25 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

Está en trámite la proposición de ley de reforma del Código Civil con relación a la consideración de los animales como seres dotados de sensibilidad

Las custodias de las mascotas, próximo problema de separación de las parejas en los Juzgados

Una familia con su mascota.
Una familia con su mascota.
El abogado de familia Alberto García Cebrián nos explica en elcierredigital.com cómo hasta ahora las mascotas eran consideradas legalmente objetos, como por ejemplo, un vehículo o un mueble, por ello los derechos y responsabilidad respecto de estos recaían sobre el dueño, pudiendo incluso ser embargados. Ahora la Ley se va a modificar.

En los procesos de divorcio el criterio judicial respecto a las mascotas de la pareja no estaba unificado y sólo en algunos Juzgados se reconocían los derechos respecto de estas mascotas a las familias separadas o divorciadas.

Si se llega a aprobar la modificación legal en trámite, los Juzgados de Primera Instancia tendrían que reconocer los derechos respecto de las mascotas con independencia de quien sea su dueño, incluyendo tipo de custodia, periodos de cuidado y establecimiento de reparto de los gastos de cuidados de los animales. Además, dejarían de ser objetos susceptibles de embargo.

Evidentemente no es una cuestión tan compleja como la regulación de los niños, pues es impensable realizar un informe psicosocial o una exploración judicial del animal en cuestión, pero puede suponer un verdadero reto y cambio en las familias con mascotas. Concretamente y de manera aproximada para entender la envergadura del posible cambio, una cuarta parte de las familias en España tiene perro.

¿Qué supone esto en la práctica? ¿Sería en este caso equiparable la custodia de una mascota con la de un hijo?

¿Qué ocurre en caso de incumplimiento de las obligaciones reconocidas en el convenio regulador o sentencia de divorcio? Aún son muchos los interrogantes, pero dejaremos constancia de algunas de las cuestiones con relevancia práctica.

En un proceso de familia con menores, el bien jurídico más digno de protección son los niños respecto de los que se debe establecer una detallada regulación con relación a la patria potestad, guarda y custodia, régimen de comunicación y visitas, etc.

En el caso de familias con niños, la preferencia de custodia de las mascotas, por sentido común, se derivaría de la custodia de los hijos. 

Si por ejemplo se establece una custodia compartida de los hijos por semanas alternas, lo razonable es que las mascotas igualmente se intercambien en dichos periodos para que los hijos sigan en convivencia, compañía y cuidado de las mascotas.

Pero ¿os imagináis una custodia compartida correlativa y simultanea de niños, perro y gato? En la práctica pueden existir un sinfín de casuísticas, pero una cuestión muy importante es que lo establecido en la sentencia de divorcio poder ser ejecutado.

Una mujer con su gato.

Los Juzgados de familia están saturados de procesos que reclaman incumplimientos de derecho de visitas, obligaciones de pago, etc.

En este caso, nos podríamos encontrar procesos judiciales de ejecución de sentencia en los que el objeto sea la mascota familiar, con relación a:

- Si se lleva o no al veterinario o si se le realiza una determinada operación o tratamiento.

- Si alguno de los cónyuges ha incumplido las visitas o el pago de los gastos ordinarios.

- Si se debe de realizar un determinado extraordinario.

- Si los cuidados o atenciones de alguno de los cónyuges están siendo inadecuados y por tanto interponer un proceso de modificación de medidas.

Para el establecimiento de una determinada regulación de la mascota, ambas partes deberán ponerse de acuerdo, pero en caso de no ser así, se puede llegar a un proceso contencioso en el cual el juez después del correspondiente juicio con intervención de abogado y procurador, pasaría a establecer la mejor regulación para el animal, teniendo en cuenta numerosas circunstancias dispares como: La vivienda adecuada, el régimen de custodia y visita de los hijos, los cuidados previos y arraigo con la mascota, la disponibilidad horaria, la estabilidad, necesidades y bienestar de la mascota, la distancia entre domicilios, etc.

Se debe de usar el sentido común, pasar a reconocer y regular el derecho de los animales es necesario, pero supone un reto jurídico por las complicaciones que en la práctica puede suponer.

Aún existe mucha incertidumbre al respecto, pues existen críticas por amparar y reconocer los derechos de las mascotas (animales en entorno humano) pero no en el caso de animales silvestres, marinos y salvajes.

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