23 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

Ha solicitado al TEDH rebajar los 28 años de cárcel alegando que ya ha cumplido parte de esta pena en Francia cuando fue detenido

El exgrapo Fernando Silva Sande intenta hoy que Estrasburgo reduzca su condena por el secuestro de Publio Cordón

Silva Sande durante uno de sus últimos juicios.
Silva Sande durante uno de sus últimos juicios.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, decidirá este martes sobre el recurso presentado por Fernando Silva Sande, el miembro del grupo terrorista Grapo que estuvo colaborando desde 2008 con la Guardia Civil para la localización del cuerpo del empresario Publio Cordón, que murió mientras estaba secuestrado por la banda, y que al igual que varios terroristas de ETA, ha pedido que se le descuente de su condena en España el tiempo que cumplió preso en Francia.

Fernando Silva Sande fue condenado por la Audiencia Nacional el 14 de diciembre de 2007 a un total de 28 años de cárcel por el secuestro del industrial zaragozano Publio Cordón, que murió bajo cautiverio del Grapo en Francia en 1995 y cuyo cuerpo nunca fue recuperado. No obstante, Siva Sande acumula cientos de años de condenas por asesinatos y estragos terroristas en España.

Este terrorista era el jefe del comado operativo que secuestró a Cordón mientras hacía footing en Zaragoza y de todo el aparato militar del Grapo. Luego renegó de la lucha violenta y comenzó a colaborar con las autoridades, por lo que la organización terrorista lo puso también en su punto de mira.

Tras ser detenido quiso colaborar con la Guardia Civil para el esclarecimiento de la muerte de Cordón que, según su versión, se produjo accidentalmente cuando el empresario intentaba huir por una ventana y cayó al vacío, algo que ocurrió quince días después de su secuestro en el piso de Lyon donde estaba retenido.

Después Silva habría dado orden de enterrar el cadáver en la falda del Mount Ventoux, en Francia, cerca de Lyon, donde lo habían tenido en cautiverio mientras negociaban el rescate con la familia, de 1.000 millones de las antiguas pesetas, que fue cobrado en París, a pesar de que el industrial aragonés ya había fallecido. En el año 2015 unos excursionistas encontraron un cráneo en la zona y aunque se le hicieron pruebas de ADN se descartó que perteneciera al empresario muerto.

En concreto, Silva Sande ya fue sentenciado a 29 años de cárcel por ordenar el asesinato del coronel López Muñoz, a otros 30 años por el asesinato del médico José Ramón Muñoz y a un total de 129 años por el asalto a un furgón de una empresa de seguridad en Vigo en el que fueron asesinados dos vigilantes y varias personas resultaron heridas.

José Antonio Ramón Teijelo, Manuela Ontanilla y Vicente Sarasa, miembros del Grapo.

Pero entonces ya había cumplido condena en Francia, donde fue detenido en el año 2000, por integración en organización terrorista. De allí fue extraditado a España. Ahora Silva Sande ha pedido que los años que pasó en prisión se le descuenten del máximo de 30 que debe cumplir en cárceles españolas como la de La Coruña, donde se encuentra en la actualidad.

Junto a Silva Sande fueron detenidos en diferentes fechas José Antonio Ramón Teijelo, alias "señor Monforte", que habría alquilado el piso de Francia junto a Victoria Gómez Méndez. Manuela Ontanilla Galán, Vicente Sarasa Cecilio y Concepcion González, que  fueron también procesados y condenados en esta causa.

El recurso de Silva será resuelto junto a los presentados el mismo sentido por los miembros de ETA Juan Luis Aguirre Lete 'Isuntza' y Julián Achurra Egurola, 'Pototo', ambos condenados por su participación en el secuestro de José Antonio Ortega Lara; Iñaki Bilbao e Idoia Martínez García, todos con largas condenas en cumplimiento en España y que aspiran a verlas acortadas si se descuentan los años que cumplieron en cárceles francesas.

El empresario Publio Cordón.

Los cinco casos se resolverán a la vez porque el Tribunal ha decidido acumularlos, al tener una casuística y motivación similares. Todos solicitaron entre el 31 de octubre de 2013 y el 1 de diciembre de 2014 en España que se les aplicase la acumulación de la condena cumplida fuera en virtud de la ley que aquel año introdujo en el ordenamiento jurídico español esta posibilidad por trasposición de la normativa comunitaria.

Los cinco ya lo han intentado ante la Audiencia Nacional como en el Tribunal Supremo, que ya fijó doctrina al respecto en el año 2015, según la cual, las condenas ya ejecutadas en cualquier país de la Unión Europea no deben ser restadas a las impuestas en España, ya que aquí no se les juzga por los mismos delitos de organización terrorista, sino por atentados concretos en los que han participado. Además, la propia ley de 2014 especifica que en sentencias previas a 2010 no es aplicable.

No obstante, los afectados consideran que se ha vulnerado el artículo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, según el cual no se puede imponer a un condenado una pena mayor a la contemplada en el Código Penal en el momento en que cometió su delito. Entienden además que dejar fuera a los sentenciados antes de 2010 les perjudica de forma retroactiva. Después de que el Constitucional inadmitiera sus recursos, apelaron a Estrasburgo.

Esta es la tercera vez que los tribunales europeos deben resolver sobre la acumulación de penas de terroristas y hasta ahora, han avalado la política penitenciaria de España y la doctrina del Tribunal Supremo español al entender que con o sin acumulación de condenas, en España las penas máximas de cumplimiento efectivo en prisión "siempre han sido las mismas, treinta años". Ahora Silva Sande intenta de nuevo reducir su condena.

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