23 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

El veto a este periódico pone de manifiesto que, a pesar de la legislación favorable, es imposible saber qué ocurre dentro de nuestras cárceles

Censura a elcierredigital.com: Instituciones Penitenciarias aplica el apagón informativo a todos sus centros penitenciarios

Ángel Luis González, secretario general de Instituciones Penitenciarias.
Ángel Luis González, secretario general de Instituciones Penitenciarias.
Instituciones Penitenciarias debería avanzar en la aplicación de derechos fundamentales a su población reclusa. En cualquier país del primer mundo los gobiernos respetan el derecho a la libertad de expresión y de comunicación de los presos, ya sean preventivos o condenados. Incluso permiten que sean entrevistados en las cárceles y grabados en vídeo. Una búsqueda en las redes sociales arroja resultados de lo más variado. Pero en España esto no sucede.

La recomendación del Comité de Ministros del Consejo de Europa de los Estados Miembros sobre las reglas penitenciarias europeas lo deja claro en su artículo 24.1: "Los internos deben poder comunicar los más frecuentemente posible -por carta, por teléfono o por otros medios de comunicación- con su familia, amigos y representantes de organismos externos, así como recibir visitas de dichas personas". Se da la circunstancia de que Juan Luis Galiacho, director de elcierredigital.com cumple dos de los requisitos previstos en esta ley.

"La decisión del director de Soto del Real y del secretario general de Instituciones Penitenciaras es impropia de un Estado de Derecho. El director y sus correligionarios deberían tener muy claro que gobiernan un Centro Penitenciario donde rigen para los internos un sistema de garantías y derecho, y no un centro clandestino de detención donde la arbitrariedad y el abuso ilegítimo de poder deben quedar proscritos para siempre. Hora es ya que desde Instituciones Penitenciarias pongan coto no solo a estos desmanes sino a otros cada día se producen en otros centros penitenciarios de nuestra geografía", explican desde fuentes jurídicas consultadas por elcierredigital.com

Juan Luis Galiacho, director de elcierredigital.com, a la salida de la cárcel de Soto del Real.

Parece evidente que "los centros penitenciarios son cortijos gobernados por caciques, sino espacios que tienen como fin primordial la reeducación y la reinserción social donde la actividad penitenciaria se desarrolla con las garantías y dentro de los límites establecidos por la Ley, los reglamentos y las sentencias judiciales y respetando, en todo caso, la personalidad humana de los recluidos y los derechos e intereses jurídicos de los mismos no afectados por la condena, sin establecerse diferencia alguna por razón de raza, opiniones políticas, creencias religiosas, condición social o cualesquiera otras circunstancias de análoga naturaleza. Los internos podrán ejercitar los derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales, salvo que fuesen incompatibles con el objeto de su detención o el cumplimiento de la condena", añaden las mismas fuentes. 

En este imperio de la arbitrariedad y discrecionalidad de los centros penitenciarios parece que solo vale la voluntad de los responsables del centro. César Román Viruete, apodado por nuestro periódico como el Rey del Cachopo, en prisión preventiva en la madrileña cárcel de Soto del Real por el macabro asesinato de su novia Heidi Paz, es la última víctima de esta arbitrariedad y discrecionalidad.

El  22 de abril pasado solicitó a la Dirección del centro que se le permitiera la visita de Juan Luis Galiacho, director de elcierredigital.com, tras varios intercambios de cartas, y le fue concedida. Así, este periódico anunció el 23 de abril la entrevista con Román Viruete en la cárcel, con la esperanza de que contaría toda la verdad sobre este asesinato.

Sin embargo, el encuentro no pudo tener lugar lugar el 26 de abril, a las 5 de la tarde, la fecha prevista. La dirección del centro lo impidió, por la condición de periodista de Galiacho. A Román tampoco le han concedido de momento el traslado de módulo que ha pedido, el trabajo solicitado ni el derecho a matricularse en la UNED.

No facilitan entrevistas con internos

“No es una cuestión de fondo sino de forma”, explicaron al periódico Confilegal fuentes oficiales de Instituciones Penitenciarias. “Galiacho tenía que haber solicitado la entrevista, por conducto oficial, a través de Secretaría General. Y no nos solicitó nada”. 

En realidad, en raras ocasiones Instituciones Penitenciarias concede y facilita entrevistas de periodistas con internos. Galiacho nunca quiso ocultar nada y si un preso se pone en contacto con él para revelarle información él cuenta que le va a visitar porque así se lo ha pedido el interno. Por ejemplo, en Estados Unidos se habría informado a la dirección del centro y el día fijado le habrían facilitado un cuarto para verse cara a cara con César Román.

La pregunta es clara ¿por qué tiene que someterse el preso y el medio de comunicación a la arbitrariedad de cada uno de los centros penitenciarios? Es evidente la restricción de los derechos constitucionales.

Cárcel de Soto del Real.

Pero desde el punto de vista legal, no hay bases para esa restricción. El artículo 25.2 de la Constitución dice que “el condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales de este Capítulo, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria”. Hay que recordar que César Román no ha sido juzgado todavía, no hay por tanto una sentencia que restrinja esos derechos.

