25 de abril de 2024
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FIN DE SEMANA

Plan Renove de calderas en Madrid: hacia el ahorro energético en los hogares

La Comunidad de Madrid ha puesto en marcha el Plan Renove. Esta es una iniciativa que busca, como principal objetivo, promover el ahorro de energía y de dinero de las familias de la capital española. Todo esto mediante la sustitución de calderas y calentadores.

También busca reducir el consumo de energía, gas y otros combustibles fósiles, mejorar la seguridad de las instalaciones y minimizar las emisiones contaminantes.

Un ejemplo son las calderas Vaillant, las cuales están antecedidas por la marca que es sinónimo de calidad. Desde hace más de 140 años, esta compañía ha creado equipos de climatización eficientes que mejoran e innovan con el paso del tiempo.

¿Cuánto tiempo estará vigente el Plan Renove?

Las subvenciones están disponibles desde el 18 de octubre de 2022 y continuarán estando vigentes hasta el próximo 31 de marzo del año 2023.

No obstante, existe la posibilidad de que el lapso se alargue hasta que se acaben los recursos económicos disponibles. La solicitud debe realizarse a través de una empresa instaladora que cumpla y esté adscrita al Plan Renove.

Tal es el caso de la compañía Pro Calderas Madrid que ofrece las mejores calderas que cumplen con los estándares del proyecto y se encarga de la venta, instalación y tramitación de las subvenciones.

¿De cuántos recursos dispone Madrid para el Plan Renove?

La Comunidad de Madrid dispone y comprometió presupuestariamente una cantidad total de 5 millones 175 mil euros para subvencionar el Plan Renove.

Estos recursos económicos se dirigirán a ayudas para sustituir equipos obsoletos de calefacción y de agua caliente sanitaria residenciales de Madrid.

¿Qué equipos subvenciona el Plan Renove en Madrid?

El Plan Renove en Madrid estimula la sustitución o modernización de calderas anticuadas y energéticamente ineficientes.

También alienta el cambio de calentadores individuales que no cumplen determinados estándares de uso de energía doméstica en viviendas situadas en la Comunidad de Madrid.

Para ello, se podrán instalar los siguientes equipos

  • Calderas con tecnología de condensación.
  • Calentadores estancos de bajo NOx (óxidos de nitrógeno).

Los nuevos equipos deben estar instalados y los antiguos deben quedar debidamente inutilizados. Para esto se debe contar con el certificado correspondiente.

Las compras que no tengan instalación no serán acogidas por el Plan Renove. Estas se validarán únicamente con la factura emitida por la empresa instaladora que esté adherida al proyecto y que realice la sustitución.

¿De cuánto es la subvención del Plan Renove en Madrid?

Serán beneficiarios de las ayudas del Plan Renove las personas físicas o jurídicas propietarias o también las arrendatarias de la vivienda en la cual se haga la instalación en la Comunidad de Madrid y realicen los actos subvencionables de acuerdo a los términos y criterios ya estipulados.

Estos incentivos tienen un tope del 25% del coste cualificado (IVA no incluido). El coste cualificado se definirá como el total de todos los elementos creados por la reforma de la instalación.

El IVA, así como los pagos realizados fuera de una entidad bancaria, no se considerarán costes cualificados.

Si el pago realizado y justificado no equivale al valor total de la inversión subvencionada, la ayuda se reducirá proporcionalmente.

¿Cómo se hace la solicitud del Plan Renove en Madrid?

Las personas jurídicas o físicas que estén interesadas en la ayuda del Plan Renove tendrán que dirigirse a una compañía instaladora adherida o inscrita en el mismo.

Por su parte, la empresa tendrá que cumplimentar y obtener la solicitud de inscripción en el Plan Renove de Madrid.

Esta solicitud tendrá que estar firmada por quien pide la ayuda y consignada en la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid. Allí se le asignará un Código de Validación del Incentivo (COVI) y se reservará el crédito.

La empresa tendrá que entregar la documentación en los noventa días naturales siguientes a la asignación del COVI. Pero, la actuación subvencionable debe haber sido realizada antes.

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