28 de marzo de 2024
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FIN DE SEMANA

Las vistas en la Audiencia Provincial de Madrid estaban previstas para los días 11,12,13 y 14 de mayo de 2020

Pospuesto el juicio contra Cristina Cifuentes por el "caso Máster" debido al coronavirus

Cristina Cifuentes.
Cristina Cifuentes.
La Sección 15 de la Audiencia Provincial de Madrid ha suspendido, debido a la situación sanitaria que atraviesa el país, la vista pública del juicio contra Cristina Cifuentes, Cecilia Rosado y María Teresa Feito por la presunta comisión de un delito de falsedad documental en relación al denominado ‘caso Máster’, en la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid, que estaba previsto para los próximos días 11,12,13 y 14 de mayo. De momento, no está señalada nueva fecha.

La Sección 16 de la Audiencia Provincial de Madrid ya había ratificado en abril de 2019 el juicio a la expresidenta de la Comunidad de Madrid Cristina Cifuentes por el conocido como 'caso máster' tras desestimar el recurso de apelación formulado por ella, por el catedrático ya fallecido Enrique Álvarez Conde y por la exasesora de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid Teresa Feito. Ahora, las circunstancias del Estado de Alarma provocan la suspensión de las vistas orales previstas para mayo. De momento, no hay fecha señalada para que se celebre el juicio.

La Audiencia Provincial decidió seguir adelante con la causa y desestimar en abril del pasado año el recurso presentado por los tres acusados contra el auto de transformación de diligencias previas a procedimiento abreviado por la supuesta comisión de un delito de falsificación de documentos públicos en el marco de una de las piezas del caso. Todos están acusados de un delito de falsedad documental, aunque en el caso de Álvarez Conde la causa ha quedado extinguida por su fallecimiento.

Este auto es el último contra el que cabía recurso, por lo tanto confirma la decisión del Juzgado de Instrucción nº 51, en el que se ha tramitado la investigación, que ya había dictado el auto de apertura de juicio oral. La cuarta acusada en esta causa, Cecilia Rosado, no había presentado por su parte recurso en esta ocasión.

Tras examinar los motivos de la apelación, y entre otros fundamentos jurídicos, la Sala concluyó por unanimidad que Cristina Cifuentes "exhibió públicamente el documento inveraz que había inducido a confeccionar, siendo plenamente consciente de su falsedad, pues era sabedora, como nadie, que no había llevado a cabo el trabajo de fin de máster, ni lo había defendido el mismo ante un tribunal universitario".

Esta consideración determinó el rechazo del recurso formulado por la supuesta conculcación del derecho a la presunción de inocencia de los interesados y, como consecuencia, ratifica la apertura de juicio, señalaron desde el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

La expresidenta de la Comunidad de Madrid Cristina Cifuentes.

Antes de esta argumentación, los magistrados avalaron en su resolución la investigación de esta pieza dirigida por la titular del Juzgado de Instrucción al corroborar que "no queda rastro documental alguno del trabajo de fin de máster (de Cifuentes), ni en los archivos de la URJC (...) ni en los correos electrónicos, ni en formato papel, ni en ningún sitio, y no estamos hablando de un documento fechado en épocas pretéritas, sino apenas seis años antes de la investigación".

Presunción de inocencia

No obstante, los magistrados recordaron en varias ocasiones en el apartado de los 'Fundamentos de Derecho' del documento que adoptaban esta resolución sin perjuicio de la presunción de inocencia y de que, en todo caso, será durante la celebración de la vista oral, "con mayores garantías y con mayores y mejores elementos de prueba", cuando se determinaran las posibles responsabilidades penales, si finalmente las hubiera. Además, la Sala dictó otros dos autos correspondientes a sendos recursos de apelación formulados en su día por Enrique Álvarez Conde contra diversas resoluciones acordadas por la titular del Juzgado de Instrucción nº 51.

Los magistrados de la Audiencia Provincial no se pronuncian sobre los mismos, ya que la responsabilidad criminal del investigado se ha declarado extinguida por parte del juzgado de origen tras su reciente fallecimiento.

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