19 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

Ninguno de los partidos que ha gobernado España quiso reformar la Ley para que el Emérito cumpliese sus obligaciones fiscales por regalos recibidos

El Estado exoneró a Juan Carlos I del pago de impuestos por donaciones valoradas en más de 100 millones

El Rey junto a algunos regalos que pasaron a Patrimonio Nacional
El Rey junto a algunos regalos que pasaron a Patrimonio Nacional
Durante todo su reinado Juan Carlos I nunca tuvo que pagar impuestos por sus millonarias donaciones recibidas. Sólo los regalos que recibió en su día del Palacio de la Mareta, los yates Fortuna II y Fortuna III, y dos coches de la marca Ferrari supondrían una donación superior a los 100 millones de euros. Algunas de estas donaciones acabaron luego en manos de Patrimonio Nacional, como La Mareta y los Ferrari, que fueron subastados.

El montante total de donaciones oficiales recibidas por el Emérito se desconocen a fecha de hoy porque Casa Real no las ha facilitado nunca. La Ley le eximía de pagar impuestos al ingresarlo en el Patrimonio Nacional, cuyos bienes disfrutaba personalmente. Por el contrario, ha regularizado dos veces ya por las donaciones recibidas tras abdicar. Pero Hacienda no pone bajo su lupa aquellas donaciones recibidas antes de abandonar el trono, ya que su figura estaba amparada por la inviolabilidad que le ofrecía la legalidad contemplada en la Constitución española, y que beneficiaron al monarca y al Estado.

"El Rey usó personalmente dichas donaciones (sea un yate, un palacio o un Ferrari) pero la titularidad recaía en Patrimonio. El rey no pagó impuestos. Pero el Estado tampoco, aunque sea una perogrullada el Estado debería pagar impuestos a sí mismo, al igual que cuando a una ambulancia o a un coche de Policía le ponen una multa por exceso de velocidad persiguiendo a un delincuente el Estado, paga esas sanciones", afirman expertos consultados por elcierredigital.com.

Los dos Ferraris del Jeque de Abu Dabi recibidos por el Rey Emérito como un regalo.

El regalo personal al Rey en tanto que se convertía en Bien Público adquiría un blindaje absoluto: “Inalienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad. Inalienabilidad (el dominio público no se puede vender), imprescriptibilidad (no puede obtenerse su propiedad mediante el uso continuado) e inembargabilidad (no puede ser embargable). Lo que el rey (y Patrimonio) han recibido como donación no lo puede deshacer nadie. Ni aunque quiebre la contabilidad real o la de Patrimonio. Esta ventaja tiene su inconveniente, ya que ahora el Emérito no puede tirar de ese baúl de regalos personales para pagar al fisco aunque quisiera hacerlo.

La regulación de Patrimonio Nacional, donde ingresaba cuantiosas donaciones Juan Carlos I, fija lo siguiente: “Los bienes y derechos del Patrimonio Nacional gozarán del mismo régimen de exenciones tributarias que los bienes de dominio público estatal”. El círculo se cerraba, esto es, el Rey Juan Carlos I no sólo podía recibir cualquier tipo de donación para su uso personal, sino que le costaría cero impuestos. Esta elusión fiscal que se produjo durante todo el reinado del Emérito, gozó del visto bueno de todos los partidos que pasaron por La Moncloa. UCD, PSOE y PP. Y sigue legalmente vigente bajo el gobierno de PSOE y Podemos.

El Palacio de La Mareta, en Canarias.

José Bono, expresidente de las Cortes Generales, expresidente de Castilla-La Mancha y exministro de Defensa, recoge en sus memorias una confidencia realizada por el Rey Emérito que evidencia hasta qué punto los partidos de la transición fueron conscientes de tal ventajoso trato fiscal al Rey: "El único bien importante que me han regalado siendo rey es la finca de La Mareta en Canarias. Me la regaló el rey de Jordania y yo pregunté a Carlos Solchaga qué debía hacer con ella; me respondió que tenía que pagar impuestos y entonces la regalé al Estado".

