26 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

La juez de la Audiencia Nacional María Tardón ha acordado el sobreseimeinto libre y el archivo de la causa

Archivada la denuncia contra Leo Messi y su Fundación por delitos contables, contra Hacienda, estafa y blanqueo de capitales

Última hora Leo Messi con su padre Jorge en el juzgado
Leo Messi con su padre Jorge en el juzgado
La juez ha acordado el sobreseimento libre y el archivo de la denuncia de un particular contra Leo Messi y su familia porque en está basada en noticias periodísticas "sin aportar elementos de conocimiento personal y directo con carencias de verosimilitud". La juez investigó la denuncia contra Messi, su padre Jorge, su hermano Matías y otros por delitos contra la hacienda pública, delitos contables, estafa y blanqueo de capitales en relación con la Fundación Messi.

La juez de la Audiencia Nacional María Tardón ha acordado el sobreseimiento libre y archivo de la denuncia presentada por un particular contra el jugador del FC Barcelona Lionel Messi, su padre Jorge, su hermano Matías y otros por delitos contra la hacienda pública, delitos contables, estafa y blanqueo de capitales en relación con la Fundación Messi a la que estaba vinculada el denunciante. 

En su auto, la magistrada explica que la denuncia incluye un relato de hechos basados en noticias periodísticas sin aportar un solo elemento de conocimiento personal y directo carente de verosimilitud, lo que supondría, según la juez, el recurso a la realización de investigaciones prospectivas incompatibles con los principios que rigen el proceso penal.

La magistrada añade que la segunda parte de la denuncia se refiere a posible fraudes en Argentina, donde se ha iniciado una investigación en un juzgado penal económico y que carecerían también de la necesaria verosimilitud en el supuesto de que pudieran ser objeto de investigación por la jurisdicción española.

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Leo Messi seguido de su padre, Jorge, a la entrada del juzgado

En su resolución, la juez se centra en el tercero de los apartados de la denuncia en los que el denunciante concreta su relación con la Fundación y determinadas actuaciones de esta que no encajan. A juicio de Tardón son hechos de relevancia penal, sin perjuicio de que pueda presentar cuantas reclamaciones estime oportunas pero en la esfera del derecho privado mediante el ejercicio de las correspondientes acciones en la vía civil.

La titular del Juzgado Central de Instrucción 3 decreta el sobreseimiento libre que, en virtud del artículo 637 de la Ley de Enjuiciamiento criminal, se acuerda cuando no existen indicios racionales de haberse perpetrado el delito que ha dado motivo a la apertura de la causa o cuando el hecho no sea constitutivo de delito.

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