18 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

El lunes se conoció la exposición definitiva de los motivos del jurado popular compuesto por nueve personas

Éstas son las claves de la sentencia absolutoria de Miguel López, único enjuiciado por el crimen de la CAM

Miguel López en el banquillo de los acusados.
Miguel López en el banquillo de los acusados.
La sentencia absolutoria de Miguel López, acusado de haber asesinado a su suegra María del Carmen Martínez, esposa de Vicente Sala, expresidente de la CAM, razona durante 20 páginas las causas por las que no puede inculparse al único acusado de este mediático asesinato. La sentencia, emitida por la Audiencia Provincial de Alicante, de "no culpable" fue firmada por la magistrada Francisca Grau con fecha 18 de noviembre.

El jurado popular razona las causas por las que López no puede ser culpable del asesinato de su suegra. El primer punto clave ha sido la franja horaria del asesinato. Los forenses establecieron que María del Carmen Martínez recibió dos disparos a las 18.55 de la tarde del 9 de diciembre de 2016. Sin embargo, como quedó acreditado durante el juicio las cámaras de tráfico Digisoft captaron una imagen de López dirigiéndose a su casa a las 18.38 horas del mismo día, así que es imposible que pudiera estar en el lugar de los hechos cuando sucedieron.

El jurado popular argumenta también que, precisamente, las pruebas realizadas por la Policía Científica que le hubieran incriminado lo que hacen es exculparle. No hay restos de pólvora en sus manos, algo que sucede cuando se dispara un arma, aunque sea horas antes.

Primera página de la sentencia del llamado crimen de la CAM.

No existieron tampoco restos de su ADN en el coche de la víctima ni en sus ropas. Aún más, para darle un giro todavía más kafkiano al caso, se encontró ADN de un varón, no Miguel López, en la vaina de una de las balas usadas para asesinar a la viuda de Vicente Sala. Es decir, que hay al menos un asesino suelto.

Tampoco el análisis hecho a las herramientas y en el garaje del único imputado arrojó resultado alguno que inculpase a López. El veredicto llega a recoger que "las pruebas induciarias no pueden condenar en tanto otras pruebas no lo inculpen" y una recomendación fundamental que el jurado popular tuvo en cuenta: "El jurado no debe creer, debe estar convencido".

El abogado defensor Javier Sánchez-Vera.

El jurado popular razonó mucho más de lo equivocadamente trasmitido al principio, cuando se intentó confundir la falta de motivación en la sentencia con una discrepancia respecto a la misma. Una vez leídas las razones que esgrime el jurado es cierto que no podía haber sido otro el dictamen. Incluso el jurado esgrime una de los testimonios presentados por la acusación particular, ejercida por Vicente Sala, único hijo varón de la víctima, para acusar a Miguel López, en concreto Antonia Martínez, hermana de la muerta, que declaró que siempre iba con su hermana Maria del Carmen a lavar el coche, aunque justo ese día no fue, un hecho significativo para el jurado que ve en ello "la dificultad de planear ese crimen".

Por eso las vistas no determinaron científicamente mediante pruebas ni testimonios la culpabilidad de Miguel López. A pesar de ello, el fiscal y la acusación particular pidieron 24 años de cárcel para Miguel López por supuestamente ejecutar este asesinato "horrendo", motivado por cuestiones de "de poder y de dinero". Ahora pueden presentar recurso antes el Tribunal Superior de Justicia de Valencia (TSJV), una posibilidad que contempla la sentencia.

 

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