28 de marzo de 2024
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FIN DE SEMANA
Patio de columnas

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Alberto García Cebrián

Falta de educación y formación jurídica en España

“La ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento”. Es temerario vivir sin conocer el alcance básico de nuestros derechos y obligacionesLas personas en su día a día realizan vinculaciones jurídicas sin que, como norma general, conozcan realmente cuáles son la consecuencia y repercusión legal de sus decisiones.

La ignorancia jurídica puede suponer que, al no conocer el alcance de los derechos y obligaciones, no se tomen decisiones realmente conscientes, libres y acertadas, pues para ello, se debe de entender previamente la repercusión de cada decisión.

Es importante tener derechos, pero no pueden ser teóricos de manera que la mayoría de la población desconozca su aplicación práctica.

La falta de conocimientos jurídicos puede afectar al ámbito colectivo, pues al no conocer realmente aspectos legales esenciales de nuestra democracia, incluso la forma de realizar una votación a nuestros gobernantes se puede condicionar por un error de percepción, al tender a creernos aquello que se nos dice por no tener un criterio bien asentado en conocimientos de derecho.

De igual manera, un insuficiente conocimiento jurídico puede suponer que en la vida individual de las personas se tomen decisiones equivocadas, como, por ejemplo, comprar una casa con una hipoteca compartida a 30 años en bienes gananciales. Muchas familias lo hacen, pero sin saber realmente qué consecuencias tiene, lo que en muchos casos acaba provocando graves consecuencias.

En este problema cabe destacar dos premisas:

- Las personas que no se dedican al mundo del derecho no reciben formación jurídica en su educación, ni suelen mostrar interés por mejorar sus conocimientos jurídicos en su vida adulta.

- Ello supone que exista gran dependencia de los abogados, que deben explicar a las personas las repercusiones de sus derechos y obligaciones más esenciales. Por desgracia, en la práctica, el abogado no es un profesional al que se le consulte habitualmente para prevenir problemas, sino que las personas suelen acudir al abogado muy excepcionalmente y el asesoramiento puede llegar tarde, cuando ya tenemos un problema.

Educación jurídica en la educación obligatoria

En la educación se imparte docencia con relación a cuestiones vitales para el desarrollo adulto de los niños. Matemáticas, legua y literatura, historia, inglés… etc. Pero no sólo debemos de analizar la formación académica de los hijos desde un punto de vista teórico, sino también práctico, siendo especialmente importante aquello que podrá ser útil para su vida adulta, como ocurre con la formación jurídica.

La mayoría de los adultos tienen un gran desconocimiento jurídico, lo que supone que sus relaciones personales se vean condicionadas por limitaciones derivadas de la falta de conciencia que puede llevar a tomar decisiones equivocadas con graves consecuencias.

Es importante entender el lenguaje jurídico y cuestiones esenciales de derecho como: Qué son los poderes del Estado legislativo, ejecutivo y judicial, qué es un contrato de trabajo, un contrato de alquiler o compraventa, derecho administrativo básico de impresos, recursos, potestad sancionadora... etc, qué es una empresa, qué es una herencia o un testamento, qué es un Juzgado o notario y a qué se dedican, responsabilidad penal, qué es un matrimonio, derechos reales… etc etc.

Algunas asignaturas indiscutiblemente son imprescindibles en la actualidad, pero la educación jurídica ayudaría a que las futuras generaciones estén preparadas para regir sus vidas y sus derechos y obligaciones. No es menos importante que la educación física, música, física y química, latín y griego, historia, ciencias naturales, idiomas... etc.

Por ejemplo, es importante que los jóvenes sepan inglés, pero no menos importante es que tengan unos conocimientos jurídicos básicos que les permitan desenvolverse en la vida en castellano, pues sin ninguna duda, van a tener que enfrentarse a lo largo de su vida a decisiones y situaciones en las que es vital tener unas mínimas nociones legales, pues de no ser así, no estarán preparados y tendrán que aprender de posibles errores.

No es habitual que a las personas se les enseñe el lenguaje jurídico, que en cambio será el que determinará cuestiones esenciales de su vida: Contratos de alquiler, hipotecas, contratos de trabajo, acuerdos privados, reconocimientos de derechos y deudas… etc.

En España contamos con un excelente sistema educativo, pero puede mejorar añadiendo una asignatura en la ESO de educación jurídica que ojalá con el tiempo se establezca.

Experiencia en los despachos de abogados

Es frecuente que en los despachos de abogados recibamos a personas para resolver dudas y cuestiones jurídicas muy básicas en las que en muchos casos han llegado problemas legales por no haberlos sabido entender su situación jurídica y así tomar decisiones acertadas que son preventivas de conflictos.

No estamos acostumbrados a dar la importancia que merece a las relaciones jurídicas, pues en muchos casos las personas se preocupan de lo tangible sin pararse a pensar en las repercusiones que tendrán en el ámbito legal. Las grandes carencias en el ámbito jurídico limitan la vida de las personas que no suelen ocuparse diligentemente de cuestiones legales mientras que todo va bien, pero cuando las situaciones se complican, se enfrentan a la indefensión de no conocer la repercusión de las decisiones que han venido tomando tiempo atrás.

Por poner un ejemplo: Es frecuente recibir en un bufete de abogados a personas que vienen a preguntar qué derechos tienen por haber firmado un contrato de compraventa o alquiler. Lo normal, hubiera sido realizar la consulta antes de firmarlo, pero en muchos casos se firma con buena fe y con cierta despreocupación legal, pero después cuando vienen los problemas todo son dudas y quieren aferrarse a sus derechos sin ser conscientes de que están condicionados por los acuerdos que normalmente se han perfeccionado sin asesoramiento legal.

Se han reforzado las garantías de los clientes en sus contrataciones con las entidades bancarias. ¿Por qué? Porque se ha acreditado que muchas personas no entendían realmente lo que firmaban y han sido impuestas condiciones abusivas en muchas hipotecas que afortunadamente han acabado siendo declaradas abusivas.

De entre los artículos más conocidos de nuestro ordenamiento jurídico cabe destacar el artículo 6.1 del Código Civil: “1. La ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento”.

Es tan temerario vivir ajenos a las leyes, que es urgente para la sociedad en su conjunto y para cada persona en su esfera individual, que se le dé la importancia que merece al conocimiento del derecho.

El Cierre Digital no se hace responsable de las opiniones vertidas en esta sección que se hacen a título particular.

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