18 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

El paro de carácter indefinido está convocado para el próximo 24 de enero en todas las instancias de cada partido judicial del territorio nacional

La huelga de abogados puede paralizar España: Los servicios mínimos no superarán el 20%

Fachada del Ministerio de Justicia (Madrid).
Fachada del Ministerio de Justicia (Madrid).
Los abogados están en pie de guerra. El próximo 24 de enero los letrados de la Administración de Justicia secundarán una huelga de carácter indefinido convocada por las principales asociaciones profesionales de letrados que han enviado una carta a Pedro Sánchez donde advierten del riesgo del paro. No obstante, desde la Administración de Justicia han designado servicios mínimos en el Tribunal Supremo, en la Audiencia Nacional, en Tribunales Superiores de Justicia y Audiencias Provinciales.

El Ministerio de Justicia ya ha fijado los servicios mínimos para la huelga indefinida de los letrados de la Administración de Justicia, fijada para el próximo martes 24 de enero. Antes de eso, el Colegio Nacional (CNLAJ), la Unión Progresista (UPSJ) y la Asociación Independiente (Ainlaj) han enviado una carta al presidente, Pedro Sánchez, advirtiéndole del riesgo que supone la paralización de la Administración de Justicia para ciudadanos y empresas.

El objetivo de la huelga es que por el Ministerio de Justicia se realicen las actuaciones materiales necesarias para, de manera inmediata, ejecutar los acuerdos alcanzados con las asociaciones el pasado mes de abril de 2022. Los letrados demandan una mejora salarial equivalente al incremento de la carga laboral que sufren desde hace años sin ser compensada.

Conflicto con el Ministerio de Justicia

Este paro es el resultado de un conflicto laboral que los letrados mantienen desde hace meses con el Ministerio de Justicia. Las organizaciones que han convocado la huelga denuncian que el ejecutivo no haya puesto en marcha una enmienda a la Ley de Eficiencia Organizativa con el fin de que “las retribuciones del cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia se referencien a las correspondientes a la carrera judicial, en la proporción de mejora que se considere adecuada a las responsabilidades inherentes a este colectivo”.

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Ministerio de Justicia.

Los letrados han advertido de la importancia de dicha huelga así como de la "extensión del riesgo de paralización de toda la actividad ordinaria de los juzgados y tribunales de todo el país, salvo los servicios esenciales”. Además, han añadido que tendrá un “"impacto directo global en los ciudadanos, en las empresas y en todos los operadores jurídicos que se relacionan con el servicio público de la Administración de Justicia”.

Servicios mínimos

El secretario general para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, Manuel Olmedo Palacios, expone en la resolución por la que fija servicios mínimos que la huelga general con carácter indefinido en todas las instancias de cada partido judicial del territorio nacional, afecta a la totalidad de los letrados de la Administración de Justicia y “determina la procedencia de adoptar las medidas que garanticen dichos servicios esenciales”.

Se consideran servicios esenciales los siguientes: servicios de guardia, medidas cautelares o provisionales, juicios orales del orden penal o cualquier otro acto en causas con preso, actuaciones de Registro Civil de cumplimiento prioritario e inexcusable de naturaleza registral (nacimientos, defunciones o matrimonios).

También las actuaciones relativas a la violencia de género, procedimientos para la tutela de los derechos fundamentales y libertades públicas, funciones de los secretarios de Gobierno y de Coordinación Provincial vinculadas al seguimiento de la incidencia de la huelga, concesión de licencias y permisos y solicitud y resolución de suplencias y sustituciones entre las letradas y los letrados de sus territorios y por último, actuaciones procesales ya señaladas en las que deba de intervenir un menor de edad o persona con la capacidad modificada judicialmente.

La resolución del secretario de la Administración de Justicia dicta que se designan los siguientes servicios mínimos en el Cuerpo de Letradas y Letrados de la Administración de Justicia: Un 10% de LAJs en el Tribunal Supremo; un 20% en la Audiencia Nacional; un 10% en Tribunales Superiores de Justicia; y un 10% en Audiencias Provinciales.

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