28 de marzo de 2024
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FIN DE SEMANA

El martes declarará la joven víctima de los supuestos abusos a puerta cerrada ante el Tribunal y separada de los acusados

La admisión como prueba o no del vídeo que grabó La Manada en Pozoblanco, pieza clave en el desarrollo del juicio

Los cuatro enjuiciados por los abusos de Pozoblanco.
Los cuatro enjuiciados por los abusos de Pozoblanco.
La admisión como prueba del vídeo grabado por los propios supuestos autores de los abusos sexuales ha acaparado toda la sesión del primer día del juicio contra la Manada de Pozoblanco. En este caso son cuatro los acusados de abusar sexualmente y grabar a una joven en 2016. La defensa intenta que esta prueba no sea lícita mientras que las acusaciones la dan como válida. A cada uno de los presuntos autores, que ya cumplen pena de prisión, les piden siete años de cárcel por estos hechos.

La admisión como prueba o no del vídeo grabado en los supuestos abusos sexuales a una joven en Pozoblanco (Córdoba) ha acaparado toda la primera jornada del juicio contra los cuatro miembros de la Manada de Pamplona. Para la Fiscalía y el resto de acusaciones el vídeo es una prueba válida, mientras que la defensa de los acusados pide que no se a admitida.

El abogado Martínez Becerra.

El juez titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Córdoba, Luis Santos, ha explicado en la sala que se manifestará sobre la validez de los vídeos como prueba en sentencia y no antes. El magistrado entiende que los vídeos "son una prueba determinante, pero no la única", y ha reclamado un tiempo para dilucidar entre las principales tesis si existió una investigación prospectiva es decir, sobre hechos anteriores y no directamente vinculados a los de la indagación en curso, y sobre el alcance y significado del consentimiento sobre la cesión de derechos fundamentales como el de la intimidad. "El tribunal se siente incapaz de poder entrar a rebatir a favor o en contra de las tesis de ambas partes", señaló el juez Santos.

Alfonso Jesús Cabezuelo, Jesús Escudero, Antonio Manuel Guerrero y José Ángel Prenda están acusados de cometer un delito de abusos sexuales y otro contra la intimidad al grabar y difundir un vídeo con los supuestos abusos. A Cabezuelo también se le imputa un delito de maltrato leve, por haber pegado supuestamente a la víctima cuando se negó a hacerle una felación.

La Fiscalía pide para ellos tres años de cárcel por un delito de abusos sexuales, y cuatro más por el delito de violación a la intimidad. Para el militar de La Manada, Cabezuelo, también se pide una multa de dos meses a razón de 12 euros al día por un delito de lesiones.

Se declaran inocentes

Todos los acusados se han declarado inocentes en la primera jornada de la vista oral y se han acogido a su derecho a no responder a las preguntas de ninguna de las partes —Fiscalía, acusación particular y acusación popular, ejercida por la Asociación Clara Campoamor—, incluida su propia defensa. La validez de los dos vídeos que grabaron el pasado 1 de mayo de 2016, en los que se les ve tocando los pechos y besando a la víctima, y que después compartieron en dos grupos de WhatsApp, ha centrado buena parte de la primera sesión de este lunes. El abogado de la defensa, Agustín Martínez Becerra, explicó a elcierredigital.com que "entiendo que esa prueba no es lícita porque se obtuvo para otra causa y sin tutela judicial efectiva, por eso pido la libre absolución de mis defendidos".

Los hechos por los que se les juzga ocurrieron en la madrugada del 1 de mayo de 2016, cuando la víctima se montó en el coche de los cuatro jóvenes, después de haberlos conocido en una caseta en la feria de Torrecampo (Córdoba). Al entrar al vehículo cayo en un estado de seminsconciencia y camino de Pozoblanco, donde residía, empezaron a tocarle los pechos, tal y como aparece en el vídeo que fue grabado por Prenda y distribuido en dos grupos de chat posteriormente.

Esas grabaciones son la prueba determinante sobre la que las acusaciones basan sus argumentos y por ello la defensa ha pedido su nulidad durante la fase de cuestiones previas y ha reclamado al juez que decidiera sobre la validez en ese período y no en la sentencia. “Los hechos de este juicio giran sobre esa decisión y los vídeos son la base probatoria de los delitos”, ha señalado.

Derecho a la tutela judicial efectiva

El abogado de La Manada considera que las grabaciones se obtuvieron vulnerando el derecho a la tutela judicial efectiva y al derecho a la intimidad de las comunicaciones, ya que las imágenes se obtuvieron dentro de la investigación de otra causa judicial —la agresión sexual de los sanfermines— y se trataban de unos hechos distintos para cuya investigación el instructor no dio autorización. “No existe autorización judicial que permitiera investigar nada anterior a los hechos del 6 y el 7 de julio”, ha alegado el letrado, para quien esa actuación es una “investigación de carácter prospectivo” que vulnera el derecho de defensa.

Concentración en apoyo a la víctima de Pozoblanco.

El abogado defensor ha expuesto que en el momento en que se hallaron las imágenes de Pozoblanco, no existía ninguna denuncia por parte de la víctima y que “para tratar de subsanar de manera tórpida y malintencionada” el haber ampliado la investigación más allá de los días 6 y 7 de julio, se decidió enviar a la Policía Foral Navarra a Pozoblanco a localizar a la joven y que pudiera interponer una denuncia.

El juicio continuará este martes con la comparecencia de la denunciante. Lo hará a puerta cerrada y sin presencia de los medios de comunicación, a petición de su defensa, lo hará de manera que no pueda estar en contacto directo con sus agresores. La Asociación Clara Campoamor también ha solicitado que se amplíe la prueba pericial y se incluya el informe forense sobre un intento de suicidio de la joven el pasado 27 de agosto y que ha sido recogido por la médico forense. El juez ha accedido a esta petición.

 

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