25 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA
Patio de columnas

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Gabriel Araceli

6 de octubre 1934: Así fue el Golpe de Estado de Companys y así respondió la República

Dada la situación que está viviendo estos días en Cataluña me he subido a la barca de la Historia y he remontado el río hasta llegar al 6 de octubre de 1934, cuando el Presidente Luis Companys proclamó la independencia de Cataluña, desde el balcón del Palacio de la Generalitat, con estas palabras:

¡Catalanes! Las fuerzas monárquicas y fascistas que de un tiempo a esta parte pretenden traicionar a la República, han logrado su objetivo y han asaltado el Poder. Los partidos y los hombres que han hecho públicas manifestaciones contra las menguadas libertades de nuestra tierra, y los núcleos políticos que predican constantemente el odio y la guerra a Cataluña constituyen hoy el soporte de las actuales instituciones. (...)
Cataluña enarbola su bandera, llama a todos al cumplimiento del deber y a la obediencia absoluta al Gobierno de la Generalidad, que desde este momento rompe toda relación con las instituciones falseadas. En esta hora solemne, en nombre del pueblo y del Parlamento, el Gobierno que presido asume todas las facultades del Poder en Cataluña, proclama el Estado Catalán de la República Federal Española, y al establecer y fortificar la relación con los dirigentes de la protesta general contra el fascismo, les invita a establecer en Cataluña el gobierno provisional de la República, que hallará en nuestro pueblo catalán el más generoso impulso de fraternidad en el común anhelo de edificar una República Federal libre y magnífica.

Y así respondió la República

Don Domingo Batet y Mestres, general de División y del Ejército y jefe de la Cuarta División Orgánica.

Hago saber:

Que de conformidad con lo prevenido en decreto de esta fecha recibiendo a las veintes horas, queda declarado el estado de guerra en todo el territorio de la región catalana, y asumo, por tanto, el mando de la misma, estando dispuesto a mantener el orden público a todo trance, empleando al efecto cuantas medidas de rigor sean necesarias, esperando de la sensatez y cordura de los ciudadanos que no llegue a precisar su empleo, y que por parte de todos con su civismo y amor a la República, contribuirán al restablecimiento de la paz perturbada.

De acuerdo con los preceptos de la Constitución, Ley de Orden Público, Código de Justicia Militar y Orden de 6 de enero de 1934, después de requerir a los rebeldes y revoltosos a deponer su actitud para quedar exentos de pena, los que no sean jefes, si lo hacen en el término de dos horas a partir de la publicación de este bando, y a cumplir todo lo que en él y en las prevenciones anexas se dispone:

Ordeno y mando:

1º. Los reos del delito de rebelión militar serán juzgados en juicio sumarísimo si a ello hubiere lugar, y castigados con la pena de muerte o con la reclusión perpetua a muerte, según los casos, y los establecido en el Código de Justicia Militar.

2º. Serán considerados reos de tal delito, según la Ley, entre otros, los que al alzarse en armas contra el Gobierno legítimo hostilicen a las fuerzas del Ejército, Cuerpos de Seguridad y fuerzas de Asalto, estos dos últimos cuando vistan sus uniformes reglamentarios; los que ataquen a los cuarteles, polvorines o dependencias militares, los que atenten contra las vías o redes de comunicaciones, metros o servicios públicos, incluso los a cargo de empresas particulares, Bancos, fábricas y establecimientos y edificios de todas clases que estén custodiados por fuerzas del Ejército u otras de las unidades armadas citadas anteriormente

3º La mera tenencia de armas, artefactos explosivos, incendiarios, de gases (asfixiantes o lacrimógenos) que hagan presumir propósitos de ataque, destrucción o resistencia, si no tuviese calificación más grave, se considerará, según el caso, como tentativa o auxilio a la rebelión.

4º. Incurrirán en análoga calificación los que abandonen su ocupación o trabajo habitual, o los que por haberlo abandonado no se reintegren al mismo y faciliten de este modo los planes de los rebeldes; y en todos los casos, los que atenten contra la libertad individual y de trabajo.

5º. Serán culpables de seducir, provocar o excitar a los rebeldes los que en cualquier forma inciten a la revuelta, desobediencia, resistencia, desacato o menosprecio a las autoridades y sus agentes, cualquiera que sea el medio empleado, incluso la imprenta, el grabado o dibujo.

