Nerviosismo en RTVE ante la decisión de Competencia por la publicidad de El Ganso
Arsenio Cañada se aferra a su cargo mientras se muestra "muy tocado" por las informaciones que comprometen su gestión
Las informaciones publicadas por Elcierredigital.com y otros medios de comunicación sobre diversos aspectos relacionados con el área de Deportes de RTVE han dejado "muy tocado" a su director, Arsenio Cañada, tal y como señalan fuentes sindicales a este periódico.
Eso sí, Cañada se resiste a dimitir y sus jefes directos, la presidenta Elena Sánchez Caballero y el jefe de Contenidos de actualidad Josep Vilar, no aguardan a la resolución de Competencia sobre la publicidad que disfrutó El Ganso durante el Mundial de Qatar sin que repercutiese contraprestación económica en favor de RTVE.
La publicidad a El Ganso incumple la recién modificada norma 2/2017 de RTVE sobre publicidad encubierta, que asegura que es objeto de irregularidad "en un programa se presente o incluya un mensaje publicitario", "que esa presentación o inclusión tenga un propósito publicitario" y "que sea susceptible de inducir al público a error en cuanto a la naturaleza de inserción al tratarse de un mensaje publicitario que no es reconocido como tal".
El asunto llegará hoy al Congreso vía PSOE y Vox, que preguntarán hoy en la Comisión de control a RTVE a la presidenta Elena Sánchez Caballero por asuntos publicitarios.
Los socialistas harán una pregunta relacionada con la reciente modificación de la normativa de RTVE de publicidad encubierta y Vox se interesará por "la vigilancia de patrocinios irregulares" por parte de la presidenta, que tendrá respuesta ya que el Consejo de administración que ella lidera ha impulsado una investigación interna al asunto de El Ganso.
Además, una auditoría interna encargada a Teledeporte podría comprometer a la mano derecha de Cañada, Javier Grima. El Sindicato Independiente (SI), por su parte, ha pedido que se realice una evaluación psicosocial en el área de Deportes.
Batalla sindical a cuenta de las oposiciones y preguntas del PP
RTVE también es noticia por las polémicas relacionadas con la oposición recién convocada por la pública de 1.082 plazas. En USO han denunciado las normas que regulan el acceso a un empleo fijo en la corporación, dudando incluso de la constitucionalidad de algunos requisitos.
El texto literal, en el caso de algunas ocupaciones tipo, denuncia el sindicato, es el siguiente: "Experiencia: Haber prestado servicios por un periodo igual o superior al año (365 días) en puesto análogo al que opta, prestados desde el 1 de enero de 2007".
USO ha lanzado siete preguntas al aire sobre este asunto:
"1. Todos los trabajos anteriores al 1 de 2007 ¿no cuentan? ¿y si a resultas de su especialidad tuvo que adaptarse a otras circunstancias laborales y abandonó aquellas que le acreditaban dicha experiencia exigida?
2. ¿Cuáles son los trabajos y experiencias similares?
3. ¿Cuál es el mecanismo para homologar la experiencia? RTVE acredita la experiencia de sus propios trabajadores pero, ¿y los que no tienen esa ventaja? ¿Tienen que pedir un certificado en su empresa actual para avisar sobre su intención con el riesgo de ser un pretexto para su despido?
4. ¿Si estoy registrado como desempleado tengo que pagar las tasas de inscripción?
5. ¿Hay que pedir entonces a las empresas el certificado de que hemos trabajado en ellas? Es que he estado viendo el tutorial de solicitud de inscripción y no me queda claro, porque no pone nada como tal. En ninguna empresa he estado más de un año, por eso no sé sí pedir el certificado ese a las empresas o firmar la declaración jurada. ¿Cómo se calculan sobre prestaciones de meses en lugar de por años completos?
6. Hay ocupaciones que no exigen un año de experiencia y otras sí. ¿Puede ser un criterio de exclusión no presentar experiencia previa? ¿Y yo que estoy parado y he trabajado por libre?
7. Hay un documento que me tiene asombrado, el punto 4 (Experiencia profesional) del anexo 2 (Documento modelo de currículo vitae) de las bases generales sólo cuenta con cuatro líneas para exponer toda la experiencia profesional del solicitante, y resulta que yo mismo puedo aportar veinte líneas".
USO entiende que se produce una vulneración de derechos constitucionales "en los términos del Art. 23.2 CE, y de los Arts. 55 y 61 de TREBEP (Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público). A lo sumo podría evaluarse como mérito. Sin embargo, también a este respecto se produce una vulneración de derechos constitucionales en los términos del Art. 23.2 CE, de los Arts. 55 y 61 de TREBEP, porque se computan de forma diferente y arbitraria como méritos según el candidato esté o no vinculado con la profesión, siendo empleado de la Corporación tenga uno u otro tipo de ocupación y tenga o no una mayor o menor antigüedad en la Corporación RTVE, como se ha visto".
"Este es un requisito de carácter discriminatorio constitucionalmente prohibido y legalmente prohibido según el TREBEP de obligado cumplimiento en una empresa pública", añaden.
El Partido Popular ha realizado varias preguntas sobre este motivo a la presidenta de RTVE, que mantiene las oposiciones pese a la reciente dimisión de su máximo responsable, Pablo Galán.
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