El rey Juan Carlos I siempre ha pagado impuestos por sus ingresos presupuestarios. “En los Presupuestos Generales del Estado de 1979 se fijó para el Rey una dotación personal de 5.100.000 pesetas y otra, en concepto de gastos de representación, de 5.500.000 pesetas”. Pero en respuesta a una consulta vinculante formulada por la Casa a la Dirección General de Tributos, ésta estipuló que se estimara a partir del ejercicio 1980 y siguientes, como cifra anual de ingresos computable en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de S.M. el Rey, la que resultara de aplicar el porcentaje del 6% a la cantidad global incluida en los Presupuestos Generales del Estado para el mantenimiento de su Familia y Casa (art. 65 de la Constitución). Este porcentaje sería reconsiderado por la Casa y la Dirección General de Tributos si la cantidad global se modificara sustancialmente en el futuro”.

Modificación del presupuesto

Una modificación sustancial se produjo en dicha cantidad global asignada a la Casa Real como consecuencia de la aprobación del R.D. 434/1988, de 6 de mayo, que reorganizó la estructura y funcionamiento de la misma. “Una nueva consulta de la Casa a la Dirección General de Tributos determinó que a partir del período impositivo de 1988, se tomara como base la cifra de ingresos computables por este concepto en la declaración del IRPF del Rey correspondiente a 1987 y que se le aplicara, en lo sucesivo, el porcentaje anualmente establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, como incremento o decremento de carácter general, de las retribuciones de los altos cargos del sector público”. 

El Fortuna III.

En aplicación de estos criterios, para el ejercicio 2012, la cantidad asignada al Rey como dotación ascendía a 140.519 euros y en concepto de gastos de representación, 152.233 euros. El Príncipe de Asturias percibía como dotación personal y gastos de representación, la mitad de las cuantías asignadas a S.M. el Rey.

El resto de los miembros de la Familia Real únicamente tenían asignados gastos de representación en la proporción y cuantías que para cada ejercicio, atendiendo a las circunstancias, disponía el Rey. La cantidad presupuestada para estos gastos en el ejercicio 2012 ascendió a un máximo de 315.000 euros.

En definitiva, el capítulo “Familia Real” sumaba 754.128 euros. Comprendía la dotación y gastos de representación de los miembros de la Familia Real, considerados a efectos fiscales como rendimientos del trabajo. Nunca se ha publicado la declaración de la renta ni del Emérito ni del Rey Felipe VI. Ante tal opacidad, se ha filtrado a los medios de comunicación que el actual Rey cotiza por encima del 40%, pero sigue vigente que sólo se computa el 6% de los presupuestos para la Familia Real y su casa.

El Gobierno de turno siempre derivó un funcionario del fisco para verificar la exactitud de la declaración de Juan Carlos I, pero nunca aclaró Hacienda cuál era la cifra pagada ni cómo utilizaba y se computaban los distintos cajones presupuestarios de los que disponía el monarca a la hora de rendir sus cuentas a Hacienda: gastos por asistir a actos, gastos de representación, atenciones protocolarias, regalos…Y todo esto sin computar fiscalmente los inmuebles recibidos como donaciones, los yates, los Ferraris y un largo etcétera. La opacidad Real no nació con los donativos saudíes, sino que parece haber sido el santo y seña del trato fiscal hacia la Corona.

Patrimonio Nacional ya es rico

La paradoja es que ni siquiera Patrimonio Nacional necesitaba nutrirse de las donaciones del Rey Emérito, ya que recibe más de 100 millones de euros entre transferencias y subvenciones estatales. Es complejo evaluar cuánto debió tributar el monarca por tales donaciones vinculadas a su reinado. Ahora, ha regularizado más de cuatro millones de euros, la mitad de los abonos de sus viajes que han aflorado de su etapa de Emérito. Pero parece evidente que la cifra resultante nunca debió ser cero si hubiera sido tratado fiscalmente como un español más durante su reinado.

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