6º. La agresión, insulto o amenazas a todo militar que vista su uniforme reglamentario, se considerará insulto a la fuerza armada.

7º. Igualmente serán juzgados por la jurisdicción de Guerra los delitos de robo en cuadrilla, secuestro de personas, incendio y cuantos afecten de un modo evidente y directo al orden público, con relación, conspiración, provocación, inducción, excitación, sedición y auxilio a la rebelión citada.

8º. Se recuerda a los reclutas en Caja, a los que se encuentren en primera o segunda situación activa, y a los de de la reserva, que por los delitos comprendidos en el Código de Justicia Militar o en este bando, serán reputados como militares y sometidos al fuero de Guerra en toda su integridad.

9º. Por último, se advierte que las autoridades y los agentes autorizados para ello, se consideran como centinela, salvaguardia o fuerza armada, con arreglo al Código de Justicia Militar, y que las órdenes recibidas para hacerse obedecer son severísimas, por lo que deben ser acatadas por todos los ciudadanos, sin distinción de clase ni de categoría alguna, por elevada que ésta sea.

Artículo adicional. A los efectos de términos legales, se hace la publicación de este bando a las veinte horas de hoy, día de la fecha.

Como catalán, como español y como hombre que sólo mira y aspira al bien de la humanidad, lamento este momento y espero de la cordura de todos que no se dará lugar al derramamiento de sangre.

Barcelona, 6 de octubre de 1934 Domingo Batet

Prevenciones anexas al Bando

1º. Se invita a cuantos rebeldes tengan armas, artefactos explosivos, incendiarios o de gases, a la entrega inmediata de los mismos, o indicar dónde se encuentran, para proceder a su destrucción.

2º. Queda prohibido en absoluto, con la pena de sanciones que expresa el bando, utilizar aviones para efectuar vuelos locales o a distancia, salvo las empresas y líneas regulares autorizadas.

 

Excepto a los equipos de relevo, que acreditarán su identidad, queda terminante y absolutamente prohibido aproximarse desde las seis de la tarde a las siete de la mañana a las líneas férreas, de energía eléctrica, conducciones de agua, gas, cuarteles, polvorines y dependencias militares, Bancos y establecimientos fabriles e industriales y edificios públicos y serán repelidos por la fuerza sin previa intimación los actos de violencia realizados contra los mismos.

3º. Se declaran incautados y a mi disposición los automóviles de carga, viajeros y particulares, motocicletas, bicicletas, aviones particulares y vehículos de todas clases, tanto en el interior de las poblaciones, como fuera del casco de las mismas, y en las carreteras, caminos, pistas y veredas, en tanto los conductores no se provean de una licencia especial para cada caso y viaje, que será solicitado de la autoridad militar o de los jefes de puesto de la Guardia Civil más próximo de las localidades donde no exista Comandancia Militar, quienes las concederán previas las garantías que se consideren oportunas.

4º. Toda persona que precisa cualquier agresión o acto de violencia, queda obligada a concurrir inmediatamente a la Comisaría, Cuartel, Juzgado, Tribunal o lugar oficial más próximo para aportar su testimonio, y si no lo hiciere, incurrirá en desobediencia grave.

5º. Las fuerzas del servicio de Orden Público, dependientes de la Generalidad (Guardia Civil, Mozos de Escuadra, Cuerpo de Seguridad y Asalto, Somatenes, guardias armados del Municipio) pasarán a depender únicamente de mi autoridad, sin que obedezcan otras órdenes que aquellas que de mí emanen, y serán reputadas fuerzas o auxiliares del Ejército, a los efectos de quedar sometidos a los preceptos del Código de Justicia Militar, por lo que se refiere a disciplina y subordinación, estando dispuesto a castigar con la máxima energía cualquier infracción que cometan.

Todos los individuos pertenecientes a Somatenes presentarán en esta División los carnets correspondientes para su revisión, entregando las armas ínterin al Parque del Ejército; de no efectuarlo en un plazo de cinco horas, contadas a partir de las ocho horas del día de mañana, se les considerará como sediciosos o rebeldes.

