20 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

La menor, de 13 años, se intentó quitar la vida porque llevaba varios años siendo objeto de vejaciones, agresiones y actos de hostigamiento

La niña víctima de acoso escolar que intentó suicidarse: El silencio de los colegios que no denuncian

Una imagen que hace referencia al acoso escolar.
Una imagen que hace referencia al acoso escolar.
La abogada penalista Maite Pozo plantea algunas consideraciones jurídícas en este artículo sobre el caso de una niña de apenas 13 años de edad que se intentó suicidar a través de la ingesta de fármacos, dada la situación extrema de acoso que viene padeciendo desde hace cuatro años por parte de algunas compañeras de colegio.

Lamentablemente, cada vez son más frecuentes los titulares sobre menores que son víctimas de acoso escolar. Y esto sucede porque, demasiado a menudo, los centros educativos guardan silencio al respecto sin tomar medidas para prevenir o poner fin a tales situaciones. 

En concreto, esta joven, según las informaciones publicadas, llevaba varios años siendo objeto de vejaciones, agresiones y actos de hostigamiento que le ocasionaron graves secuelas tanto físicas como psíquicas y le llevaron a desear morirse. Si bien, afortunadamente, la intervención de su familia y de los médicos lo impidió.

Pero ¿por qué es necesario llegar a este punto tan extremo?

El centro educativo era consciente de ello y, sin embargo, no tomó ningún tipo de medidas al respecto. Al parecer han guardado silencio, permitiendo con su omisión que dicho acoso y hostigamiento fuera cada día creciendo. No constan expedientes disciplinarios frente a las presuntas acosadoras, ni ningún otro tipo de medida  para frenar y paliar el mismo.

Cuando una persona es víctima de acoso y de otro tipo de agresiones, sus efectos son palpables por parte de personas que mantienen una relación estrecha con esta.

Las víctimas presentan ansiedad, tristeza, ausencia de ánimo para realizar sus tareas diarias, cambios en el humor… Y cuando son víctimas de agresiones pueden presentar incluso moratones o heridas por lo que el acoso, más tarde o más temprano, podrá ser detectado.

Sin embargo, lo ideal sería que se detectara a tiempo con el fin de evitar que la propia víctima atente contra su vida, manteniendo así el profesorado un papel de garante frente al alumnado.

Desde mi punto de vista, el sistema educativo debería implantar modelos de enseñanza no solamente basados en aprender cuentas aritméticas, divisiones, lengua, economía, sino también en educar a nuestros menores en la igualdad y en el respeto, mostrándoles cuáles son las consecuencias (tanto físicas como psíquicas) que sufre una persona que es víctima de acoso y otros delitos relacionados con este como podrían ser amenazas, lesiones, etc.

La abogada penalista Maite Pozo.

Basta con hacer una búsqueda en Internet sobre el acoso escolar u otros tipos de acosos, y podremos encontrar muchas noticias en las que la víctima ha decidido quitarse la vida. ¿Y esto, por qué ocurre?

Insultar reiteradamente a una persona no es un juego de niños, y menos aún de adultos. Hostigarla tampoco lo es. Amenazarla o agredirla tampoco debería ser considerado como cosas de chiquillos. No.

Acosar a una persona supone someter a esta a un proceso que la desgasta tanto física como psicológicamente, ya que puede caer en estados depresivos, ansiosos o de estrés postraumáticos, entre otros.

Los centros educativos deben poner su punto de mira en tratar de evitar estas conductas porque de nada sirve formar a médicos, empresarios, periodistas, peluqueros, etc., sin una base sólida en valores tan esenciales como el respeto a los demás.

Una vez detectado el acoso, ya bien sea por parte del profesorado o por parte de los familiares, si este se produce en el centro escolar se debe poner en conocimiento de la dirección para analizar la situación y tomar cuantas medidas disciplinarias sean necesarias para poner fin a tal situación.

En el caso de que los presuntos acosadores o agresores fueran mayores de catorce años, mi consejo es que se denuncien tales actos ante los miembros y fuerzas de seguridad del Estado o ante el juzgado competente, toda vez que este tipo de actos están sancionados penalmente en nuestra legislación.

Para poder exigir responsabilidad penal a los autores de los hechos será necesario, en primer lugar, que estos sean mayores de catorce años (como ya se ha dicho) y, en segundo lugar, que se interponga la correspondiente denuncia.

Al interponer la denuncia se podrán solicitar una serie de medidas cautelares que tienen como finalidad evitar que se siga cometiendo ese delito respecto de la víctima y darle así una mayor protección a esta. Podría tratarse de una orden de alejamiento, así como de prohibición de comunicación con la víctima a través de cualquier medio.

Los responsables penales cuyas edades se encuentren entre los catorce y dieciocho años quedarán sujetos a la Ley del Menor, pudiendo ser castigadas sus conductas en función de la gravedad de los hechos con medidas de internamiento en centros educativos, libertad vigilada o sometimiento a cursos o desarrollo de tareas socio educativas entre otras. En cambio, si el autor de los hechos es mayor de edad, podría enfrentarse hasta penas de prisión de dos años.

Los procedimientos judiciales por acoso escolar van cada vez en aumento, por lo que se hace necesario adoptar cuantas medidas legales sean necesarias para que cesen este tipo de conductas hostiles. Pues es evidente que las simples sanciones disciplinarias que puedan imponer los centros educativos son insuficientes para acabar con el acoso escolar.

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