20 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

Aunque las condiciones son supuestamente vistas y aceptadas por los usuarios al comprar la entrada, la Asociación considera que son abusivas

El gran negocio de los festivales de música: Facua inicia una cruzada contra los eventos que prohíben la entrada de comida y bebida a los conciertos

En muchos festivales no se puede introducir comida.
En muchos festivales no se puede introducir comida.
Comienza la temporada de verano y con ella la de festivales y conciertos de música, décenas de eventos en toda España atraen a miles de personas de dentro y fuera del país para largas jornadas de música, baile y por su puesto, comida y bebida. “No esta permitido el ingreso con bebida y comida” es un mensaje común en las entradas a los establecimientos y áreas de los festivales, conciertos y otros eventos culturales, aunque una duda pesa sobre esta prohibición ¿Es necesaria la medida?

Facua, consumidores en acción, piensa que no. La organización ha iniciado una cruzada contra los festivales que no permiten el ingreso de comida y bebida por considerar la cláusula “abusiva". Así lo explica a elcierredigital.com, Jordi Castilla de la asociación “Nosotros creemos que es abusiva en tanto, es una forma de conseguir más dinero por actividades que no son el fin último del evento” explica.

España se llena de festivales de música en verano a los que acuden cientos de miles de personas. 

Castilla considera que los festivales de música tienen el entretenimiento y espectáculo como fin último, por tanto, la actividad hostelera no debería estar tan regulada, ya que es una medida que “obliga” a los asistentes a comprar comida y bebida dentro a “precios altísimos”. Ante esta situación, la organización de consumidores ha interpuesto 43 denuncias contra distintos festivales de toda España que buscan eliminar esta clausula.

Las denuncias se han dirigido contra las promotoras de dichos festivales ante las administraciones de consumo de las comunidades donde se celebran estos eventos. Algunas de las denuncias se dirigen contra famosos eventos musicales que se promocionan durante meses por todo lo alto como Bendeus SL, que organiza el Starlite Festival, del 5 de julio al 23 de agosto; Festival Musical Burriana AIE por el Arenal Sound, del 30 de julio al 4 de agosto; Asociación Cultural Art de Troya, que se encarga del Sonorama Ribera, del 7 al 11 de agosto; y la promotora del Shikillo Festival 2019, del 31 de julio al 3 de agosto.

La asociación fundamenta las denuncias en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que en su artículo 82.1, que establece “Se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquéllas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato”.

En este medio hemos contactado con un abogado particular que considera que la denuncia podría no prosperar si se entiende que los usuarios que adquieren la entrada aceptan y están previamente informados de esta condición. Además, asegura que los festivales seguramente buscarán no ser responsables de cualquier problema relacionado a la consumisión de productos que escapen de su control, como podría ser la intoxicación por consumisión de productos en mal estado.

Los jóvenes acampan varios días para asistir al festival que puede durar varios días. 

Ante esto, Jordi Castilla, de FACUA, considera que no es aplicable, ya que si un asistente consume alimentos adquiridos en el exterior del evento, la responsabilidad sería totalmente personal. Desde la asociación consideran que, los organizadores buscan sacar ingresos a través de actividad hostelera, que no es el fin principal.

Setencias previas

Según explica Jordi Castilla, existe precedentes en esta materia, como la sentencia del Tribunal Superior de Castilla-La Mancha, sobre la introducción de comida y bebida a los cines. En esta sentencia, se establece que "resulta irrazonable entender la limitación de la capacidad de elección del consumidor". Facua buscará que esta interpretación se extienda al resto de Comunidades Autónomas.

En 2016, la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aecosan) aseguró en un informe que la prohibición en las salas de proyección era una “claúsula abusiva”, ya que el usuario se ve privado del servicio principal que adquiere que es disfrutar de la función. Jordi añade que los negocios de hostelería y servicios de recreación deben ser distintos.

En los festivales, la venta de comida es un negocio bollante. 

En el cierredigital.com hemos contactado con la Oficina del Consumidor de la Comunidad de Madrid, perteneciente al Ayuntamiento, pero no ha sido posible hablar  con nadie sobre el tema. No obstante, en las páginas oficiales no mencionan esta prohibición como una cláusula que viole los derechos de los usuarios en eventos de entretenimiento.

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