidentes autonómicos Carles Puigdemont y Artur Mas.

Requisitos y devolución 

Entre los requisitos para solicitar la cobertura se indica que no exista una resolución judicial firme que declare ilícitas las actuaciones realizadas; que el riesgo no se encuentre cubierto por ninguna póliza de seguro suscrito por la Administración de la Generalitat de Catalunya o por alguna entidad de su sector público; que la Generalitat de Catalunya no haya iniciado ninguna acción contra la persona afectada y, en particular, ningún procedimiento disciplinario o sancionador ni ningún procedimiento judicial de reclamación de responsabilidad civil.

El BOE del 19 de agosto. 

Asimismo, se especifican las condiciones para la obligatoriedad de retorno del dinero avalado en caso de sentencia firme. “En caso de que llegara a existir pronunciamiento judicial firme y, si procede, se hayan agotado todas las vías de impugnación judiciales y jurisdiccionales, estatales e internacionales, y si se confirmara la existencia de responsabilidad contable o civil derivada de falta o delito por parte de las personas beneficiarias, se generará un crédito de derecho público de devolución por parte de los beneficiarios de los importes garantizados, así como de los intereses y de los gastos que se hayan generado en razón de las garantías efectuadas con cargo en el Fondo”.

Dudas sobre el aval 

El pasado 27 de julio, el Tribunal de Cuentas solicitaba a la Abogacía del Estado un informe en el que se aclarase si este decreto, por el que se creó el Fondo Complementario de Riesgos de la Generalitat de Cataluña y, por lo tanto, la prestación de aval con garantías de fondos públicos, puede constituir afianzamiento de las posibles responsabilidades que se reclaman a los ex altos cargos. Y es que el organismo constitucional duda de la "suficiencia y legalidad" de los avales presentados por el ICF. 

En este sentido se ha pronunciado también en los últimos días la oposición. El PP, a través de una batería de preguntas en el Congreso de los Diputados, pide al Ejecutivo socialista de Pedro Sánchez que aclare si va a "impugnar" el fondo de diez millones de euros, porque, a su juicio, este decreto ley catalán es "a todas luces carente de sustento legal" y tiene como destino "salvaguardar ilegalmente, de nuevo con coste a cargo del erario público, las responsabilidades contables provenientes de actividades ilegales realizadas desde el propio Gobierno autonómico".

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