20 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

Gregorio Gorriarán Laza, Domingo González Mera, José Luis Pego Alonso y Julio Fernández Gayoso fueron absueltos el pasado 28 de noviembre

La Audiencia Nacional absuelve a la cúpula de Caixanova del delito de administración desleal

La cúpula CAIXANOVA sentada en el banquillo.
La cúpula CAIXANOVA sentada en el banquillo.
El pasado 28 de noviembre de 2019 la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional declaró absueltos a Gregorio Gorriarán Laza, Domingo González Mera, José Luis Pego Alonso y Julio Fernández Gayoso, cúpula del banco Caixanova, del delito de administración desleal por el que fueron acusados el 5 de noviembre de 2015 por la Fiscalía y la abogacía del estado.

La Audiencia Nacional ha absuelto a los cuatro exdirectivos de la antigua Caixanova, entre ellos su expresidente Julio Fernández Gayoso, de una pena de cuatro años de prisión, acusados del delito de administración desleal.

La cúpula de Caixanova durante el juicio en la Audiencia Nacional.

La Fiscalía Anticorrupción presentó denuncia el 5 de noviembre de 2015 ante el Juzgado de Instrucción contra Gregorio Gorriarán Laza, Domingo González Mera, José Luis Pego Alonso y Julio Fernández Gayoso en relación a las inversiones llevadas a cabo por la mercantil bancaria Caixanova. El 30 de julio de 2018 presentaron escrito de acusación contra ellos tanto el Ministerio Fiscal, como la Abogacía del Estado y la entidad Abanca, como acusación particular, quedando visto el caso para el juicio oral tras una larga instrucción.

Las partes acusadoras estaban conformes con la petición de la Fiscalía que solicitaba que se les condenase como inductores o cooperadores necesarios por un delito societario continuado de adminsitración desleal, la fiscalía solicitaba además que se les impusiera la cantidad de  51.266.784 euros por responsabilidad civil, la  abogacía del estado  41.853.839 euros y ABANCA la cantidad de 48.929.858 euros, según la propia identidad las acciones realizadas por estos les habría costado la cantidad de 80 millones de euros a la entidad

Los abogados de los acusados por el contrario rechazaban todas las acusaciones y solicitaban la libre absolución de estos por no haber pruebas suficientes que les incriminara.

En el fundamento jurídico segundo la AN (Audiencia Nacional) entiende que en este concreto supuesto no existe delito societario ni se trata de un delito continuado por el hecho de haber actuado en algunas ocasiones durante la  operación de RIVAS ACI SL. dentro del ejercicio de su cargo.

Fallo de la sentencia absolutoria dictada por la AN en el caso CAIXANOVA.

Una vez analizadas las pruebas, los magistrados de la Audiencia Nacional llegaron a la conclusión de que no existe prueba de cargo de que los acusados actuasen ni individualmente ni de común acuerdo, siguiendo un plan predelimitado y con abuso de sus funciones, con la intención de causar un daño económico a  Caixanova, de conformidad con lo exigido en el delito de  administración desleal en el artículo 295 del CP en  la anterior redacción o en el artículo 252, en la redacción  vigente, por lo que creen adecuado el dictar una sentencia absolutoria.

LLegando a la conclusión de que actuaron de la misma forma que en el resto de negocios jurídicos, por ello los magistrados de la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal han acordado absolver al exdirector general José Luis Pego, al exdirector de la División Comercial Gregorio Gorriarán y al exdirector de la División de Planificación Financiera y Control Domingo González Mera.

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