6º. No podrá celebrarse ninguna reunión, mítin, conferencia o manifestación pública, ni aun las juntas generales ordinarias o extraordinarias de Asociaciones o Sindicatos, sin autorización, que será solicitada por escrito, con expresión del objeto de la misma, por lo menos tres días antes del en que hayan de tener lugar; autorizado que sea cualquiera de dichos actos, asistirá a los mismos, cuando lo consideren conveniente, un delegado civil o militar, según se acuerde en cada paso, el cual podrá suspenderlo tan pronto como por los que tomen parte o asistan a ellos se pronuncien discursos o se profieran frases atentatorias al régimen, al Jefe del Estado o a las autoridades, o exciten a comerte cualquier acto contrario a los mismos o al orden público o hagan la apología de la violencia o la apelación a conseguir por la fuerza cualquier ideal o propósito.

En tales casos serán, además, detenidos en el acto el orador o personas que profieran las frases o conceptos delictivos, y el presidente, y serán puestos a disposición de los Tribunales competentes.

Y así sucedieron las cosas



¡AL BUQUE-PRISIÓN “URUGUAY”!!

“Ara ya no direu que no soc preu catalanista”
Señores, lo confieso, a mi esto de la “Memoria Histórica” me entretiene incluso más que esa película que anda en boca de todos “Mientras dure la guerra”… Abrir el baúl de los recuerdos y repasar pasajes o acontecimientos de la Historia de España es un verdadero placer. Tanto que yo aconsejaría a todo el que se aburra que abra cualquier página de nuestra Historia y lea. Anoche, por ejemplo, abrí las páginas de wikipedia y me entretuve leyendo lo que sucedió el 5, el 6 y el 7 de octubre de 1934 en Cataluña… y con verdadera curiosidad hasta me subí al buque “Uruguay” que estaba anclado en el puerto. ¡Dios, y aquello era un verdadero poema, porque allí estaban el President Companys, su Gobierno casi entero (salvo el Consejero Dencás que había conseguido salvarse de la quema huyendo por las alcantarillas del Palacio de San Jaime). Pero, lo mejor es que lean ustedes lo que yo leí anoche:

La proclamación



Según el historiador Jordi Canal, «la acción de Lluís Companys resultó, en esencia, populista, viril y martirial». Populista, porque pretendía «provocar una amplia movilización ciudadana para presionar y amenazar al Estado»; viril, porque Companys «necesitaba reafirmar su frecuentemente cuestionado nacionalismo frente a Estat Català, Dencàs y los hermanos Badia»; y martirial, porque a lo largo de 1934 había asumido «una posición victimista y, en cierto modo, abocada fatal pero fecundamente al martirio», como lo probaría el siguiente comentario que Companys hizo en privado en junio de ese año: «Ha llegado la hora de dar la batalla y de hacer la revolución. Es posible que Cataluña pierda y que algunos de nosotros dejemos la vida en ello; pero perdiendo, Cataluña gana, puesto que necesita sus propios mártires, que le asegurarán mañana la victoria definitiva».

Poco antes de retirarse del balcón en el que acababa de proclamar el Estado Catalán parece que Companys dijo: «Ara ja no direu que no sóc prou catalanista» (“Ahora ya no diréis que no soy suficientemente catalanista”). El director del diario conservador La Vanguardia Agustí Calvet, Gaziel, tras escuchar el discurso de Companys por la radio, se mostró muy crítico con la decisión de Companys:

Es algo formidable. Mientras escucho me parece que estuviera soñando. Eso es, ni más ni menos, una declaración de guerra. ¡Y una declaración de guerra —que equivale a jugárselo todo, audazmente, temerariamente— en el preciso instante en que Cataluña, tras siglos de sumisión, había logrado sin riesgo alguno, gracias a la República y a la Autonomía, una posición incomparable dentro de España, hasta erigirse en su verdadero árbitro, hasta el punto de poder jugar con sus gobiernos como le daba la gana! En estas circunstancias, la Generalidad declara la guerra, esto es, fuerza a la violencia al Gobierno de Madrid, cuando jamás el Gobierno de Madrid se habría atrevido a hacer lo mismo con ella.