Tampoco la Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria dice nada de forma expresa. Sólo hay una referencia en el artículo 44 del Reglamento Penitenciario, que lleva por título “Suspensión de comunicaciones orales”. Lo que reza es:

“1. El Jefe de Servicios podrá ordenar la suspensión de las comunicaciones orales, por propia iniciativa o a propuesta del funcionario encargado del servicio, en los siguientes casos: a) Cuando existan razones fundadas para creer que los comunicantes puedan estar preparando alguna actuación delictiva o que atente contra la convivencia o la seguridad del establecimiento, o que estén propagando noticias falsas que perjudiquen o puedan perjudicar gravemente a la seguridad o al buen orden del establecimiento“.

El director de elcierredigital.com no estaba preparando actuaciones delictivas ni propagando "fake news". Tampoco la jueza de Violencia de Género 6 ni el juez de vigilancia penitenciaria habían impuesto restricciones a César Román sobre las comunicaciones exteriores.

“Lamentablemente, no es la primera vez que esto sucede. Esa es la norma. La realidad es que no quieren que los periodistas entren en las cárceles para entrevistar a los internos. Restringen derechos fundamentales amparándose en criterios de conveniencia. Lo que ha sucedido en este caso es, de hecho, una discriminación por razón de oficio”, explica el abogado penalista Marcos Molinero, que tiene allí a varios clientes suyos, según recogió Confilegal.

“El juez de instrucción del caso, que se sepa, no ha impuesto ninguna restricción de comunicación. Y es posible que lo que le podría haber dicho el Rey del Cachopo a Juan Luis Galiacho podría haber contribuido a aclarar la investigación. O podría no haberle dicho nada de interés. ¿Por qué no pensar eso? ¿A qué, por lo tanto, se le restringe la visita? No tiene ningún sentido. Y  lo malo es que esta es la norma, la realidad diaria, basada en la arbitrariedad y en ausencia de sujeción a norma alguna”, añade el prestigioso penalista.

Vulneración de derechos

Ante la flagrante vulneración de derechos, el director de elcierredigital.com presentó una denuncia ante el Juzgado de Guardia de Colmenar Viejo, partido judicial al que pertenece la prisión de Soto del Real, de la que hemos informado ampliamente en este diario.

Confilegal denunció, el pasado 20 de octubre, la visita irregular del líder de Unidas Podemos, Pablo Iglesias, al líder de ERC, Oriol Junqueras, en prisión preventiva en la cárcel de Lladoners, Barcelona. Anteriormente, el 6 de agosto, el líder de la formación morada hizo lo propio en Soto del Real, aunque en esa ocasión el visitado fue Jordi Cuixart, también procesado por los hechos que intentaron la secesión de Cataluña.

Contrariamente a lo que entonces informaron “fuentes penitenciarias”, Iglesias no gozaba de la condición de “autoridad” que prevé el mencionado Reglamento Penitenciario, que en su artículo 49 define lo que debe entenderse por “autoridad”, ya que en este concepto no se incluye a los diputados nacionales como Iglesias, tampoco al presidente del Gobierno, a la ministra de Justicia o los presidentes del Congreso y del Senado; no serían autoridades en este caso. 

El Reglamento Penitenciario identifica, de forma expresa, como “autoridades judiciales” -con el adjetivo expreso de “judiciales- a los jueces y a los miembros del “Ministerio Fiscal”; también al “Defensor del Pueblo o delegados” o “instituciones análogas de las Comunidades Autónomas”.

Fueron, por lo tanto, visitas irregulares basadas en la arbitrariedad y la discrecionalidad. Iglesias se entrevistó con los mismos privilegios que una autoridad judicial -lo que no es-, fuera de un locutorio, en un cara a cara, por lo que fue una interpretación “flexible” del Reglamento Penitenciario. Algo que se le negó a Galiacho el pasado viernes.

Denuncia de la Asociación de la Prensa de Sevilla

Estas arbitrariedades ya fueron objeto de denuncia en octubre de 2016 por parte de la Asociación de la Prensa de Sevilla (APS) y la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA), cuando presentaron una queja al Defensor del Pueblo Estatal para que Instituciones Penitenciarias aclarase cuáles son los criterios concretos en que se ampara la no concesión de entrevistas entre los privados de libertad y los medios de comunicación.

En la queja requerían información a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias a fin de que aclare los motivos por los que no se autoriza ni notifica al citado interno la denegación de la comunicación solicitada, así cuáles son los criterios concretos en que se ampara la no concesión de entrevistas entre los privados de libertad y los medios. Asimismo, recomienda la autorización de entrevistas profesionales en igualdad de condiciones con el resto de colectivos profesionales.

"Lo que ocurre en las cárceles es increíble, incluso a los funcionarios nos vetan el acceso a imágenes de lo que sucede dentro y solo los cargos de libre designación pueden verlas. Hay tres funcionarios en vía de expediente, con una información reservada abierta y que cuando declaren no les darán ni copia de su declaración. En todo este contexto lo de Galiacho me parece una cosa más dentro de lo que sufrimos en prisiones", explica un funcionario de la asociación "Tu abandono me puede matar".

 

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