25 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

Tras estudiar el recurso de casación interpuesto por su defensa, Ana Isabel Peña, el tribunal ha confirmado su pena por el homicidio de su exnovia

El Supremo condena al 'Rey del Cachopo' a 15 años de prisión por matar a Heidi Paz

César Román, el 'Rey del Cachopo'.
César Román, el 'Rey del Cachopo'. / El Supremo ratifica su condena de 15 años de prisión.
El Tribunal Supremo ha ratificado la condena de 15 años de prisión impuesta por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid al 'Rey del Cachopo'. Tras revisar el recurso de casación interpuesto por la defensa, la letrada Ana Isabel Peña, la Sala le declara culpable del homicidio de Heidi Paz en 2018, su entonces pareja a la que descuartizó. César Román cumplirá 15 años de libertad vigilada, además de indemnizar a los hijos y a la madre de la víctima.

El empresario César Román, más conocido como el 'Rey del Cachopo', ha sido condenado a 15 años de cárcel por el Tribunal Supremo, que ha confirmado su pena por el homicidio de Heidi Paz en 2018.

La Sala ha rechazado así el recurso de casación que presentó la defensa del acusado –la letrada Ana Isabel Peña– contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Madrid –que a su vez había confirmado la condena de la Audiencia Provincial–. Según la sentencia, a la que ha tenido acceso elcierredigital.com, César Román descuartizó el cadáver de su expareja Heidi Paz en 2018.

 

El Supremo ha ratificado los 15 años de libertad vigilada para el 'Rey del Cachopo', así como el pago de una indemnización a los hijos de Heidi de 142.229 euros a cada uno y a su madre de 100.000 euros. La familia de la joven espera recuperar los restos mortales de Heidi Paz para darle sepultura en el país del que procedía, Honduras. A día de hoy no han aparecido ni la cabeza ni las extremidades del cuerpo de la víctima.

El pasado mes de marzo, el Rey del Cachopo veía cómo el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ratificaba una condena de 15 años de prisión. Este tribunal había desestimado un recurso de apelación presentado por Peña, al considerar que ninguno de los derechos del procesado había sido vulnerado durante los procesos judiciales.

Sin embargo, la defensa de Román continuó luchando por evitar la pena impuesta e interpusieron el ya citado recurso de casación ante el Tribunal Supremo “contra la sentencia de apelación y la resolución posterior aclaratoria”. Aunque el Ministerio Fiscal solicitó su inadmisión en primer lugar, finalmente los magistrados del Tribunal Supremo aceptó tomar una decisión al recurso.

“Espero que esta vez sea realizado debidamente, no como en el Tribunal Superior de Justicia, que no se leyeron el recurso. Confío en el que el Alto Tribunal pueda ver la realidad, veo suficientes elementos para que prospere”, comentaba la abogada Ana Isabel Peña en una conversación con elcierredigital.com.

El escrito por el que se admitió a trámite el recurso

Tras la solicitud de inadmisión del recurso de casación por parte del Ministerio Fiscal, la letrada Ana Isabel Peña presentó un escrito —al que ha tenido acceso elcierredigital.com— en el que se oponía “a la solicitud de inadmisión por parte del Ministerio Público”.

Entre las alegaciones que se exponían en el documento se encontraba el hecho de que el recurso cumplía con “todos los requisitos de forma muy exhaustiva” y que el recurso de casación interpuesto se encuentra “supeditado al control de la vulneración de los derechos fundamentales”. Unos que, tal y como afirmaba el escrito, se habrían vulnerado, y dichas acciones habrían sido denunciadas por la defensa de Román.

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La letrada Ana Isabel Peña y César Román, 'Rey del Cachopo'.

Una de estas vulneraciones tendría que ver con el “tratamiento e intervención de los testigos”. Según el escrito, no solo hubo “riesgo de que los testigos vieran lo que declaraban otros testigos”, sino que tenían la “evidencia concreta” de que ocurrió así. Para indicarlo, exponían la declaración de uno de los testigos por un “presunto delito de falso testimonio”, que confirmó en la vista que vio el juicio “desde la declaración del recurrente hasta el final en Youtube”.

Esto, tal y como continúa el documento, haría que los testigos no hubiesen declarado “en los marcos de legalidad y seguridad jurídica establecida, vulnerando el derecho fundamental a la defensa efectiva del recurrente y a un procedimiento justo”.

También se uniría a esta “vulneración de derechos” la inclusión en el “acta de veredicto de unos testimonios (que ahora se encuentran en fase de instrucción por falso testimonio) (…) que nunca debieron ser introducidos en el acta del veredicto (…) y aun así fueron incluidos, y no solo eso, sino que el juzgador en su inmediación, lo utilizó para agravar la pena a imponer”.

Las pruebas contradictorias del recurso de casación

Otro de los aspectos mencionado en este escrito tiene que ver con la información del recurso de casación interpuesto ante el Tribunal Supremo. En este —al que también ha tenido acceso elcierredigital.com— se expresan diferentes “pruebas contradictorias y declaraciones rectificadas” que darían lugar a la admisión del recurso, como ha terminado sucediendo.

Una de las pruebas más llamativas que se exponen a lo largo de las 179 páginas tiene que ver con una presunta incompatibilidad entre los restos hallados y la fallecida, Heidi Paz.

“El torso corresponde a una mujer, de raza blanca, joven, que nunca ha parido, no tenía mucha grasa acumulada”, así queda reflejado en una de las imágenes adjuntas, sobre el informe policial de la autopsia realizado por el Grupo de Delitos Violentos VI. Según el escrito, “dichos rasgos físicos son totalmente incompatibles con los de doña Heidi Johanna Paz Bulnes, la cual es madre de dos hijos mediante parto de cesárea, y de raza inequívocamente negra. Su propia madre la definió en la denuncia por desaparición presentada el 23 de agosto de 2018 como afroamericana”.

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César Román y Heidi Paz.

Que Heidi tuviera dos partos por cesárea también le parece a la defensa de Román decisivo, ya que varios testigos, como recoge el escrito, habrían asegurado que la mujer “tenía una cicatriz ocasionada por el nacimiento de sus dos hijos mediante una operación de cesárea”, una que, según afirman, “no tenía el torso analizado”.

Asimismo, el escrito incorpora otras pruebas que podrían probar la presunta inocencia de Román, como una prueba de ADN realizada al cuerpo y cotejada con el de su madre, en la que “no se puede descartar que la víctima sea una hija de doña Gloria”, pero que tampoco “se puede asegurar que la víctima sea Heidi”.

El escrito también afirma, sustentándose en diversos documentos y pruebas, que “no se encuentra la más mínima traza de ADN de” Román “sobre el torso de la fallecida, ni en el cuchillo hallado junto al cadáver ni en la colilla encontrada junto a este”. De hecho, en esta última afirman que hay “ADN de un varón no identificado que no es” el Rey del Cachopo.

Otras presuntas incongruencias son la posible fecha de fallecimiento, mensajes de Whatsapp enviados y localizaciones, que eran remitidos ahora al Tribunal Supremo, que ha ratificado la condena del acusado.

 

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