Tras pronunciar el discurso Companys comunicó sus propósitos al capitán general de entonces y general en jefe de la IV División Orgánica, con sede en Barcelona, el general Domingo Batet de ideas moderadas, pidiéndole que se pusiera a sus órdenes “para servir a la República Federal que acabo de proclamar”;. El general parlamentó entonces con Enrique Pérez Farrás, el jefe de los Mozos de Escuadra, para que se presentara en la Capitanía y se pusiera a sus órdenes. Éste le respondió que sólo obedecía al presidente de la Generalidad. Batet habló a continuación con el presidente del Consejo de Ministros, Lerroux y, siguiendo sus órdenes, proclamó el estado de guerra aplicando la Ley de Orden Público de 1933. (ver texto mando de guerra más arriba)

Al anochecer aparecieron las primeras barricadas, se distribuyeron grupos armados por las calles y se preparó a los edificios oficiales para la resistencia. La Generalidad se defendió con un centenar de Mozos de Escuadra dirigidos por Pérez Farrás; la Alianza Obrera ocupó el local de Fomento del Trabajo Nacional en la Vía Layetana con unos 400 hombres; un número similar de partidarios del PSOE se concentraron en la Casa del Pueblo de la calle Nueva de San Fracisco; y en general los grupos con fusiles estaban preparados en los locales de La Falç, Nosaltres Sols! y el CADCI (Centre Autonomista de Dependents del Comerç i de la Indústria) en la Rambla de Santa Mónica. Cerca de las once de la noche, una compañía de infantería y una batería del regimiento de artillería llegó a la Rambla de Santa Mónica y cuando el capitán se dispuso a leer el bando de proclamación del estado de guerra, desde el local del CADCI empezaron a disparar resultando muertos un sargento y heridos otros siete militares. La repuesta fue el bombardeo de artillería sobre el centro resultando muertos Jaume Compte, Manuel González Alba y Amadeu Bardina, dirigentes del Partit Català Proletari. El resto se rindieron a la una y media de la madrugada del día 7 de octubre.

Unas horas antes, hacia las diez de la noche del día 6, una compañía de artillería había ocupado la Plaza de la República (actual Plaza de San Jaime) informando a Pérez Farrás sus jefes de que tenían órdenes de tomar los dos edificios oficiales. Tras un tiroteo, los mozos de escuadra se replegaron al Ayuntamiento. Allí se acababa de votar una moción presentada por el alcalde Carles Pi i Sunyer de adhesión al Gobierno de la Generalidad. El asedio se amplió con la llegada de una compañía de ametralladoras. Mientras, Dencàs, Badia y otros miembros de ERC, junto con unos ochenta guardias y un centenar de hombres pésimamente armados, se hicieron fuertes en la Comisaría de Orden Público de la Vía Layetana frente el asedio al que le sometieron las tropas que habían salido de Capitanía.

El general Batet, a pesar de tener órdenes estrictas de atacar por parte del ministro de la Guerra, y a sabiendas de que tenía la situación completamente controlada, dejó pasar el tiempo esperando reducir a los rebeldes. A las seis de la mañana del día 7, diez horas más tarde de la proclamación, Companys comunicaba al general Batet su rendición.Esa noche, el consejero de Gobernación Dencàs huyó del Palacio de la Generalidad por las alcantarillas y logró escapar a Francia. (1)

La rendición



Sobre las siete de la mañana del 7 de octubre las tropas entraron en el Palacio de la Generalidad y detuvieron a Companys y a su gobierno y a los diputados Josep Tarradellas, Antoni Xirau, Joan Casanellas, Estanislau Ruiz, y al presidente del parlamento Joan Casanovas. Acto seguido detuvieron también en el Ayuntamiento al alcalde Carles Pi i Sunyer y a los concejales de ERC que le seguían. Los apresados fueron trasladados al buque Uruguay anclado en el puerto de Barcelona y reconvertido en prisión. Aquella mañana, las calles fueron quedando vacías de gente y todo fue volviendo a la normalidad. Incluso un representante de la CNT aconsejaba por la radio volver al trabajo, apostando por la organización obrera y la no colaboración con los partidos burgueses nacionalistas.

