28 de marzo de 2024
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FIN DE SEMANA

La plataforma, compuesta por once familias afectadas, exige un cambio del Código Penal que deje de considerar estos actos como 'homicidio imprudente'

Las víctimas de violencia vial piden Justicia ante los diputados: “No son accidentes, son homicidios dolosos"

El Cierre Digital en Familiares victimas de violencia vial ante el Congreso de los Diputados.
Familiares victimas de violencia vial ante el Congreso de los Diputados.
Una plataforma compuesta por once familias víctimas de violencia vial, tras recoger más de 700.000 firmas a través de peticiones en Change.org, se presentó este martes ante el Congreso de los Diputados para reclamar una reforma del Código Penal. Los afectados piden endurecer las penas para aquellos accidentes en los que el culpable estuviera bajo los efectos del alcohol o las drogas y, además, reiteran que actos en los que una persona pierde la vida no se pueden considerar homicidio imprudente.

Once familias acudieron el pasado martes al Congreso de los Diputados con más de 700.000 firmas recogidas desde distintas peticiones a través de la plataforma Change.org. Con esta entrega se pretende que las penas a conductores bajo efectos de alcohol o drogas se endurezcan y que se dejen de considerar los accidentes viales como homicidios imprudentes. 

“No son accidentes, son homicidios dolosos”, era la frase más repetida en la mañana de este martes. En el interior de cada una de las cajas que portaban, conteniendo las numerosas firmas recogidas, se albergaba el drama de una vida injustamente sesgada por la temeridad de un conductor que un mal día decidió ponerse a los mandos de su vehículo tras haber consumido alcohol, e incluso drogas.

Leire, Ángel, Pablo Jesús, Marcos, Iván, Paula, Daniel, Vanessa, Sara y Abraham, Marta, Gonzalo y Emous….son sólo la punta de un iceberg, algunas de las víctimas de la violencia vial cuyos familiares y amigos no se resignan a que sus nombres queden en el olvido, engrosando las frías estadísticas de la DGT, o que sus lamentables pedidas lo sean en vano. 

Estadísticas según la DGT y posibles delitos

Según las cifras manejadas por la propia DGT, durante el 2021 el alcohol y las drogas estaban presentes en el 49,4% de los “accidentes” mortales producidos. Las consecuencias acarreadas para la inmensa mayoría de los conductores que se vieron involucrados en esas muertes, en términos penales, fueron mínimas, no llegando ni siquiera a ingresar en prisión preventiva por ello.

Nuestro Código Penal, avalado por la Jurisprudencia de las distintas Audiencias Provinciales y del Tribunal Supremo, así como por el posicionamiento de la Fiscalía, establece para los delitos de homicidio imprudente cometidos por medio de un vehículo a motor una pena de entre uno y cuatro años de prisión, pudiendo llegar a siete años de prisión en supuestos de especial gravedad en el que se ocasione un elevado número de fallecidos. A efectos prácticos, ello supone que, en un alto porcentaje de casos, esos conductores homicidas no lleguen a ingresar en prisión, salvo casos de especial gravedad o reincidencia.

Los afectados que acudieron este martes al Congreso de los Diputados no se limitaban a pedir un endurecimiento de las actuales penas, sino que insistían en impulsar un cambio normativo que deje de considerar como delitos de homicidio imprudente hechos similares a los que acabaron con las vidas de sus familiares para pasar a ser considerados delitos de homicidio dolosos, en la modalidad de dolo eventual.

Dolo eventual, un daño derivado de una acción imprudente

El concepto de dolo eventual podría resumirse, según la propia Jurisprudencia del Tribunal Supremo, “como el conocimiento del elevado peligro concreto que la conducta desarrollada entraña para el bien jurídico, pese a lo cual el autor lleva a cabo la ejecución, asumiendo o aceptando así el probable resultado que pretende evitar la norma penal (STS 566/2017, de 13 de julio).” Dicho en términos coloquiales, significa que una conducta tipificada como delito en nuestro ordenamiento jurídico se lleva a cabo por el autor, no buscando el resultado producido, posiblemente no deseándolo, pero si asumiendo, desde una mínima lógica, que ese resultado es altamente probable que se produzca.

Familias de víctimas llevan 700.000 firmas al Congreso para endurecer las  penas a conductores borrachos o drogados | Líder en Información Social |  Servimedia

Victimas ante el Congreso de los Diputados. 

A modo de ejemplo, si una persona decide hacer la mudanza de su piso arrojando los muebles por el balcón, sin medida de seguridad alguna ni preocuparse de quien pueda pasar por la calle en ese momento, posiblemente, a buen seguro, no buscara causarle la muerte o lesiones a ningún viandante que pase por debajo de su casa en ese momento, pero debe reconocer que el riesgo de que ello ocurra es altamente probable, pese a lo cual acomete su conducta… este sería un claro ejemplo, por estrambótico que parezca, de dolo eventual.

Por lo tanto, un conductor que se pone a los mandos de un vehículo superando con creces la tasa de alcohol permitida en sangre, llegando a multiplicarla por siete en algunos de los casos que nos ocupan, o bien habiendo consumido sustancias estupefacientes en dosis altas, lo que no pocas veces va de la mano del consumo de alcohol, es consciente de que las probabilidades de que ocasione un atropello, un choque de vehículos o cualquier otro incidente con resultados fatales son muy elevadas aunque no sea el objetivo que persigue, por lo que parece lógico que su conducta, en términos penales, se considerase dolosa y no imprudente, con el agravamiento que ello implica.

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