20 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

El letrado Alberto García Cebrián denuncia este peligro tras la recomendación de la Comisión Ética del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)

División: Si los jueces no van a televisión se ampliará la brecha entre la Justicia y la sociedad

El juez Emilio Calatayud.
El juez Emilio Calatayud.
El abogado Aberto G. Cebrián reflexiona sobre la última recomendación de la Comisión de Ética Judicial a los jueces, a los que, para intentar evitar que pueda verse afectada su apariencia de imparcialidad, el CGPJ les pide que no intervengan en tertulias o programas sensacionalistas de medios de comunicación. En este sentido el abogado se pregunta: ¿Qué se pretende, que los jueces sean imparciales o que se mantenga su apariencia de imparcialidad?

Ciertamente, la Comisión Ética ha dictado una mera recomendación por lo que no se trata de una imposición sino del criterio recomendable. ¿Qué pasaría si un juez optara por no seguir dicha recomendación? Nada, pues reiteramos no supone una obligación.

Por otro lado, la recomendación no llega a profundizar sobre qué entienden por contenido sensacionalista de manera que puede dar lugar a diversas interpretaciones.

La finalidad de dicha recomendación es proteger los principios recogidos en el Texto de Principios de Ética Judicial de, entre otros, independencia, imparcialidad e integridad.

  • Independencia: Conforme al principio de independencia los jueces no tienen sometimiento jerárquico y su trabajo debe de preservarse inmune de las injerencias de los poderes políticos o extrapolíticos, a pesar de lo cual, evidentemente tienen que cumplir con las pautas y obligaciones establecidas por el Consejo General del Poder Judicial.
  • Imparcialidad: La imparcialidad supone que un juez en el ejercicio de sus funciones no puede tomar partido y aplicar criterios arbitrarios, beneficiosos o perjudiciales para sus intereses o los intereses de terceros sino meramente juzgar y hacer ejecutar lo juzgado con arreglo y en aplicación de las normas del ordenamiento jurídico.
  • Integridad: La integridad supone una actuación sin corrupción, con imparcialidad objetiva en el correcto y diligente ejercicio de la función jurisdiccional.

Por ejemplo, don Emilio Calatayud, conocido juez de menores de Granada ha compartido públicamente su opinión y forma de pensar y ha dado visibilidad social a la realidad jurídica que él vivía haciendo mucho bien a la sociedad.  Es uno de los jueces que se ha atrevido a hablar y opinar abiertamente sobre los problemas que se encontraba a diario en los Juzgados y la situación social que los provocaba y las consecuencias de esta. Este juez tiene el gran mérito de haber sido capaz de que una gran parte de la sociedad le entienda.

Un problema recurrente en la sociedad es que las personas no suelen entender el alcance y límite de sus derechos y obligaciones y existe gran dificultad para entender el enjuiciamiento de estos.

Aún seguimos manteniendo una brecha entre la Administración de Justicia y la sociedad en general, por lo que la tendencia no debe de ser que se alejen más sino todo lo contrario, debe fomentarse que los ciudadanos conozcan las consecuencias de sus actos y no debería de haber reparo a que los jueces puedan dar su opinión. El derecho no debe limitarse al círculo de los juristas, sino que debe ser accesible a la sociedad que, en definitiva, es la que recibe y aplica en la vida real derechos y obligaciones que debe de conocer de manera consciente y saber gestionar en todo lo posible.

El juez Vázquez Taín es asiduo de los programas de televisión.

Los jueces en muchos casos tienen la difícil tarea de aplicar el derecho a una sociedad donde un porcentaje elevado ignora cuáles son las consecuencias legales de sus actos, y esto sí que es uno de los grandes problemas.

La infinita mayoría de los juicios se podrían evitar y todos los operadores jurídicos (jueces, abogados, fiscales…) podemos hacer mucho para acercar la legalidad al ciudadano. La sociedad va evolucionando más rápidamente que lo hace la ley y por eso, en muchos casos, debemos esperar a que se juzgue socialmente algo que se percibe como injusto para que evolucione la Ley y se adapte y ampare correctamente a la sociedad.

De hecho, todos sabemos que cuando un caso es mediático se abre un debate social que puede acabar suponiendo un cambio en la Ley.

Por ello yo considero que debemos tender a la moderación y evitar situaciones polémicas. Pero esto no debe impedir que los profesionales del derecho podamos transmitir aquello que libremente consideremos oportuno siempre y cuando no suponga ningún tipo de agresión a la libertad o derechos de otro.

Muchos juzgados están saturados y cansados de ver siempre ciertos patrones de procedimientos en los que una y otra vez las personas se enfrentan a consecuencias legales por no haber sabido gestionar sus relaciones personales. Si la sociedad fuera más consciente de las consecuencias legales y de la repercusión que tienen nuestros actos, seguro que en muchos casos se tomarían mejores decisiones y se evitaría un proceso judicial.

Los jueces tienen un valor incalculable, especialmente los de los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, pues ven en primera persona los problemas de los ciudadanos y cómo van evolucionando, en ocasiones para mejor y en otras para peor. Esa experiencia es muy valiosa y sería muy positivo que se pudiera transmitir a la sociedad, eso sí, de una manera correcta y constructiva.

No es que los jueces no deban participar en ciertos contenidos, ese no es el problema, no debemos aportar más tabús a la sociedad, lo que deben hacer en sus actuaciones y en sus manifestaciones públicas es ser lo más claros posible y aclarar situaciones jurídicas desde la perspectiva de su cargo para que la sociedad pueda tener accesibilidad a dicho contenido.

Evidentemente no es lo mismo el contenido que un juez pueda plasmar en un libro o en una charla monotemática, que en una tertulia en la que el contenido es más dinámico y puede tener más intención de entretenimiento y/o divulgación que de información pura y dura.

No es que todos los jueces tengan que participar en medios de comunicación ni que algunos tengan que dejar de hacerlo. Debe primar la libertad de criterio de cada uno. Todos los jueces son iguales frente a la Ley y tienen derecho a expresar su criterio y opinión y ellos mismos son los que deben de valorar en qué medios y de qué manera.

No podemos engañarnos, los medios de comunicación forman parte de la vida de gran parte de la población, si en ellos interviene o no un juez no supone ningún problema, el problema está en impedir que un juez pueda intervenir en ciertos contenidos pues su aportación puede ser muy valiosa y enriquecedora.

Los jueces, por su formación y experiencia, tienen mucho que aportar a la sociedad. Es respetable la recomendación que limite ciertas comunicaciones públicas pero también debe de ser respetable la recomendación a jueces y demás operadores jurídicos para que tiendan hacia la accesibilidad y puedan expresarse de la manera que consideren que sea más enriquecedora, no siempre debe de limitarse al entorno jurídico, el más importante y necesario es el de la sociedad.

Según la Comisión de Ética del CGPJ se debe de tener en cuenta el "elevado riesgo de lesión de los principios éticos que deben guiar la actuación de los integrantes de la Carrera Judicial”. Es correcto, pero tampoco debemos dirigirnos al encapsulamiento de jueces y sociedad de forma que pertenezcan a mundos burbuja diferentes. Cualquier acercamiento es positivo para el ámbito judicial y para la sociedad, se debe hacer de la manera correcta, sí, pero se presupone que así lo hará cada juez en ejercicio diligente de su cargo.

Un juez fuera de su horario de trabajo puede realizar las manifestaciones que considere oportunas y no se debería restringir su derecho de expresión en función del lugar donde lo ejerce, en todo caso, se podría cuestionar respecto del contenido de este, con independencia del contexto comunicativo en el que se desarrolle.

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