20 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

El senador Carles Mulet García (Compromís) del Grupo Mixto ha recibido la negativa como respuesta a una pregunta a la Cámara sobre estos acuerdos

La información sobre la Universidad Politécnica de Madrid clasificada como "secreto oficial" por sus convenios con el CNI

Vista aérea del CNI.
Vista aérea del CNI.
Los convenios del Centro Nacional de Inteligencia CNI con universidades públicas son secretos para la mesa del Parlamento español. Así se deduce de la repuesta dada el 18 de febrero de 2020 por la mesa de la Cámara a una pregunta del senador Carles Mulet García (Compromís) del Grupo Mixto. El senador había remitido una pregunta el pasado 8 de febrero interesándose por "los convenios suscritos entre el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) y la Universidad Politécnica de Madrid (UPM)".

El acuerdo de la Mesa de Parlamento fue no admitir a trámite la petición del senador Carles Mulet, de Compromís, adscrito al Grupo Mixto del Senado,  "ya que el objeto de la misma constituye información clasificada, conforme al artículo 5.1 de la Ley 11/2002, de 6 de mayo, reguladora del Centro Nacional de Inteligencia, de la cual legalmente solo se puede dar cuenta a través de los medios establecidos en el artículo 11 de la citada ley, así como en la propia Ley de Secretos Oficiales, y de acuerdo con el procedimiento aprobado por la Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados sobre secretos oficiales de 11 de mayo de 2004, y comunicar este acuerdo a su autor (...)". Y lo firma María Pilar Llop Cuenca, presidenta del Senado.

A juicio de la Asociación Apedanica es "un comportamiento extraño, porque el CNI siempre le da publicidad a los convenios que firma con las universidades o a los actos que celebran en el mundo universitario".

Respuesta recibida por el senador.

Por ejemplo, la universidad de Granada publica en su Web su propio convenio con el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) incluso ofreciendo las renovaciones y las aportaciones económicas de la Universidad, aunque no las del CNI.

Félix Sanz Roldán y Guillermo Cisneros en la firma del acuerdo en 2011.

Y más extraño resulta que el propio CNI publicite estos acuerdos en su página web pero el Parlamento español prohiba conocer sus contenidos. El artículo 5.1 de la Ley 11/2002 reguladora del CNI únicamente expone que "las actividades del Centro Nacional de Inteligencia, así como su organización y estructura interna, medios y procedimientos, personal, instalaciones, bases y centros de datos, fuentes de información y las informaciones o datos que puedan conducir al conocimiento de las anteriores materias, constituyen información clasificada, con el grado de secreto, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación reguladora de los secretos oficiales y en los Acuerdos internacionales o, en su caso, con el mayor nivel de clasificación que se contemple en dicha legislación y en los mencionados Acuerdos".

Página del CNI publicitando sus actividades en la Universidad Autonóma.

Obviamente, la petición de documentación y pregunta presentada por el senador del grupo Mixto no se refería a las actividades propias del CNI, sino convenios con otras entidades públicas y privadas. Apedanica explica que "no debería corresponder a la Presidencia del Senado la interpretación de la normativa que regula al CNI, sino que es el mismo CNI quien debiera de decidir si el convenio con la Universidad Politécnica de Madrid UPM es secreto, y por qué es secreto, pese a que es el mismo CNI quien lo publicita incluso con fotografía de su firma". Se refiere esta asociación a la firma de un convenio de colaboración entre la Fundación Rogelio Segovia para el Desarrollo de las Telecomunicaciones (Fundetel), representada en ese acto por Guillermo Cisneros Pérez, y Félix Sanz Roldán, director entonces del CNI, en 2011, que fue publicitada en su momento por el propio Centro. Cisneros Pérez es actualmente el rector de la UPM.

Asimismo, "las preguntas sobre el coste de un convenio CNI y UPM, o su utilidad no se encuentran tampoco en la materia calificada como secretos oficiales en el art 5.1 de la citada ley; y su interés general es notorio cuando existen  abundantes indicios de presunta  malversación y de pésimas prácticas contables en la UPM, al menos, en el Tribunal de Cuentas y en la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, e incluso alguna denuncia del Fiscal-Jefe del Tribunal de Cuentas, por lo que un convenio de la UPM con el CNI debe ser muy cuidadosamente fiscalizado", añaden desde Apedanica.

 

 

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