20 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

No cabe recurso contra el auto de la Audiencia Nacional, pero el abogado plantea la posibilidad de un incidente de nulidad ante el Constitucional

El bufete de Elpidio Silva pide 19.000 euros a los taxistas para recurrir el archivo de su querella contra las VTC

Los taxistas se manifestaron hace meses en toda España.
Los taxistas se manifestaron hace meses en toda España.
El bufete de Elpidio Silva ha pedido mediante mail unos honorarios de 16.000 euros más IVA, unos 19.000 euros en total, por presentar un "incidente extraordinario de nulidad" contra una sentencia de la Audiencia Nacional que archivó el pasado 19 de diciembre la querella criminal presentada por los taxistas españoles contra las empresas VTC, Uber y Cabify principalmente, cuya irrupción en el mercado español desató la guerra entre los taxistas y estas empresas de transporte.

El correo mandado por el exjuez y abogado Elpidio Silva a todos los taxistas que representa no deja lugar a dudas: "Mediante el presente email, le comunicamos que la Audiencia Nacional, Sala de lo Penal Sección 2º, ha resuelto mediante Auto nº712/2019, de fecha 16 de diciembre de 2019, y notificado a esta parte con fecha 20 de diciembre, la desestimación del recurso de apelación formulado contra el Auto de Archivo de la querella presentada en defensa de los intereses del TAXI, sin imposición de costas. La citada resolución será adjuntada próximamente en su zona privada".

La Sala de la Adiencia Nacional considera ajustado a Derecho el contenido del Auto de archivo de la querella dictado por la magistrada María Tardón, al considerar que: "No existe causa para la recusación de la Magistrada, dado que no concurre elemento objetivo alguno que acredite la pérdida de imparcialidad de la Juzgadora".

La conclusión del bufete de Silva es que el auto "no es ajustado a derecho" y explican que "además es imprescindible señalar, que actualmente estamos a la espera de que el Juzgado Central de Instrucción que conoce la causa, resuelva acerca del escrito formulado planteando cuestión de prejudicialidad a Tribunal de Justicia de la Unión Europea, escrito que debería haber sido resuelto con anterioridad a la resolución del Recurso de Apelación".

16.000 euros más IVA

Sin embargo, a pesar de todas estas consideraciones el bufete informa que "contra el Auto dictado por la Audiencia Nacional, Sala de lo Penal Sección 2º,no cabe ningún recurso ordinario, disponiendo únicamente de la posibilidad de formular Incidente Extraordinario de Nulidad, previa a formular Recurso de Amparo ante el Tribunal Constitucional" y añade que  "en caso de que el cliente esté interesado en la formulación del Incidente Extraordinario de Nulidad, los honorarios de la Firma ascenderán a 16.000 euros + IVA, a dividir entre los clientes interesados en su interposición. Para ello, deberán inscribirse en su zona privada de la página web del Despacho, en el apartado que identificarán como “Demanda Extraordinaria de Nulidad”, antes del día 2 de enero de 2020. Posteriormente, recibirá por parte de la Firma un email personal informando del importe exacto que le corresponde abonar, el cual deberá hacerse efectivo en el plazo máximo de 48h".

Es decir, que si los taxistas desearan formular incidente de nulidad tendrán que pagar 19.360 euros en concepto de honorarios al bufete de Elpidio Silva. Eso sí, a repartir entre todos los afectados que deseen interponer esta nueva demanda de nulidad.

Los taxistas se manifestaron en verano.

El auto de archivo también recoge que "no existen indicios de criminalidad del delito de maquinaciones para alterar el precio de las cosas. Sustentando como argumento para alcanzar la citada conclusión, que en el sector del transporte de viajeros en movilidad urbana, no hay libre competencia de empresas ni de precios, si no que, es la Administración la que otorga o no la licencia y fija las condiciones y tarifas del servicio, por lo que no pueden, los querellados, alterar esos precios, no sólo por una falta de capacidad para expulsar del mercado a los conductores que han obtenido una licencia legal de la Administración, sino porque en última instancia, no podrían aumentar el coste, es decir, el precio del servicio en perjuicio de los consumidores".

A pesar de que el bufete de Elpidio Silva no comparte esta última aseveración del auto de archivo, porque "los precios de los servicios prestados por los querellados, no son fijados por la Administración, si no que los mismos son fijados libremente por los querellados, atendiendo a logaritmos totalmente desconocidos tanto por parte del consumidor como por parte de la Administración. Ocasionando que, la determinación de las tarifas sean fijadas de forma arbitrarias, perjudicando gravemente al interés de los consumidores".

No hay estafa

El auto de archivo también asegura que "no existen indicios de criminalidad del delito de estafa, al considerar que no existe sobrecoste del servicio que pagan los consumidores, ya que éstos pagan el servicio de forma voluntaria y anticipada". El mail de Elpidio Silva también argumenta a sus clientes que " el delito de estafa conlleva que el desplazamiento patrimonial de la víctima, en este caso el pago del servicio, se realice voluntariamente, como consecuencia directa del engaño sufrido. Y en segundo lugar, porque en ningún caso, el consumidor paga anticipadamente, si no que anticipadamente los querellados, determinan un precio orientativo del servicio que trasladan al consumidor, pero que posteriormente, en el momento de hacer efectivo el pago, es modificado sustancialmente a la alza. No llegando a conocer el consumidor el motivo de las variaciones de los precios, dado que son los querellados, unilateralmente, quienes disponen de la facultad de la modificación de los precios atendiendo a los logaritmos fijados por ellos y ocultados a los consumidores".

 

 

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