Datos del “Unuguay”

Desde el 7 de octubre de 1934, en el barco-prisión Uruguay había recluidas 2.500 personas (más de 2,5 veces su capacidad), principalmente funcionarios, profesionales liberales y trabajadores acusados de participar en la proclamación del Seis de Octubre: el Estado catalán dentro de la República federal española. Durante tres meses, el President y los Consellers del Govern de Catalunya también habían sido confinados. Hasta que el 7 de enero de 1935, Fernando Gasset Lacasaña, presidente del Tribunal Supremo, había ordenado su traslado a la Prisión Modelo de Madrid. El barco Uruguay había sido construido en Escocia el año 1912 y botado con el nombre de Infanta Isabel de Borbón". Tenía una capacidad inicial para 1.376 pasajeros, posteriormente reducida a 996. Entre 1912 y 1934 fue propiedad de la Compañía Transatlántica, hasta que poco después de los hechos del Seis de Octubre fue confiscado por la República con el propósito de convertirlo en una prisión flotante. Durante la Guerra Civil española (1936-1939) fueron recluidos elementos partidarios del bando rebelde, hecho que no impediría que fuera bombardeado y hundido por la aviación franquista (16/01/1939).

En resumen: “Los pueblos que olvidan el pasado están condenados a repetirlo”

  1. Biografía Domingo Batet Mestres (Tarragona, 30 de agosto de 1872 - Burgos, 18 de febrero de 1937) fue un militar español, general de división del Ejército de Tierra. Desempeñó un papel muy destacado en el fracaso de la insurrección de la Generalidad el 6 de octubre de 1934. Tras negarse a secundar el Golpe de Estado de julio de 1936 en Burgos, fue condenado por un tribunal militar y fusilado por el bando sublevado.

    Al ser proclamada en 1931 la República, se encontraba destinado en Mallorca . En julio de 1931 sustituyó al general López Ochoa como capitán general de Cataluña y general en jefe de la IV División Orgánica al ser éste relevado por discrepancias con el ministro de la Guerra, Manuel Azaña. Durante su permanencia en este destino se distinguió por su acatamiento de la autoridad civil, el respeto al régimen autonómico catalán y la prudencia con que actuó en las tensiones entre algunos sectores militares y la nueva administración autonómica.
    Al producirse la insurrección de la Generalidad el 6 de octubre de 1934, Lluís Companys le conminó a que se pusiera a las órdenes de la Generalidad. Sin embargo, Batet se puso en contacto con el presidente del Gobierno Lerroux, el cual le ordenó que declarase el estado de guerra. Tras diferentes disturbios con el resultado de tres muertes, el ejército comandado por Batet toma la plaza de San Jaime. El general parlamentó con Enrique Pérez Farrás, a la cabeza de los Mozos de Escuadra, para que abandonaran las armas. Aquel no se rindió y los mozos comenzaron a disparar contra las tropas, produciendo varías muertes y heridos. Entonces, los cañones del ejército dispararon contra el palacio de la Generalidad de Cataluña. Tras cinco horas, los insurrectos comandados por el coronel Frederic Escofet se rindieron y fueron hechos prisioneros.
    Pese a los combates, se considera que consiguió dominar la situación con el mínimo de destrucción y violencia, actitud que le valió ataques de ambos bandos: de la derecha y de algunos sectores militares por un lado y de los insurrectos por otro (durante la guerra, la familia de Batet, profundamente católica, sufrió persecución, hasta que por intermediación de Josep Tarradellas, amigo de Batet, pudo huir a Francia). Por su participación en la restauración del orden obtuvo la Cruz Laureada de San Fernando.
    En marzo de 1935 Batet fue nombrado Jefe del Cuarto Militar del Presidente de la República, Niceto Alcalá-Zamora. El 13 de junio de 1936 cesó, a petición propia, y fue designado general en jefe de la VI División Orgánica de Burgos.

