28 de marzo de 2024
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FIN DE SEMANA

En España nacen unos 56 bebés al día que deben ser inscritos como hasta ahora, ya que no hay ninguna dispensa para ellos, advierte el CGPJ

Todos los nacimientos deben ser inscritos en los Registros Civiles a pesar del coronavirus

El Registro Civil de Madrid.
El Registro Civil de Madrid.
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha acordado que las inscripciones de nacimientos en el Registro Civil que se encuentran dentro del plazo perentorio no están afectadas por la declaración del estado de alarma como consecuencia de la emergencia sanitaria del COVID-19 y, por tanto, deberán seguirse practicando. No ocurre lo mismo con los expedientes de inscripción que están fuera de plazo, que deben entenderse suspendidos.

La Comisión Permanente del órgano de gobierno de los jueces, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) decidió este viernes que las inscripciones de nacimientos en el Registro Civil que se encuentran dentro del plazo legal de inscripción no están afectadas por la declaración del estado de alarma como consecuencia de la emergencia sanitaria del COVID-19.

Es decir, que los padres deberán ir a los registros civiles para inscribir a sus bebés recién nacidos. No ocurre lo mismo con los expedientes de inscripción que están fuera de plazo, que deberán entenderse como suspendidos hasta que haya un nuevo aviso.

El acuerdo se adoptó en respuesta a una consulta elevada por el presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJM) en relación con esta actuación judicial.

Los jueces recuerdan que la inscripción de los nacimientos es una de las actuaciones que no quedan suspendidas ni por el Real Decreto 463/2020 de declaración del estado de alarma ni por el acuerdo adoptado el pasado 13 de marzo por el CGPJ, el Ministerio de Justicia y la Fiscalía General del Estado, que expresamente señala que el Registro Civil deberá asegurar “las inscripciones de nacimiento en plazo perentorio”.

Imagen de archivo de una madre con un bebé.

En España nacen unos 56 niños al día y por tanto son muchas las dudas que tienen los padres. La excepción de la suspensión afecta tanto a las inscripciones cursadas desde los centros sanitarios como a las que se practiquen personalmente, siempre y cuando estén dentro del plazo legalmente previsto. Es decir, que los padres deberán seguir yendo a los registros y solicitar su incripción en el correspondiente libro de familia.

Sí se entenderá que quedan en suspenso las inscripciones de nacimiento que han quedado fuera de plazo para las que se seguirá otro proceso.

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