La Seguridad Social lo aclara: lo que deben saber los autónomos sobre su jubilación
¿Qué sucede cuando un autónomo deja de cotizar en la Seguridad Social antes de llegar a la edad de jubilación?
La jubilación para los autónomos es un tema que genera muchas dudas. A diferencia de los trabajadores por cuenta ajena, los autónomos gestionan su cotización a la Seguridad Social de manera independiente. Pero, ¿qué sucede cuando un autónomo deja de cotizar en la Seguridad Social antes de llegar a la edad de jubilación?
¿Qué sucede si ya no estás dado de alta en la Seguridad Social?
Muchos autónomos pueden encontrarse en la situación de haber dejado su actividad, pero aún no cumplen los requisitos para jubilarse. Afortunadamente, la Seguridad Social ofrece varias opciones para continuar cotizando o mejorar la base cotizada, aunque ya no estés en activo.
Una de las opciones más comunes es la cotización voluntaria. Esta modalidad permite a los autónomos seguir aportando a la Seguridad Social sin estar dados de alta en una actividad laboral. Es una solución útil para quienes desean aumentar sus años cotizados o mejorar la base reguladora, lo que afecta la cuantía final de la pensión.
Convenio especial con la Seguridad Social
El convenio especial es una herramienta clave para aquellos que ya no cotizan como autónomos. Permite seguir realizando aportes voluntarios a la Seguridad Social para asegurar que la base de cotización no se reduzca. Para optar a este convenio, es necesario haber cotizado previamente un número mínimo de años.
Este convenio es ideal para autónomos que han cesado su actividad antes de alcanzar la edad de jubilación. Permite asegurar una pensión futura más favorable, manteniendo una base de cotización adecuada sin necesidad de seguir trabajando activamente.
Si decides no seguir cotizando de manera voluntaria, tu pensión se calculará en función de los años que ya hayas cotizado. Si no llegas a los años mínimos requeridos, podrías recibir una pensión reducida.
En España, para tener derecho a la pensión completa es necesario haber cotizado al menos 37 años y 3 meses. De no cumplir con ese periodo, la pensión puede verse disminuida.
Es fundamental que los autónomos estén atentos a estos detalles. Si no alcanzan el tiempo de cotización mínimo, deben tener claro que su pensión podría no cubrir todas sus necesidades económicas.
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