28 de marzo de 2024
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FIN DE SEMANA

El magistrado que sentenció en firme a esta madre de Granada ha propuesto a la Sala del Supremo respaldar la medida de gracia de forma parcial

El indulto de Juana Rivas: Su exabogada Maite Pozo explica los detalles en El Cierre Digital

Juana Rivas.
Juana Rivas.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo se reunió el pasado martes para comenzar a debatir sobre si procede emitir informe favorable a la concesión de indulto total formulada por Juana Rivas. La conocida y experta letrada Maite Pozo, que fue defensora de los intereses de Rivas, explica para ElCierreDigital.com el debate generado en torno a la concesión de esta medida de gracia.

El debate está servido. La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo se reunió el pasado martes para comenzar a debatir sobre si procede emitir informe favorable a la concesión de indulto total formulada por Juana Rivas, quien ha sido condenada a dos años y seis meses por la sustracción de sus dos hijos menores.

El asunto ha sido estudiado este martes por los 16 magistrados que componen el Pleno de la Sala de lo Penal, que han tenido un primer contacto para deliberar sobre la ponencia del magistrado Andrés Palomo, el mismo que redactó la sentencia firme, que redujo de cinco a dos años y medio la pena impuesta a Rivas por uno y no dos delitos de sustracción de menores.

Palomo ha propuesto a la Sala respaldar un indulto parcial de seis meses de prisión, de forma que la condena se quede en dos años de cárcel, los cuales serían susceptibles de ser objeto de suspensión de su ejecución por vía del artículo 80 del Código Penal.

Actualmente, la Sra. Rivas se encuentra cumpliendo su condena sujeta a un tercer grado penitenciario en régimen abierto tras haberle sido concedido este por Instituciones Penitenciarias a los cuatro días de ingresar en el Centro de Inserción Social Matilde Cantos de Granada.

La propuesta del ponente viene a coincidir con el criterio de la Fiscalía del Tribunal Supremo, ya que el pasado mes de julio se pronunció a favor de reducir también de seis a cuatro años la pena de inhabilitación especial para ejercer la patria potestad.

Dicha propuesta ha dividido a la Sala, ya que el debate terminó sin llegar a acuerdo, por lo que la deliberación deberá continuar pasados unos días. Sin embargo, pese a ello, la Fiscalía de Granada consideró que no había "razones de justicia, equidad o utilidad pública" para la medida de gracia, dudando del alegado "arrepentimiento" de la condenada, "que proclamaba a los cuatro vientos que volvería hacerlo".

"Rivas no aceptó la decisión del juzgado, se resistió a la entrega efectiva de los menores y se colocó en franca rebeldía", opinó la Fiscalía de Granada. "Y cuando le tocó responder penalmente de lo sucedido, después de vulnerar deliberadamente nuestra legislación interna y hacer burla de los compromisos internacionales suscritos por España, excusó o pretextó su dolor de sufrida madre maltratada, acompañada de revuelo mediático", añadió la Fiscalía de Granada en su informe al Juzgado de lo Penal.

Así las cosas, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo deberá seguir deliberando para la emisión del informe que deberá ser remitido para que finalmente el Gobierno conceda el indulto total o parcial que ha sido solicitado.

Juana Rivas. 

Si bien, deberemos esperar a que el Gobierno decida sobre la concesión de dicho derecho de gracia, ya que los informes de la Fiscalía y de la Sala Segunda del Tribunal Supremo no son vinculantes para el Ejecutivo.

La concesión de un indulto total permitiría no solo que Juana Rivas pudiera disfrutar del ejercicio de la patria potestad respecto de sus hijos, sino que también le permitiría gozar de libertad quedando sin efecto la pena a la que fue condenada.

La condena de Juana Rivas

Juana Rivas fue condenada inicialmente por dos delitos de sustracción de menores a un total de cinco años de prisión y a indemnizar a su expareja con 30.000 euros por el Juzgado de lo Penal número uno de Granada el 18 de julio de 2018. El 7 de marzo de 2019, la Audiencia Provincial de Granada desestimó su recurso y confirmó la condena, aunque redujo la indemnización a 12.000 euros a Arcuri, el padre de los niños.

Sin embargo, el Supremo consideró que cometió un solo delito de sustracción de menores y no dos, y rebajó a dos años y medio la condena.

Los hechos tuvieron lugar en el verano de 2017, cuando esta madre permaneció un mes en paradero desconocido junto a sus dos hijos para no entregarlos al padre con el argumento de protegerlos frente a Arcuri, quien en 2009 fue condenado por lesionarla y al que ella volvió a denunciar por maltrato en 2016.

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