28 de marzo de 2024
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FIN DE SEMANA

LA COMPARACIÓN DE DOS SENTENCIAS DEL TSJC MUESTRA EL rápido CRECIMIENTO DE LAS CONDENAS A PRISIÓN Y LAS INDEMNIZACIONES A LAS VÍCTIMAS

La Justicia endurece sus penas contra los abusos sexuales: Las diferencias entre dos casos con solo un año de diferencia

Imagen representativa de un abuso sexual
Imagen representativa de un abuso sexual
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha desestimado dos recursos de apelación a sentencias dictadas este año sobre casos de abusos sexuales en los que los responsables del delito habrían aprovechado la indefensión de una menor y una discapacitada para llevar a cabo prácticas sexuales sin el consentimiento. La diferencia de tiempo entre los hechos de un caso y otro es de un año únicamente, pero la distancia entre las penas es considerable.

Este mes de septiembre, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha resuelto la desestimación de dos recursos de apelación presentados a sentencias por abusos sexuales dictaminadas este 2021. No obstante, la noticia no está en la resolución de estos recursos, sino en la comparación de las sentencias de los dos casos de abusos sexuales. El año transcurrido entre unos hechos probados y otros podría ser una muestra del recrudecimiento de las penas con respecto a este tipo de delitos en la Justicia española.

El primero de los abusos tuvo lugar el 17 de enero de 2016 en Puerto del Rosario. Un hombre mayor de edad sobre las 7 horas de la mañana propuso a una mujer discapacitada que había conocido en una discoteca, desayunar juntos. La mujer tenía diagnosticado un retraso mental desde la infancia y un grado de discapacidad reconocido por la administración del 66%. El hombre se aprovechó de su situación personal para llevársela con el coche a un descampado del barrio de El Charco donde, a pesar de la negativa de la mujer, la llevó a la parte trasera del coche y mantuvo relaciones sexuales completas.

Una vez perpetrado el abuso sexual, la mujer pidió al hombre que le devolviese su bolso con el móvil y 150 euros. Sin embargo, el acusado se quedó con sus pertenencias y huyó dejándola sola y perjudicada. Los abusos también provocaron daños físicos a la víctima. “Sufrió cervicalgia y excoriación en el pulpejo del dedo del pie izquierdo de las que precisó para su sanidad una asistencia facultativa y de 3 días no impeditivos para sus obligaciones”, dice la sentencia.

Para los jueces el hecho de que el hombre huyera del lugar y dejase abandonada a la mujer ya es una prueba de la veracidad de los hechos denunciados. También se consideró que el acusado cambiara de discurso durante el procedimiento judicial. En un primer momento negaba haber mantenido relaciones sexuales con ella, mientras que posteriormente afirmó haberlo hecho pero con el consentimiento de la denunciante. Esto sumado a la no apreciación de contradicciones en el discurso de la mujer ha sido suficiente para condenar al acusado.

La pena impuesta ha sido, conforme al artículo 181 del código penal, de cuatro años de prisión y la prohibición de aproximarse a la víctima o comunicarse con ella de cualquier forma durante ocho años. A esto hay que sumarle la indemnización a la víctima de 6.220 euros y la pena de dos meses de multa con cuota diaria de tres euros por el delito leve de hurto perpetrado esa misma jornada.

El segundo abuso tuvo lugar el 14 de mayo de 2017 a las 9:15 horas de la mañana. Otro hombre mayor de edad aprovechó que una menor de edad se encontraba durmiendo sola en el sofá cama del salón de la vivienda para introducirse en la cama detrás de ella y, mientras dormía, introducirle un dedo en la vagina. La menor se despertó sobresaltada y se marchó inmediatamente al baño del domicilio.

Los abusos sexuales a menores provocan en ellos problemas psicológicos serios

Para esta joven, nacida el 1 de febrero, el abuso le ha supuesto síntomas postraumáticos. Ha agravado sus problemas de ansiedad, depresión y sus trastornos obsesivos compulsivos. Además, le ha generado problemas al dormir y para relacionarse con los hombres. La declaración de la menor ha sido la única prueba utilizada por el jurado para dictaminar la sentencia. 

La condena de febrero de este año a este hombre ha conllevado una pena de prisión de cinco años y seis meses. El condenado tampoco podrá acercarse a menos de 500 metros de distancia del domicilio o cualquier otro lugar frecuentado por la menor. Además, al igual que en el otro caso, tendrá prohibido entablar comunicaciones por cualquier medio con la abusada durante diez años.

Se le impone también la medida de libertad vigilada por plazo de siete años una vez haya terminado su pena de cárcel y también tendrá una inhabilitación especial a poder trabajar en cualquier oficio que conlleve tener contacto regular y directo con menores de edad por un tiempo de nueve años. La indemnización a la víctima es de 20.000 euros.

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