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INVESTIGACIÓN

Iñaki Urdangarin podría volver a prisión por salir del País Vasco.

El paseo del exduque de Palma por la costa francesa con Ainhoa Armentia podría estar penalizado sin autorización.

La condición de semilibertad impide que Iñaki Urdangarin viaje al extranjero sin causa justificada. El exduque está cumpliendo pena de prisión en  tercer grado con semilibertad ampliada y está a la espera de recibir la libertad condicional prevista para el próximo mes de mayo de 2022.

Desde junio de 2021 tiene permitidas una serie de concesiones de régimen penitenciario, a pesar de lo cual debe dormir en el domicilio de su madre y trabajar en un despacho de abogados y asesores en Vitoria en la que al parecer presta servicios profesionales como consultor, eso sí, con la obligación de acudir un día a la semana a prisión o llamar por teléfono para dar cuenta de su paradero.

Es por ello por lo que el paseo por la costa francesa que ha trascendido requeriría una previa autorización por parte de la autoridad penitenciaria. De no tenerla, podría suponer la toma de medidas sancionadoras de régimen penitenciario.

Los permisos para salir de nuestro país en la situación de Iñaki Urdangarin podrían haberse concedido, en su caso, por motivos laborales que estén justificados y autorizados o por motivos personales excepcionales, como el fallecimiento de un familiar. Reiteramos que, de no poder acreditar los motivos relevantes en ámbito profesional o personal, su libertad condicional podría ser revisada o modificada.

Posible divorcio de Iñaki Urdangarin y Cristina de Borbón

Iñaki Urdangarin y Cristina de Borbón están casados en régimen de separación de bienes al haber contraído matrimonio en Cataluña. No ha trascendido que el matrimonio cuente con propiedades comunes. En el matrimonio han nacido y viven cuatro hijos comunes, siendo tres de ellos mayores de edad y una menor que reside en compañía y cuidado de su madre en la ciudad de Ginebra.

La prioridad será establecer los términos económicos para sostener a los cuatro hijos aunque es obvio que la situación financiera de cada uno es muy diferente, Urdangarin lleva años sin trabajar por la condena del proceso Nóos y ahora percibe un salario básico que podría rondar los 900 euros al mes. Por su parte, Cristina de Borbón tiene un cargo de alta dirección y ella ha sido quien ha mantenido económicamente a la familia en los últimos años en los que Iñaki Urdangarin cumple su condena de privación de libertad.

¿Podría pedir Iñaki Urdangarin una pensión compensatoria a Cristina de Bobón?

Iñaki Urdangarin podría estudiar la posibilidad de solicitar una pensión compensatoria basada en que en el divorcio existiría un desequilibrio económico entre los cónyuges. ¿Sería viable y procedente?

En primer término es evidente que en el contexto familiar es improbable que el exduque pretenda reclamar una pensión compensatoria de Cristina de Borbón, pero además, en la práctica, no procedería su establecimiento.

Es cierto que en un hipotético divorcio la situación de ambos cónyuges es desigual. Cristina de Borbón comenzó el matrimonio en una muy buena situación económica y posición social que ha ido evolucionando positivamente con el paso de los años, aunque ciertamente la condena y escándalo del Caso Nóos perjudicó a la familia en su conjunto.

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Iñaki Urdangarin podría volver a prisión por salir del País Vasco. | El Cierre Digital

Por su parte, Iñaki Urdangarin mantenía una buena situación antes de contraer matrimonio, pero evidentemente no comparable a la que ostentaba la Infanta Cristina. A lo largo del matrimonio existió una evolución muy positiva de Iñaki Urdangarin en la que ocupó grandes puestos de responsabilidad profesional que se vieron truncados por su condena del Tribunal Supremo a 5 años y 10 meses de prisión por malversación, prevaricación, fraude, dos delitos fiscales y tráfico de influencias en el “caso Nóos”

En ese momento, sus ingresos, situación económica y posición social cayeron en picado pero ello no generaría un derecho a compensación de su mujer, pues nada tiene que ver con su matrimonio el hecho de que en el hipotético divorcio del que se está hablando en todos los medios de comunicación, Iñaki tenga una situación comparativamente peor a la de Cristina.

Procedería en los casos en los que el desequilibrio económico se hubiera producido por una dedicación a la familia o a Cristina, pero en este caso, sería justamente al revés. Iñaki, con su matrimonio, pasó a ostentar una situación profesional y posición social privilegiada que se truncó cuando fue condenado por sus propios actos, constituyendo el motivo por el que ahora atraviesa una situación económica precaria.

Medidas respecto de los hijos del matrimonio

En lo que se refiere a las medidas respecto de sus hijos, Iñaki deberá contribuir a las necesidades de sus hijos en función de sus posibilidades con independencia de que pueda atravesar una mala situación económica. No por tener pocos ingresos deberá dejar de mantener a sus hijos. De hecho, respecto de la hija se deberán establecer las oportunas medidas paternofiliales, entre las que se incluye un régimen de visitas que hoy en día es incierto al residir la hija y la madre en Ginebra y el padre en España cumpliendo la pena de prisión en régimen de semilibertad.

Lo normal sería que el divorcio se tramitara en Suiza al ser Ginebra el último domicilio común y el domicilio actual de la esposa con la hija menor, lo que además les permitiría una gestión más discreta y alejada de polémicas que en nuestro país. El resto de los hijos son mayores de edad y residen en Madrid, Barcelona y Londres. Si se tramitara el divorcio en Ginebra, después deberían homologar dicho divorcio en España obteniendo el visto bueno del Ministerio Fiscal y Juzgado al contar con una hija menor.

Posible cláusula de confidencialidad

Se desconoce si el matrimonio firmó en su día una cláusula de confidencialidad respecto de terceros en capitulaciones matrimoniales, lo que suele ser lo habitual dada la pertenencia de la Infanta de Borbón a la realeza para que no trasciendan las intimidades familiares que hubiera podido conocer, en este caso Urdangarin, a colación de su matrimonio.

Es muy destacable que la cláusula de confidencialidad no impediría que trascendiera información sensible a la que hubiera podido tener acceso el exduque de Palma pero sí abriría la posibilidad de instar un proceso judicial tendente a sancionar con penalizaciones económicas el hecho de que pudiera trascender cierta información sensible.

Para el caso de que Urdangarin no hubiera firmado en su día la cláusula de confidencialidad no tendría ahora obligación de establecerla en su divorcio, pues de hecho, en un divorcio de mutuo acuerdo se deben de pactar todas y cada una de las estipulaciones y tendría el derecho a no aceptar la firma de ese tipo de condiciones.

De hecho, si no se hubiera firmado previamente la cláusula de confidencialidad, en un divorcio contencioso el juez, previsiblemente, no la impondría pues al no haberse sometido el matrimonio libremente a confidencialidad existe el pleno derecho a ejercer su libertad de expresión. Eso sí, con límites, respetando el derecho al honor e intimidad familiar, lo que en muchos casos no es fácil. La libertad de expresión y derecho al honor están separados en ocasiones por una línea muy fina.

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