    Guerra civil española

    Durante los preparativos de la sublevación llevados a cabo por diversos sectores militares, tomó una postura contraria y el 16 de julio de 1936 se entrevistó por propia iniciativa, en el monasterio de Irache, con su subordinado, amigo y uno de los principales conspiradores, el general Emilio Mola, comandante militar de Pamplona. Allí trató de averiguar si Mola estaba implicado en la conspiración3 e incluso llegó a pedirle su palabra de honor de que no participaría en la sublevación, que Mola efectivamente le dio.4 Creyendo en la palabra de Mola, el 18 de julio Batet no accedió a la petición del coronel Moreno Calderón, su jefe de Estado Mayor (y posterior integrante de la Junta de Defensa Nacional), de ponerse al frente de la sublevación de su División Orgánica. Por ello fue detenido por sus subordinados, el teniente coronel José Aizpuru Martín-Pinillos y el comandante Antonio Algar Quintana. Condenado a muerte en consejo de guerra —presidido por el general Ángel García Benítez—,5 fue fusilado el 18 de febrero de 1937, a pesar de las gestiones que en su favor llevaron a cabo los generales Queipo de Llano y Cabanellas. Franco hizo caso omiso de las peticiones de Queipo de Llano en favor de su amigo Batet en venganza por la negativa de Queipo a perdonar la vida del general Campins

2-                 Biografía de Josep Dencás nació en Vich el 19 de marzo de 1903 en el seno de una familia de farmacéuticos. Realizó estudios en la Universidad de Barcelona, donde se licenció en medicina. Ingresó en la masonería a través de su suegro.

Participó en los complots previos a la proclamación de la «República Catalana» (y la Segunda República Española) en 1931, habiendo participado en la fundación de Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) unos días antes.

Fue elegido diputado de ERC por la circunscripción de Barcelona (capital) en las elecciones generales de junio de 1931 y en las primeras elecciones al Parlamento de Cataluña, en 1932. Durante estos meses se centró en organizar las Joventuts d'Esquerra Republicana-Estat Català (JEREC), con el objetivo de ir ganando peso dentro de la propia ERC. También estuvo detrás de la creación de unos grupos de acción, los llamados «Escamots», que el propio Dencàs dirigió.

En diciembre de 1932, fue nombrado consejero de Sanidad y Asistencia Social en el gobierno de Francesc Macià y, posteriormente, consejero de Gobernación en el primer gobierno de Lluis Companys en enero de 1934. Puesto al frente del Orden Público, practicó una dura campaña de represión contra los anarquistas de la CNT-FAI. Esgrimiendo el argumento de la campaña contra el terrorismo «faísta», Dencàs ordenó el desarme del Somatén y puso sus fusiles Remington a disposición de las JEREC. Según cuenta Hidalgo, entonces ministro de defensa de la República, Dencás se presentó el mismo año 1934 en el Ministerio para , tras grandes muestras de lealtad y amor a la República, solicitar autorización para adquirir para la Generalitat varias ametralladoras. El ministro le agradeció las adhesiones y archivo la petición en el "cajón de las peticiones absurdas" (véase el libro de Hidalgo "Por qué fui lanzado del Ministerio de la Guerra?. Madrid 1934, página 61.

Influido por las ideas racistas de Pere Màrtir Rossell i Vilar, Dencàs se autodefinía como «nacional socialista». Fue considerado uno de los líderes más violentos del JEREC,8 llegando incluso a ser descrito como líder del «fascismo catalán».

Fue uno de los máximos responsables de la proclamación unilateral del Estado Catalán el 6 de octubre de 1934. En los meses previos, durante la crisis institucional que hubo entre el gobierno de la República y la Generalidad, Dencàs había mantenido contactos con diplomáticos de la Italia fascista en vistas a una posible cooperación. A partir del mes de junio de aquel año, desde su cargo se dedicó a organizar los preparativos para la rebelión contra el gobierno central. Llegado el momento, fue el responsable directo de la formación de grupos paramilitares que él mismo dirigía y la detención de varios militantes anarquistas de la CNT. Sin embargo, en apenas diez horas las fuerzas leales al gobierno de Madrid lograron poner fin a la rebelión. Tras su fracaso, optó por exiliarse, llegando a emprender la huida por las alcantarillas de Barcelona. Habiendo sido el encargado de organizar la insurrección independendista, su posterior fracaso supuso un descrédito para la imagen de Dencàs. No obstante, algún autor le ha ubicado un papel meramente instrumental, como un medio de provocación al gobierno de la República. Según Ramón Ardit, tras la rendición, los catalanes que resistían dijeron que querían «matar a Dencàs».

Falleció en Tánger, abandonado por todos, víctima de un cáncer, en 1966

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