23 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

El bufete Osuna, que representa a una bailarina y a su hijo de dos años, reclama que la Justicia acelere los plazos ante la necesidad de su defendida

Dos años para decidir si una demanda de paternidad debe instruirse en Madrid o en Ibiza

El abogado Fernando Osuna.
El abogado Fernando Osuna.
La Justicia discute desde septiembre de 2019 si el caso de una demanda de paternidad se instruirá en Ibiza o en Madrid. Es decir, desde que se presentó la demanda hasta que se decida qué juzgado será el competente, habrán pasado dos años, más otros tres que se teme que va a tardar el juicio, total cinco años.

El principal problema para el bufete Osuna del retraso de esta decisión judicial, que representa los intereses de la parte demandante, una mujer madre de un niño de dos años, es que "mientras tanto, el pequeño está pasando muchas necesidades económicas, al igual que la madre".

Según la demanda, la pareja se conoció en la isla de Ibiza hace 7 años. El hombre, un rico empresario del sector de la alimentación, tenía entonces 40 años de edad y ella 25 años y comenzaron una relación sentimental intermitente durante aproximadamente dos años. 

Según el bufete Osuna, él invitaba a la joven a pasar temporadas en París, "sintiéndose la joven como una más en el núcleo familiar. Esto ocasionó una fuerte sensación de estabilidad para ella, dado que sus padres habían fallecido", añaden.

Fruto de las relaciones que mantuvieron durante aquellos años ella quedó embarazada, pero el empresario comenzó a presionarla para que interrumpiese el embarazo, según la demanda. Sin embargo, la mujer nunca dudó en tener a su hijo pese a saber que su padre no tomaría partido en la vida del menor y que tendría que sacarlo adelante sola. El menor ahora tiene ya casi dos años y se encuentra afortunadamente en perfecto estado de salud.

Según la parte demandante, "el parecido físico que guarda el pequeño respecto a su egoísta padre se puede apreciar fácilmente".

Los juzgados de Ibiza.

La joven madre ha decidido ahora promover la demanda de paternidad formulando la correspondiente acción de reclamación de la filiación paterna en aras a que se determine la verdad biológica entre el demandado y el menor.

La situación económica de la bailarina "es precaria, ya que se encuentra trabajando un día a la semana, siendo dificultoso llegar a final de mes, hecho que consigue con la ayuda de sus familiares", añaden desde Osuna Abogados.

Por eso han pedido que la cuantía de los alimentos para el menor "sea proporcionada al caudal o medios de quien los da y a las necesidades de quien los recibe, y es debido a esto que para determinar la cuantía de la pensión y la adecuación a derecho de la misma, se han de examinar cuáles son los ingresos de los progenitores, y cuáles son las necesidades del menor, y poner dichos factores en relación, para obtener una cuantía equilibrada que cubra los alimentos del menor en sentido amplio".

Por todo lo expuesto el bufete Osuna ha reclamado una pensión mensual de tres mil euros al mes. Las pruebas que determinarían la paternidad del empresario que pertenece al sector de la alimentación son:

- Una gran cantidad de mensajes "a través de la aplicación de whatsapp de los que se desprende perfectamente que mantuvieron relaciones sexuales en fechas compatibles con la concepción de mi representada", sostiene el abogado Osuna.

- En esos whatsapps aportados se podría entender que "existe un reconocimiento tácito puesto que en ningún momento el demandado niega la paternidad", añaden. Incluso el empresario insiste en varias ocasiones para que la mujer interrumpa el embarazo alegando que es una responsabilidad muy grande y que puede inclusive transmitirle diversas enfermedades genéticas.

- Diversas pruebas fotográficas que se aportan de la relación aludida que mantuvieron "mi representada junto al demandado tanto en Ibiza como en Francia, a la vez que diversas fotografías del menor, de las que puede desprenderse la existencia de un claro parecido físico con el presunto progenitor", concluye Osuna.

La petición de una medida de alimentos provisionales no se trataría de una medida cautelar propiamente dicha, sino una anticipación de la sentencia, ya que la mujer pretende obtener una pensión mensual tras el juicio.

Se pide en la demanda que, "en el momento procesal oportuno, se lleve a cabo la práctica de la prueba biológica entre el demandado y el menor, en aras a acreditar la paternidad de respecto del menor", añaden.

 

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